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Acuerdo 2 de 2008 Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB

Fecha de Expedición:
22/02/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/03/2008
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3940 de marzo 03 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 002 DE 2008

(Febrero 22)

"Por la cual se realiza la modificación de la escala salarial de los empleos públicos de la Orquesta Filarmónica de Bogotá".

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ,

en uso de sus facultades constitucionales, legales y especialmente las conferidas en el artículo 3º del Acuerdo 71 de 1967 emanado del Concejo Distrital, el artículo 71 de la Ley 489 de 1998, los artículos 59 y 129 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que la Orquesta Filarmónica de Bogotá es un establecimiento público del orden distrital, creado mediante Acuerdo del Concejo Distrital No. 71 de 1967, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.

Que la Junta Directiva tiene como función fijar la planta de cargos, la nomenclatura y la clasificación de los empleos, la escala de remuneración de las diferentes categorías de empleos, y los emolumentos de los servidores de la Entidad de acuerdo con la política que para el efecto establezca el CONFIS y las normas vigentes; Con base en esta facultad, no podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado para la Entidad.

Que la Orquesta Filarmónica de Bogotá solicitó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital el Concepto Técnico establecido por el artículo 6 del Acuerdo 199 del 29 de diciembre de 2005, para realizar la modificación de la escala salarial de los empleos públicos de la Orquesta Filarmónica de Bogotá.

Que el Departamento Administrativo de Servicio Civil Distrital emitió Concepto Técnico Favorable para la presente modificación, mediante los oficios No. 0063 del 16 de enero de 2008 y 0156 del 04 de febrero de 2008.

Que la Secretaría de Hacienda Distrital expidió la viabilidad presupuestal para la presente modificación mediante el oficio No. 2008EE25782 O 1 del 07 de febrero de 2008, del Director Distrital de Presupuesto.

Que estudiadas las razones de carácter jurídico, técnico y financiero para la modificación de la escala salarial y demás elementos de salario relacionados, la Junta Directiva,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1º: ASIGNACIÓN BÁSICA. Aprobar la siguiente escala salarial de los empleos públicos de la Orquesta Filarmónica de Bogotá:

GRADO SALARIAL

DIRECTIVO

ASESOR

PROFESIONAL

TÉCNICO

ASISTENCIAL

01

2.506.431

2.152.496

1.610.730

1.275.344

633.366

02

2.651.486

2.962.020

1.928.414

1.591.093

834.332

03

2.962.020

 

1.964.010

1.607.040

875.590

04

4.931.318

 

2.097.123

 

924.606

05

 

 

2.137.943

 

946.866

06

 

 

2.209.583

 

1.224.124

07

 

 

2.260.817

 

1.231.804

08

 

 

2.317.807

 

1.253.462

09

 

 

2.517.759

 

1.278.736

10

 

 

 

 

1.354.545

11

 

 

 

 

1.438.878

12

 

 

 

 

1.491.421

13

 

 

 

 

1.591.093

ARTÍCULO 2º GASTOS DE REPRESENTACIÓN: Aprobar a los empleos públicos pertenecientes al nivel directivo y asesor, los siguientes porcentajes sobre la asignación básica como gastos de representación:

NIVEL

GRADO

% A APLICAR

Directivo

04

60

Directivo

01 a 03

40

Asesor

01 a 02

30

ARTÍCULO  3°: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, especialmente los artículos 1 y 2 de la Resolución 001 del 19 de mayo de 2006 de la Junta Directiva de la Orquesta Filarmónica de Bogotá.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los veintidós (22) días del mes de febrero de dos mil ocho (2008).

CATALINA RAMÍREZ VALLEJO

Secretaria de Cultura Recreación y Deporte

Presidente Junta Directiva

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3940 de marzo 03 de 2008.