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ACUERDO 0004 DE 2007 Derogado por el art. 8, Acuerdo UAECD 005 de 2012 (Enero 2) Por el cual se establece la Planta de Empleos de La Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y se dictan otras disposiciones EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En ejercicio de sus atribuciones y CONSIDERANDO: Que el artículo 59 del Acuerdo 257 del 30 de noviembre de 2006, transformó el Departamento Administrativo de Catastro Distrital, en la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, adscrita a la Secretaría Distrital de Hacienda. Que el referido Acuerdo en las disposiciones finales señaló como término para la implementación de la organización Distrital, un plazo máximo de seis (6) meses, contados a partir de la vigencia del mismo, es decir, del 30 de noviembre de 2006, fecha de su publicación. Que mediante Acuerdo del Consejo Directivo No 2 de enero 1 de 2007, se estableció la estructura organizacional de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y se determinaron las funciones de sus dependencias. Que como consecuencia de la citada transformación y de la adopción de la estructura organizacional de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, se hace necesario establecer la planta de personal con la cual realizará los fines institucionales la Unidad. Que la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió concepto técnico favorable para el establecimiento de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital. Que la Secretaría de Hacienda, a través de la Dirección Distrital de Presupuesto, expidió viabilidad presupuestal para el establecimiento de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital. Que en mérito de lo expuesto, ACUERDA ARTICULO PRIMERO.- Establecer la siguiente planta de empleos para la realización de los fines institucionales de la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL:
TOTAL CARGOS PLANTA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL: DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS (236). ARTICULO SEGUNDO.- Los servidores públicos con los cuales se provean los cargos previstos en el artículo anterior serán incorporados sin solución de continuidad, respetándose los derechos consolidados y las garantías laborales protegidas por la ley.ARTICULO TERCERO.- Facultar al Director de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital para realizar la incorporación de los servidores del transformado Departamento Administrativo de Catastro Distrital en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital. ARTICULO CUARTO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes de enero de dos mil siete (2007). PEDRO RODRÍGUEZ TOBO Presidente Consejo Directivo IVAN EDUARDO MATIZ SANCHEZ Secretario Consejo Directivo NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3681 de enero 02 de 2007. |