RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Directiva Presidencial 002 de 2008 Presidencia de la República

Fecha de Expedición:
29/09/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 47128 del 30 de septiembre de 2008.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DIRECTIVA PRESIDENCIAL 02 DE 2008

(septiembre 29)

Para:

Vicepresidente de la República, Ministros del Despacho, Directores de Departamentos Administrativos y Directores, Gerentes y Presidentes de Entidades Centralizadas y Descentralizadas del Orden Nacional.

De:

Presidente de la República

Asunto:

Comisiones al Exterior

Fecha:

Bogotá, D. C., 29 de septiembre de 2008.

 Ver el Decreto Nacional 1737 de 1998 , Ver la Directiva Presidencial 10 de 2002

Ha sido propósito de este Gobierno el desarrollo de una política de austeridad y racionalización del gasto público con miras a optimizar los recursos del Estado.

Pese a los esfuerzos desplegados, se observa con preocupación la creciente solicitud de comisiones de servicios al exterior que podrían conllevar un importante esfuerzo del erario.

Bajo esta perspectiva, me permito insistir en que los viajes de los servidores públicos al exterior, ya sea con cargo o no a los recursos públicos, deben resultar indispensables para el mejoramiento de la función administrativa, circunstancia que debe encontrarse justificada.

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República verificará que las autorizaciones que se impartan se ajusten a lo dispuesto en la presente directiva, los Ministros y Directores de entidades del orden nacional deberán fijar las orientaciones necesarias con miras al cumplimiento de lo aquí dispuesto.

Cordialmente,

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

NOTA: Publicada en el Diario Oficial 47128 de septiembre 30 de 2008.