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Decreto Local 002 de 2024 Alcaldía Local de Tunjuelito

Fecha de Expedición:
01/02/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/02/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7932 del 2 de febrero de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 002 DE 2024

 

(Febrero 01)

 

Por el cual se instala el Consejo de Planeación Local de la Localidad Sexta de Tunjuelito

 

EL ALCALDE LOCAL DE TUNJUELITO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los numerales 1° y 13 del artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo

22° del Acuerdo 878 de 2023, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con el artículo 2° de la Constitución Política entre los fines esenciales del Estado se establece el de garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución y facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

 

Que el artículo 32 de la Ley 489 de 1998, modificado por el artículo 78 de la Ley 1474 de 2011, establece que todas las entidades y organismos de la Administración Pública tienen la obligación de desarrollar su gestión acorde con los principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública; para lo cual podrán realizar todas las acciones necesarias con el objeto de involucrar a los ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil en la formulación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública.

 

Que el artículo 38 de la Constitución Política de Colombia establece que: “se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad”.

 

Que el Estado contribuirá a la organización, promoción y capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales, sin detrimento de su autonomía con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública que se establezcan.

 

Que el 10 de febrero de 2023, el Concejo de Bogotá, expidió el Acuerdo 878, Por medio del cual se dictan lineamientos para el Sistema Distrital de Planeación, la creación de planes de desarrollo, se garantiza la participación ciudadana en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”

 

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20, capítulo IV del Acuerdo 878 de 2023, En cada una de las localidades del Distrito Capital funcionará un Consejo de Planeación Local, el cual tendrá la naturaleza de ente consultivo y será la instancia de planeación en la localidad. Estará integrado por un representante de cada una de las siguientes organizaciones que cuente con asiento en la respectiva localidad.

 

1. Asociación de Juntas de Acción Comunal.

 

2. Asociaciones de Padres de Familia.

 

3. Organizaciones Juveniles incluidas las organizaciones estudiantiles

 

4. Rectores de Establecimientos educativos públicos y privados.

 

5. Organizaciones de Comerciantes y Mipymes.

 

6. Organizaciones de economía popular.

 

7. Organizaciones de vendedores informales.

 

8. Organizaciones de industriales.

 

9. Gerentes de establecimientos de salud pública local.

 

10. Organizaciones religiosas compuestas por: Misiones, confesiones religiosas, comunidades religiosas, organizaciones religiosas sociales.

 

11. Organizaciones ambientales.

 

12. Organizaciones artísticas, culturales y patrimoniales.

 

13. Organizaciones orientadas a la protección y bienestar animal.

 

14. Organizaciones de adulto/a mayor y/o de pensionados.

 

15. Organizaciones de defensa de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

 

16. Organizaciones de mujeres que trabajan por el reconocimiento de sus derechos.

 

17. Organizaciones L.G.B.T.I.Q.

 

18. Representantes de comunidades afro- locales y palenqueros

 

19. Representantes de comunidades indígenas y étnicas.

 

20. Organizaciones campesinas.

 

21. Organizaciones de personas con Discapacidad.

 

22. Organizaciones de personas cuidadoras de esta población.

 

23. Organizaciones de representación de residentes de la propiedad horizontal.

 

24. Organizaciones de promoción y defensa de los derechos de las víctimas de graves violaciones de los Derechos Humanos, delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra de conformidad con la ley.

 

25. Representante de cada uno de los Consejos Locales que no cuente con representación en el consejo de planeación local.

 

26. Representantes de las Agremiaciones, colectivos o agrupaciones de Bici- usuarios y/o movilidad alternativa.

 

27. Representante de cada uno de los sectores nuevos o no reconocidos que surjan en el desarrollo de la localidad y que por su impacto se consideren pertinentes con su participación según la administración local. Los cuales una vez incluidos serán parte permanente del consejo permitiendo a cada nuevo gobierno la oportunidad de inclusión del mismo número de representantes si lo considera necesario, para lo cual se dejará la constancia correspondiente.

 

Que el Acuerdo 110 del 29 de diciembre de 2003, creó “los Consejos Tutelares de los derechos de los niños y las niñas en el Distrito Capital”, como organización de carácter cívico y comunitario, y determinó que estos elegirán sus representantes en los Consejos Locales de Planeación.

 

Que el Acuerdo 436 del 29 de marzo de 2010, adicionó la representación para las Organizaciones de adulto/a mayor y/o de pensionados”.

 

Que el Acuerdo 505 del 5 de diciembre de 2012, Por medio del cual se establece el Sistema Distrital de Atención Integral de Personas en condición de discapacidad en el Distrito Capital (…)”, determinó que un (1) miembro de las organizaciones locales de las personas con discapacidad, hará parte de los respectivos Consejos Locales de Planeación (CPL).

 

Que en cumplimiento de la Circular Conjunta No. 002 de 2023 y en virtud del derecho a la participación ciudadana, se garantizó la representación de delegados y delegadas de las instancias de participación no incluidas en el Acuerdo 878 de 2023 con presencia, vigencia y trabajo en la localidad.

 

Que una vez realizada la elección de cada uno de los representantes de los distintos sectores al CPL, de acuerdo a las calidades establecidas en el artículo 8° y los términos del artículo 2 del Acuerdo 878 de 2023, se procede como corresponde a realizar la respectiva instalación del Consejo de Planeación Local de Tunjuelito.

 

En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Tunjuelito,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Instálese el Consejo de Planeación Local de Tunjuelito para que inicie sesiones y los consejeros y/o representantes desarrollen las tareas que les han sido encomendadas y a la vez para que materialicen las funciones determinadas en la normativa vigente.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Expídase la certificación de los consejeros de las Asociaciones, Organizaciones y Sectores Locales al Consejo de Planeación Local de Tunjuelito para el periodo 2024 2027 a las siguientes personas, identificadas y designadas como se expresa a continuación:

 

REPRESENTANTES POR ORGANIZACIONES

Asociación de Juntas de Acción Comunal.

JENNIFER DAYANA ACOSTA REINA

 

52936925

Organizaciones Juveniles incluidas las organizaciones estudiantiles

MARIA FERNANDA TORRES GALINDO

 

1030697642

Rectores de Establecimientos educativos públicos y privados.

Delegado Dirección Local de Educación

 

N/A

Organizaciones de Comerciantes y Mipymes.

RICARDO AVILES SEGURA

 

79897145

Organizaciones de economía popular.

JOHANA VIETNMILA

52727125

Organizaciones de vendedores informales.

MARIA ROCIO PEÑA AREVALO

 

52730515

Organizaciones de industriales.

JOHN FREDDY HERNANDEZ VAQUERO

 

79768949

Gerentes de establecimientos de salud pública local.

REYES MURILLO HIGUERA

 

19412289

Organizaciones religiosas compuestas por: Misiones, confesiones religiosas, comunidades religiosas, organizaciones religiosas sociales.

AMALIA JENNETTE SANCHEZ GUIO

 

 

51977988

Organizaciones ambientales.

ANDRES FELIPE NIETO OSORIO

 

1013646003

Organizaciones artísticas, culturales y patrimoniales.

GLORIA INES GONZALEZ BRAVO

 

39709375

Organizaciones orientadas a la protección y bienestar animal.

ANGELICA MARIA PRADA MURCIA

 

52746234

Organizaciones de adulto/a mayor y/o de pensionados.

RUTH YOLANDA TINJACA LOZANO

 

51551112

Organizaciones de defensa de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

 

TANIA ESTEFANIA GUTIERREZ POVEDA

 

 

1022961102

Organizaciones de mujeres que trabajan por el reconocimiento de sus derechos.

 

LUZ ALBA GALEANO RUEDA

 

 

51659080

Organizaciones L.G.B.T.I.Q.

FREDDY ALEJNDRO SUAREZ CASALLAS

 

80258594

Representantes de comunidades afro- locales y palenqueros

MARITZA BONILLA ACEBEDO

 

66989699

Representantes de comunidades indígenas y étnicas.

LUIS ALBERTO QUITIAQUEZ ERIRA

 

5212568

Organizaciones de personas con Discapacidad.

ANDREA KATERINNE NIETO HERNANDEZ

 

1001055096

Organizaciones de personas cuidadoras de esta población.

YAKELINE BELTRAN GILON

 

51879722

Organizaciones de representación de residentes de la propiedad horizontal.

MANUEL ALFEDO MUÑOZ GUTIERREZ

 

79728693

Organizaciones de promoción y defensa de los derechos de las víctimas de graves violaciones de los Derechos Humanos, delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra de conformidad con la ley.

 

 

 

MARIA STELLA CABALLERO BELTRAN

 

 

 

 

40366301

Representantes de las Agremiaciones, colectivos o agrupaciones de Bici- usuarios y/o movilidad alternativa.

 

MARIA EUGENIA DUSSAN DUITAMA

 

 

39715063

 

REPRESENTANTE DE CADA UNO DE LOS SECTORES NUEVOS O NO RECONOCIDOS

Espacio Cívico de Tunjuelito

LINA BEATRIZ TERAN CASTRO

 

36557361

Veeduría ciudadana de Tunjuelito

GUILLERMO URBINA ALGECIRA

 

19444162

Medios Comunitarios de la Localidad de Tunjuelito

JEIMMY MARCELA SUAREZ

 

39676440

Consejo Tutelar

ANA LEONOR BOLIVAR RAMIREZ

 

41717012

Plataforma Local de Juventud.

KEVIN DANIEL BALCARCEL CEDIEL

 

1022423322

 

REPRESENTANTE DE CADA UNO DE LOS CONSEJOS LOCALES QUE NO CUENTE CON REPRESENTACIÓN EN EL CONSEJO DE PLANEACIÓN LOCAL.

Consejo Local de Riesgo

RAFAEL ESCALANTE SALCEDO

 

73076639

Consejo Local de Juventud

DANY ENMANUEL PEREZ RUBIO

 

1000935713

Consejo Local de Break Dance y Danzas Urbanas

OSCAR DAVID DOMINGUEZ FACUNDO

 

1033697108

Consejo Local de Sabios y Sabias

PABLO MIGUEL GARCES GARCIA

 

6872429

Consejo Local de Vendedores Informales

MARIA DEL CARMEN HIPOLITO

 

41726297

Consejo Local de Discapacidad

LEIDY ALEJANDRA SANCHEZ GARCIA

 

1033734624

Comisión Ambiental Local

KAREN ANDREA ALMANZA PEREZ

 

1022403866

 

ARTÍCULO TERCERO: Los miembros del Consejo de Planeación Local tendrán un período igual al término del Plan de Desarrollo Local conforme a lo establecido en el artículo 24 del Acuerdo 878 de 2023.

 

ARTÍCULO CUARTO: El Consejo de Planeación Local deberá cumplir con las funciones y atribuciones contempladas en los artículos 25 y 26, así como con las demás disposiciones que rigen el Acuerdo 878 de 2023.

 

ARTÍCULO QUINTO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.

 

ARTÍCULO SEXTO: Contra el presente decreto no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 74 del Código de procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 01 días del mes de febrero del año 2024.

 

JOSEPH SWITER PLAZA PINILLA

 

Alcalde Local de Tunjuelito

 

Nota: Ver norma original en Anexos.