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Decreto Local 4 de 2008 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
20/02/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3935 de febrero 25 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 004 DE 2008

(Febrero 20)

"Por el cual se modifica el artículo 1° del Decreto Local No. 003 de 2008 mediante el cual se instala el Consejo de Planeación Local de la Localidad Antonio Nariño de acuerdo a lo estipulado en el Acuerdo No. 13 de junio 26 de 2000 del Concejo de Bogotá".

LA ALCADESA LOCAL (e) DE ANTONIO NARIÑO

En uso de sus facultades legales que el confiere el artículo 7° del Acuerdo No. 13 de 2000

CONSIDERANDO

1.Que la Alcaldía Local de Antonio Nariño mediante el Decreto Local No. 003 de 2008 expedido el 12 de febrero de 2008 decretó en su artículo 1° la instalación del Consejo de Planeación Local de la Localidad Antonio Nariño, el cual estará conformado por los representantes de los siguientes sectores:

SECTOR

REPRESENTANTE

Asociación de Juntas de Acción Comunal.

FEDERICO A. CASTAÑEDA V

C.C. No. 19.346.699 de Bogotá

Asociación de Padres de Familia.

TRINIDAD CORTES PADILLA

C.C. No. 28.657.056 de Cunday

Organizaciones Juveniles.

DIANA MARCELA RAMIREZ MENDEZ

C.C. No. 53.115.660 de Bogotá

Rectores de establecimientos educativos

GUILLERMO LEON CARRILLO VARGAS

C.C. No. 19.149.972 de Bogotá

Organizaciones de Comerciantes

YORMARY HUERTAS GONZALEZ

C.C. No. 52.551.054 de Engativá

Organizaciones de Industriales.

JOSE EUSTACIO MOLANO CORONADO

C.C. No. 119.518 de Bogotá

Gerentes de Establecimientos de Salud Pública.

HECTOR JAVIER QUIÑONEZ A.

C.C. No. 80.417.247 de Usaquén

Organizaciones no Gubernamentales.

JOSE DAVID CRISTANCHO PEREZ

C.C. No. 79.746.334 de Bogotá

Organizaciones Ambientales.

JOSE NICANOR NUMPAQUE B

C.C. No. 19.423.640 de Bogotá

Organizaciones de Comunidades Indígenas y Etnicas.

JOSE MARIANO BELTRAN MORA

C.C. No. 19.210.317 de Bogotá

Consejos Tutelares.

KENNY PATRICIA DAVILA RAMIREZ

C.C. No. 52.114.554 de Bogotá

Minorías Étnicas Afrodescendientes.

LUZ AYDA MICOLTA MEJIA

C.C. No. 27.259.248 de El Charco

2.Que el señor José Mariano Beltrán Mora se registró como representante del sector de minorías indígenas y étnicas .

3.Que al ser llamado para su notificación se evidenció que el señor José Mariano Beltrán Mora no pertenece a la etnia indígena quien además manifestó tal situación.

4.Que en consecuencia es necesario modificar el artículo 1° del Decreto Local No. 003 de 2008 expedido el 12 de febrero de 2008 excluyendo al sector de Organizaciones de Comunidades Indígenas y Étnicas y su representante.

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO.- Modifíquese el artículo 1° del Decreto Local No. 003 de 2008 expedido el 12 de febrero de 2008 en el sentido de excluir del Consejo de Planeación Local al sector de Organizaciones de Comunidades Indígenas y Étnicas y su representante, el cual quedará así:

SECTOR

REPRESENTANTE

Asociación de Juntas de Acción Comunal.

FEDERICO A. CASTAÑEDA

C.C. No. 19.346.699 de Bogotá

Asociación de Padres de Familia.

TRINIDAD CORTES PADILLA

C.C. No. 28.657.056 de Cunday

Organizaciones Juveniles.

DIANA MARCELA RAMIREZ MENDEZ

C.C. No. 53.115.660 de Bogotá

Rectores de establecimientos educativos.

GUILLERMO LEON CARRILLO VARGA

C.C. No. 19.149.972 de Bogotá

Organizaciones de Comerciantes.

YORMARY HUERTAS GONZALEZ

C.C. No. 52.551.054 de Engativá

Organizaciones de Industriales.

JOSE EUSTACIO MOLANO CORONADO

C.C. No. 119.518 de Bogotá

Gerentes de Establecimientos de Salud Pública.

HECTOR JAVIER QUIÑONEZ A.

C.C. No. 80.417.247 de Usaquén

Organizaciones no Gubernamentales.

JOSE DAVID CRISTANCHO PEREZ

C.C. No. 79.746.334 de Bogotá

Organizaciones Ambientales.

JOSE NICANOR NUMPAQUE B.

C.C. No. 19.423.640 de Bogotá

Consejos Tutelares.

KENNY PATRICIA DAVILA RAMIREZ

C.C. No. 52.114.554 de Bogotá

Minorías Etnicas Afrodescendientes.

LUZ AYDA MICOLTA MEJIA

C.C. No. 27.259.248 de El Charco

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los demás artículos del Decreto Local No. 003 de 2008 no sufren modificación alguna y continúan vigentes.

ARTÍCULO TERCERO.- Este Decreto Local rige a partir de la fecha de su sanción.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá , D.C. a los 20 días del mes de febrero de 2008.

CORNELIA MARIA NISPERUZA FLOREZ

Alcaldesa Local (e) Antonio Nariño

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3935 de febrero 25 de 2008.