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Resolución 595 de 2003 Secretaría Distrital de Gobierno

Fecha de Expedición:
17/06/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 595 DE 2003

(Junio 17)

Por la cual se aclara la Resolución 0487 de 2003

LA SECRETARIA DE GOBIERNO DE BOGOTA, D.C.

En uso de las facultades legales y en especial de las conferidas por el Decreto Distrital 065 de 2002,

CONSIDERANDO:

Que a través de Resolución 0487 del 03 de Junio de 2003, se modificó y aclaró la Resolución 1578 de 2003, quedando señalado en el artículo tercero "Ordenar a las Secretarias Generales de Inspecciones reprogramar todas las fechas de las diligencias pendientes...".

Que acorde con lo establecido en el artículo 33 del Código de Procedimiento Civil corresponde al comisionado fijar las fechas para el cumplimiento de las diligencias comisionadas, por lo que se hace necesario aclarar que quien debe reprogramar lo ordenado por la Resolución 0487/03 es cada Inspector y no las secretarias Generales.

Que en virtud de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el artículo tercero de la Resolución 0487/03, en el sentido de que son los Inspectores de Policía y no los Secretarios Generales quienes deben reprogramar las fechas de las diligencias pendientes.

ARTÍCULO SEGUNDO: Los demás aspectos de la Resolución 0487 del 03 de junio de 2003 no sufren modificación alguna.

ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución, rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Bogotá D.C., a los (17) días de Junio de 2003.

MYRIAM SORAYA MONTOYA GONZALEZ

Secretaria de Gobierno