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Resolución 1 de 2006 Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB

Fecha de Expedición:
19/05/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/11/2007
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3877 de noviembre 20 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 001 DE 2006

(Mayo 19)

 Derogada parcialmente por el art. 11, Resolución de la O.F. 02 de 2007

"Por la cual se realizan unos ajustes a la escala salarial de los empleos de la Orquesta Filarmónica de Bogotá".

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ,

en uso de sus facultades constitucionales, legales y especialmente las conferidas en el artículo 3º del Acuerdo 71 de 1967 emanado del Concejo Distrital, el artículo 71 de la Ley 489 de 1998, los artículos 59 y 129 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que la Orquesta Filarmónica de Bogotá es un establecimiento público del orden distrital, creado mediante Acuerdo del Concejo Distrital No. 71 de 1967, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, cuya máxima autoridad administrativa la constituye la Junta Directiva.

Que el numeral 4º del artículo 7 de la Resolución 004 de 1998 de la Junta Directiva establece, que es atribución y función de la Junta Directiva de la Orquesta, "determinar, a iniciativa del Director General, la estructura interna de la Orquesta Filarmónica de Bogotá y su planta de personal mediante creación, supresión, fusión y reestructuración de dependencias y cargos que demande la administración de la Orquesta, fijar las asignaciones salariales, las funciones y las demás relacionadas con este fin que le atribuyan las normas legales."

Que la Orquesta Filarmónica de Bogotá solicitó al Departamento Administrativo de Servicio Civil Distrital el Concepto Técnico establecido en el parágrafo del artículo 18 del Acuerdo 198 del 28 de diciembre de 2005 y el artículo 6 del Acuerdo 199 de 2005, para la modificación de las escala salarial, el cual fue expedido por medio del oficio 1312 del 11 de mayo de 2006.

Que la Secretaría de Hacienda Distrital expidió la viabilidad presupuestal mediante oficio No. 2005EE90965 del 24 de abril de 2006, suscrito por el Director Distrital de Presupuesto en el que señala que en el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, aprobado por el Concejo de Bogotá mediante Acuerdo 198 de 2005 y liquidado por el Decreto 498 de 2005, quedaron apropiadas las partidas para atender el costo de la planta de cargos, incluida la nivelación de cargos y el incremento salarial que apruebe la Junta Directiva.

Que el Acta de Acuerdos del 3 de abril de 2006 suscrita por los secretarios de Gobierno y General de la Alcaldía Mayor, la Directora del Instituto Distrital del Cultura y Turismo , el Director General de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, el Presidente del Sindicato Asprofibo y el Contralor Auxiliar de Bogotá como Observador, establece: "De conformidad con lo previsto en las mesas de trabajo realizadas en julio y agosto de 2005 y en concordancia con lo aprobado en el Presupuesto Distrital para la vigencia de 2006, se pagará en nómina adicional el 15 de abril del año en curso, la variación en la escala salarial para mejorarla a partir del 1 de enero de 2006, previo la expedición del Certificado de Viabilidad Presupuestal respectivo. En caso de presentarse por esta razón violación a la ley de garantías electorales el pago se efectuará una vez termine su vigencia y con retroactividad a enero de 2006."

Que algunos funcionarios de la Entidad formularon solicitud de reajuste, reconocimiento y pago de Prima Técnica durante los meses de diciembre de 2005 y enero de 2006.

Que el Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, expidió el concepto jurídico de fecha 19 de mayo de 2006 en el sentido de que es posible reconocer los distintos factores salariales legales objeto de ajuste, con retroactividad al 1 de enero de 2006 por cuanto el Concejo Distrital al aprobar el presupuesto para la vigencia fiscal del 2006, incorporó una partida presupuestal con esta finalidad, la cual se puede afectar durante este periodo siempre que existan recursos que así lo amparen.

Que el Subdirector Administrativo de la Orquesta Filarmónica de Bogotá certifica que existe disponibilidad presupuestal, para financiar las obligaciones por todo concepto de servicios personales y de aportes patronales durante la actual vigencia fiscal, requerida para dar cumplimiento al Concepto Técnico 1312 de 11 de mayo de 2006 "Ajuste Escala y elemento Salariales", expedido por el Departamento Administrativo de Servicio Civil Distrital, previendo gastos desde el 1 de enero de 2006.

Que efectuados los estudios pertinentes, se concluye que se hace necesario ajustar las asignaciones básicas de los cargos pertenecientes a la Orquesta Filarmónica con el fin de hacerlos competitivos, al igual que modificar los porcentajes de algunos elementos salariales, en lo que corresponde a asignación básica, gastos de representación, prima técnica, horas extras, dominicales y festivos, los cuales no generaran alteraciones en la nomenclatura de los empleos, ni constituyen reclasificaciones, ascensos o cambios en los códigos.

Que estudiadas las razones de carácter jurídico, técnico y financiero para el ajuste salarial y demás elementos de salario en la presente vigencia, la Junta Directiva,

RESUELVE:

ARTÍCULO  1º.- ASIGNACIÓN BÁSICA.  Derogado por el art. 3, Acuerdo Orquesta Filarmónica 02 de 2008. Reconocer a partir del 1 de enero de 2006, la siguiente escala salarial de los empleos de la Orquesta Filarmónica de Bogotá:

GRADO SALARIAL

DIRECTIVO

ASESOR

PROFESIONAL

TECNICO

ASISTENCIAL

01

2.416.481

1.939.447

1.424.161

1.120.211

551.145

02

2.699.493

2.699.493

1.724.405

1.450.072

726.023

03

4.144.308

1.889.555

1.464.606

769.083

04

4.194.308

1.926.334

812.136

05

4.494.251

1.990.884

1.075.221

06

2.037.047

1.123.190

07

2.102.319

1.272.215

08

2.294.607

1.318.671

09

3.005.078

1.450.073

10

3.055.078

11

3.105.078

12

3.201.262

13

3.577.024

ARTÍCULO  2º.- GASTOS DE REPRESENTACIÓN:  Derogado por el art. 3, Acuerdo Orquesta Filarmónica 02 de 2008. Reconocer a partir del 1 de enero de 2006, a los empleos pertenecientes al nivel directivo y asesor, los siguientes porcentajes sobre la asignación básica como gastos de representación:

NIVEL

GRADO

% A APLICAR

Directivo

01 a 04

40

Directivo

05

60

Asesor

01 a 02

30

ARTÍCULO 3º PRIMA TÉCNICA: A partir del 1 de enero de 2006, reconocer a los niveles Directivo, Asesor y Profesional hasta los siguientes porcentajes sobre la asignación básica mensual como Prima Técnica:

PARÁGRAFO: La Prima Técnica se reconocerá y pagará de acuerdo con la reglamentación que para tales efectos establezca el Director General de la Orquesta Filarmónica de Bogotá y según lo previsto en el presente artículo. y en las normas legales pertinentes.

Nivel Jerárquico

PORCENTAJE ASIGNACION BASICA

Directivo

50%

Asesor

50%

Profesional

40%

ARTÍCULO 4º. HORAS EXTRAS, DOMINICALES Y FESTIVOS: A partir de la vigencia de la presente resolución, el pago de horas extras, dominicales y festivos o el reconocimiento del descanso compensatorio se sujetará a los siguientes requisitos:

Procederá para el nivel asistencial o técnico siempre que laboren en jornadas superiores a 44 horas semanales.

El reconocimiento del trabajo suplementario se efectuará mediante Resolución motivada.

En ningún caso podrán pagarse mensualmente por horas extras, dominicales y festivos más del 50% de la asignación básica de cada funcionario. El excedente se reconocerá a razón de un día de descanso compensatorio por cada ocho (8) horas laboradas o proporcionalmente por fracción.

ARTÍCULO  5º. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y deroga las disposiciones que le sean contrarias, especialmente los artículos . y de la Resolución 003 del 20 de diciembre de 2002 y la Resolución 003 del 15 de septiembre de 2005 de la Junta Directiva de la Orquesta en lo pertinente.

Dada en Bogotá D.C., a los diecinueve (19) días del mes de mayo de dos mil seis (2006).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Presidente

Junta Directiva

Secretario

Junta Directiva

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3877 de noviembre 20 de 2007.