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Resolución Reglamentaria 026 de 2023 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
12/10/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/11/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7836 del 19 de octubre de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 026 DE 2023

 

(Octubre 12)

 

Por la cual se adopta la nueva versión del Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra de la Contraloría de Bogotá, D.C.

 

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas en los artículos 267, 268 Y 272 de la Constitución Política de Colombia, el Decreto Ley 403 de 2020 y el Acuerdo 658 de 2016, modificado parcialmente por el Acuerdo 664 de 2017[1] y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que los artículos 267, 268 y 272 de la Constitución Política de Colombia consagran que la vigilancia y el control fiscal son una función pública respecto de la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes públicos, por lo cual en los departamentos, distritos y municipios en los que haya contralorías, dicha función será desempeñada por estas de manera concurrente con la Contraloría General de la República.

 

Que así mismo, según el artículo 269 de la Carta política, las entidades públicas están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno.

 

Que en ejercicio de la autonomía administrativa de la que goza este órgano de control fiscal, en virtud de la cual, corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y los respectivos Acuerdos vigentes.

 

Que la Contraloría de Bogotá, O.C., mediante Resolución Reglamentaria No. 036 del 23 de diciembre de 2022, adoptó y desarrolló los lineamientos generales del programa "Vamos a la Obra", el cual nace como una estrategia de aplicación del principio de colaboración armónica y de vinculación del control social con la vigilancia fiscal.

 

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 009 del 22 de marzo de 2023, fue adoptado el procedimiento para el desarrollo del programa "Vamos a la Obra" de la Contraloría de Bogotá, O.C.

 

Que teniendo en cuenta el concepto de mejora continua, se considera necesario ajustar el procedimiento y documentos que hacen parte del programa "Vamos a la Obra", con el propósito de parametrizar y optimizar las actividades del mismo, así como la información que se diligencia en las diferentes fichas, en aras de garantizar el adecuado seguimiento a las obras o proyectos incluidos en el programa.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar la nueva versión del procedimiento del Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal:

 

No.

DOCUMENTO

Versión

Código

1

Procedimiento para el desarrollo del programa

Vamos a la Obra - VALO

2.0

PVCGF-17

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Es responsabilidad de los directores, subdirectores, jefes de oficina y gerentes velar por la administración, divulgación y cumplimiento del documento adoptado mediante la presente resolución.

 

ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir del 10 de noviembre de 2023 y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución Reglamentaria No. 009 del 22 de marzo de 2023.

 

PARÁGRAFO TRANSITORIO: Las Direcciones Sectoriales de Fiscalización, deberán ajustar a los nuevos formatos, toda la información de las obras o proyectos de infraestructura incluidos en el Programa "Vamos a la Obra", a más tardar el 31 de octubre de 2023, sin perjuicio de requerimientos especiales de información que se realicen desde el Despacho del Contralor de Bogotá, D.C., o del Contralor Auxiliar.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de octubre del año 2023.

 

JULIAN MAURICIO RUÍZ RODRÍGUEZ

 

Contralor de Bogotá, D.C.

 

Nota: Ver norma original en Anexos.

 

NOTA AL PIE DE PÁGINA:


[1] Modificado por los Acuerdos Distritales 881, 886 y 904 de 2023.