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Acuerdo 29 de 1975 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/12/1975
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/01/1976
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 29 DE 1975

(Enero 16)

Derogado por el art. 9, Acuerdo Distrital 26 de 1983

"Por el cual se prohibe en el D.E. el funcionamiento de máquinas de juegos accionados eléctricamente".

EL CONCEJO DE BOGOTA DISTRITO ESPECIAL

Ver el Decreto Distrital 1679 de 1983   , Ver el Decreto Distrital 422 de 1996

ACUERDA:

ARTICULO UNICO. A partir de la vigencia del presente Acuerdo, no podrán funcionar en el D.E. establecimientos en los cuales haya aparatos de juegos accionados electrónicamente, mediante la utilización de monedas o fichas acondicionadas para ello.

Este Acuerdo rige desde la fecha de su sanción.

Dado en Bogotá, D.E., a los diez (10) días del mes de Diciembre de mil novecientos setenta y cinco (1975).

CECILIA SALAZAR DE OWEN

ALVARO AYALA M,.

Presidente

Secretario

LUIS PRIETO OCAMPO

Alcalde Mayor del Distrito Especial de Bogotá

DANIEL MAZUERA GOMEZ

JOSE BONILLA ROMERO

Secretario de Gobierno

Secretario General

YEZID CASTAÑO GONZALEZ

Secretario de Hacienda