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Resolución 3 de 2006 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU - Junta Directiva

Fecha de Expedición:
24/02/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/03/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3501 de marzo 08 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 003 DE 2006

(Febrero 24)

Derogada por el art. 44, Aceurdo IDU 01 de 2009

«Por la cual se adiciona la Resolución Número 015 del 13 de octubre de 2005, a través de la cual se compilaron las Reosluciones de Delegación de Funciones al Director General del Instituto de Desarrollo Urbano».

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO,

en ejercicio de sus facultades, conferidas por el ordinal 9 del artículo 16 del Acuerdo 19 de 1972 del Concejo Distrital y en el Decreto 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que según lo dispuesto por el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la desconcentración y la delegación de funciones.

Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, con el propósito de desarrollar los principios de la función administrativa, faculta a las autoridades administrativas para delegar en sus colaboradores del orden directivo y asesor, el ejercicio de funciones con los requisitos y en las condiciones establecidas en los estatutos respectivos.

Que el Acuerdo 19 de 1972, por el cual se crea y reglamenta el funcionamiento del Instituto, establece en sus artículos 16 numeral 26 y 17 numeral 10, que la delegación que haga el Director deberá contar con la aprobación previa de la Junta Directiva

Que mediante el decreto 359 del 29 de septiembre de 2005, se declaró la existencia de condiciones de urgencia por razones de utilidad pública e interés social, en la adquisición de los inmuebles o zonas de terreno requeridos para la ejecución de los proyectos de Terminales Satélites, descritos en los planos y estudios adelantados por el Departamento Administrativo de Planeación Distrital.

Que mediante el decreto 410 del 04 de noviembre de 2005, se declaró la existencia de condiciones de urgencia por razones de utilidad pública e interés social, en la adquisición de los inmuebles requeridos para la ejecución de los proyectos viales y de espacio público descritos en el contenido del mismo.

Que la Junta Directiva mediante la resolución 015 del 13 de octubre de 2005, a través de su artículo 5, autorizó al Director General del Instituto, para delegar en el Director Técnico de Predios algunas funciones propias de su cargo.

Que teniendo en cuenta la expedición de los decretos 359 del 29 de septiembre de 2005 y 410 del 04 de noviembre de 2005, se hace necesario adicionar la autorización dada al Director General para delegar en el Director Técnico de Predios lo relacionado con la expedición de los actos administrativos y los trámites tendientes a lograr la expropiación por vía administrativa de los inmuebles requeridos para la ejecución de las obras descritas en los decretos mencionados anteriormente.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTICULO 1.- Adicionar el artículo 5 de la resolución 015 del 13 de octubre de 2005 expedida por la Junta Directiva del IDU, el cual quedará así:

ARTICULO 5.- Autorizar al Director General del Instituto de Desarrollo Urbano para delegar en el Director Técnico de Predios:

- Además de las señaladas en el Artículo 1º, le serán delegadas las siguientes funciones:

- Realizar los trámites inherentes a la adquisición y saneamiento de predios y suscribir los respectivos contratos y demás documentos soporte de la negociación y titulación de predios, así como los relacionados con la enajenación y administración de predios del IDU.

- Expedir los actos administrativos y realizar los trámites tendientes a lograr la expropiación por vía administrativa, respecto de los inmuebles requeridos para la ejecución de cada uno de los proyectos señalados en el decreto 204 del 03 de julio de 2003, sin límite en su cuantía.

- Expedir los actos administrativos y realizar los trámites tendientes a lograr la expropiación por vía administrativa, respecto de los inmuebles requeridos para la ejecución de cada uno de los proyectos señalados en el decreto 359 del 29 de septiembre de 2005 y el decreto 410 del 04 de noviembre de 2005, así como aquellos inmuebles o zonas de terreno requeridos para la ejecución de cada uno de los proyectos, descritos en los planos y estudios adelantados por el Departamento Administrativo de Planeación Distrital, con base en el Acto Administrativo correspondiente que expida el señor Alcalde Mayor declarando la urgencia, por razones de utilidad pública e interés social, sin límite en su cuantía.

ARTICULO 2.- El Director General, expedirá el acto administrativo de delegación, conforme a lo dispuesto en la presente resolución.

ARTICULO 3.- El funcionario delegatario rendirá informes mensuales al Director General sobre el ejercicio de las funciones delegadas y será responsable de todos los actos que realice en ejercicio de las mismas.

ARTICULO 4.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Dada en Bogotá D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de febrero de dos mil seis (2006).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

PRESIDENTE (Nombre Ilegible)

SECRETARIO (Nombre Ilegible)

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3501 de marzo 08 de 2006.