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RESOLUCIÓN 443 DE 2003 (Septiembre 04) "Por medio de la cual se modifica el Manual Especifico de Funciones y Requisitos asignados a un cargo sus respectivas funciones y requisitos Resolución 181 de 2001" LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el Acuerdo 4 de 1978, el Decreto 1421 de 1993, la Resolución 003 de 2001 de Junta Directiva, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución No. 181 del 27 de abril de 2001 se adoptó el Manual específico de funciones y requisitos por cargos para los empleados públicos del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte; Que el artículo octavo de la Resolución No. 003 de 2001 de la Junta Directiva del Instituto, autoriza a la Directora General, para que mediante acto administrativo distribuya los empleos de la planta global, según las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad; Que en razón a las necesidades del servicio, se hace indispensable asignar el cargo Técnico, código 401, grado 14 de la División de Deportes - Trabajo Social - Subdirección Técnica de Recreación y Deporte del Instituto a la División de Recreación de la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte del Instituto; Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones, Ver la Resolución del I.D.R.D. 503 de 2005 RESUELVE: ARTÍCULO 1°. Asignar el cargo de Técnico, código 401, grado 14 de la División de Deportes - Trabajo Social - Subdirección Técnica de Recreación y Deportes del Instituto a la División de Recreación de la Subdirección Técnica de Recreación y Deportes del Instituto, con las siguientes funciones y requisitos: FUNCIONES: 1. Identificar la problemática más frecuente las poblaciones objetos de los programas del área y sobre la cual se pueda intervenir desde la misión del área. 2. Colaborar en el diseño de actividades relacionadas con las poblaciones objeto de los programas del área. 3. Diseñar mecanismos de promoción y generación de participación en los procesos del área. 4. Colaborar con la preparación del material logístico, técnico y operativo necesario para el normal desarrollo de los programas. 5. Realizar el seguimiento al cumplimiento y eficacia de las actividades programadas. 6. Colaborar con los trámites precontractuales para la celebración de contratos de servicios requeridos para la implementación de programas. 7. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza del cargo. REQUISITOS:
ARTÍCULO 2°. Las demás partes de la Resolución 181 del 27 de abril de 2001, continúan vigentes y no sufren modificación alguna.ARTÍCULO 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CUMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los 4 días del mes de Septiembre de 2003 LUZ STELLA VARGAS HERNANDEZ Directora General |