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Directiva 5 de 2005 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
19/07/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/07/2005
Medio de Publicación:
No se publicó
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DIRECTIVA 005 DE 2005

(Julio 19)

PARA:

SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO, GERENTE UNIDAD EJECUTIVA, GERENTES Y DIRECTORES DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, JEFES DE ORGANISMOS DE CONTROL DE LA ADMINISTRACIÓN DISTRITAL, RECTOR ENTE AUTÓNOMO UNIVERSITARIO, GERENTES ESE´S, ALCALDES LOCALES

DE.

SECRETARIA GENERAL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DISTRITAL -DASCD-.

ASUNTO:

FORMACIÓN EN LOS PUESTOS DE TRABAJO

FECHA:

Julio 19 de 2005

De acuerdo con lo señalado en la Directiva 001 del 19 de abril de 2005, y con el fin de contribuir a la implementación de la Ley 909 de 2004, es conveniente tener en cuenta lo siguiente:

Para proceder a la formación en el puesto de trabajo, desde una perspectiva de desarrollo institucional y fortalecimiento del capital humano, conforme con el artículo 36 de la Ley 909 de 20041, se hace necesario estudiar la modificación del Plan de Capacitación 2005 con el fin de que contemple la formación en los puestos de trabajo.

Al efecto, las Unidades de Personal de las entidades y organismos distritales a quienes se dirige esta Directiva, formularán los planes y programas de formación en los puestos de trabajo.

En consecuencia, como la formación de los empleados públicos está orientada al desarrollo de sus capacidades, destrezas, habilidades, valores y competencias fundamentales, el objeto de la misma es propiciar su eficacia personal, grupal y organizacional, de tal manera que se posibilite el desarrollo profesional de los empleados y el mejoramiento en la prestación de los servicios.

Los objetivos de la capacitación son elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de los empleados en el desempeño de su labor y contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales.

La Administración Distrital tiene como propósito prolongar y complementar la educación inicial mediante la generación de conocimientos, desarrollo de habilidades y cambio de actitudes, para incrementar la capacidad individual y colectiva con el fin de contribuir al cumplimiento de la misión institucional, la mejor prestación de servicios a la comunidad, al eficaz desempeño del cargo, al mejor desarrollo personal integral en beneficio de los empleados que se encuentren vinculados, quienes serán los que con su crecimiento personal tiendan a contribuir al mejoramiento continuo y en el tiempo, de la entidad.

En este orden de ideas, serán beneficiarios de los programas de formación en los puestos de trabajo, todos los empleados públicos vinculados al Distrito Capital, teniendo en cuenta entre otros, el diagnóstico de necesidades y la racionalización del gasto.

Por lo anterior, corresponde a la Comisión de Personal de las entidades y organismos distritales, de conformidad con el artículo 16 numeral 2 de la Ley 909 de 2004, participar en la elaboración del Plan Anual de Formación y Capacitación y en el de Estímulos y en su seguimiento.

Teniendo el cuenta que el Plan Anual de Capacitación para el presente año ya se encuentra en ejecución y que en él no se contempla la formación en los puestos de trabajo para los empleados públicos, sugerimos que se estudie de manera urgente, la modificación del Plan de capacitación para el año 2005, en el sentido de contemplar la formación mencionada.

Cordialmente,

ENRIQUE BORDA VILLEGAS

Secretario General

MARIELLA BARRAGÁN BELTRÁN

Directora

NOTA PIE DE PÁGINA

1 "... La capacitación y La formación de los empleados públicos está orientada al desarrollo de sus capacidades, destrezas, habilidades, valores y competencias fundamentales, con miras a propiciar su eficacia personal grupal y organizacional de manera que se posibilite el desarrollo profesional de los empleados y el mejoramiento en la prestación de los servicios".