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Resolución 20234000006975 de 2023 Ministerio de Transporte

Fecha de Expedición:
08/06/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/06/2023
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 20234000006975 DE 2023

 

(Junio 08)

 

Por la cual se adopta el protocolo para la prevención, atención y medidas de protección de todas las formas de violencia contra la mujer y basadas en género o discriminación por razón de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual o discapacidad y demás razones de discriminación en el ámbito laboral y contractual en la Agencia Nacional de Infraestructura

 

LA PRESIDENTA (E) DE LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA

 

En uso de sus facultades legales y en especial las consagradas en los numerales 16 y 17 del artículo 11 del Decreto 4165 de 2011, modificado por el Decreto 746 de 2022, el Decreto 0921 de 6 de junio de 2023, y:

 

CONSIDERANDO:

 

Que en virtud de lo previsto en el artículo 1° de la Constitución Política, Colombia es un Estado social de derecho, fundado en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que lo integran y en la prevalencia del interés general.

 

Que según lo establecido en el artículo 209 de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración.

 

Que mediante el Decreto Ley 4165 del 3 de noviembre de 2011, el Instituto Nacional de Concesiones -INCOse transformó en la Agencia Nacional de Infraestructura, Agencia Estatal de Naturaleza Especial del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrita al Ministerio de Transporte.

 

Que mediante Decreto 746 del 13 de mayo de 2022 «Por el cual se modifica la estructura de la Agencia Nacional de Infraestructura y se determinan las funciones de sus dependencias», se modificó la estructura orgánica de la Agencia Nacional de Infraestructura con el fin de incluir las mejores prácticas del Gobierno Corporativo, y con ello, fortalecer al interior de la entidad los principios de transparencia, igualdad, responsabilidad social, equidad de género e inclusión.

 

Que los numerales 16 y 17 del artículo 11 del Decreto 4165 de 2011, modificado por el Decreto 746 de 2022, disponen que la Presidencia de la Agencia Nacional de Infraestructura, tiene, entre otras, las funciones de «Garantizar el adecuado despliegue y apropiación de prácticas de Gobierno Corporativo que incluyan aspectos de equidad de género e inclusión social, en relación con los marcos de referencia nacionales e internacionales» y «Garantizar la adopción de instrumentos o mecanismos de seguimiento al cumplimiento y funcionamiento de las prácticas de Gobierno Corporativo.»

 

Que la misión de la ANI es «impulsar y desarrollar proyectos integrales de infraestructura concesionada para transformar territorios, vidas y propósitos de manera sostenible, resiliente e incluyente, fortaleciendo la equidad y la competitividad del país.»

 

Que la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) se encuentra comprometida con la promoción de la Equidad de Género en el ámbito laboral y  en consecuencia el 27 de diciembre de 2021 adoptó la política de Equidad de Género, la cual tiene por objetivo «disponer el marco orientador para la práctica efectiva y toma de decisiones que generen transformaciones en relación con el derecho a la igualdad y la equidad de género entre las personas que sirven o prestan su colaboración a la Agencia Nacional de Infraestructura, así como propender  por su restablecimiento en caso de ser vulnerados

 

Que la Directiva Presidencial N° 01 de 8 de marzo de 2023, propone un modelo de «Protocolo para la prevención, atención y  medidas de protección de todas las formas de violencia contra las mujeres y basadas en género y/o discriminación por razón de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual o discapacidad, y demás razones de discriminación en el ámbito laboral y contractual del sector  público; y la participación efectiva de la mujer en las diferentes instancias de la  administración pública», y solicita a las entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional adoptar, un protocolo mediante acto administrativo que tenga como base el establecido en Presidencia, aunque ajustado a las necesidades específicas de cada entidad.

 

Que de acuerdo con la Directiva anterior, en la Agencia Nacional de Infraestructura se elaboró el «protocolo para la prevención, atención y medidas de protección de todas las formas de violencia contra la mujer y basadas en género o discriminación por razón de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual o discapacidad y demás razones de discriminación en el ámbito laboral ycontractual

 

Que el día 8 de junio de 2023, previa a la adopción del protocolo, se socializó y retroalimentó el documento con el personal designado para trabajar los temas de Equidad de Género al interior de la entidad.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar el protocolo para la prevención, atención y medidas de protección de todas las formas de violencia contra la mujer y basadas en género o discriminación por razón de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual o discapacidad y demás razones de discriminación en el ámbito laboral y contractual en la Agencia Nacional de Infraestructura

 

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 8 días del mes de junio del años 2023

 

CAROLINA JACKELINE BARBANTI MANSILLA

 

Presidenta (E)