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DECRETO 092 DE 2009 (Marzo 02) Derogado por el Decreto Distrital 03 de 2011 "Por el cual se determina la integración de la Junta Directiva del Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones - FONCEP" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C., En ejercicio de sus atribuciones legales y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993, DECRETA: ARTÍCULO 1°. Los miembros de la Junta Directiva del Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones - FONCEP, serán:a. El Alcalde Mayor o su delegado (a) que será el (la) Subdirector (a) Jurídico (a) de Hacienda de la Secretaría Distrital de Hacienda. b. El (la) Director (a) del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital. c. El (la) Director (a) Jurídico (a) Distrital de la Secretaría General. d. El (la) Director (a) Distrital de Desarrollo Institucional de la Secretaría General. e. El (la) Director (a) Distrital de Crédito Público de la Secretaría Distrital de Hacienda. Parágrafo. El (la) Director (a) General del Fondo formará parte de la Junta, con voz pero sin voto y actuará como secretario de la misma el o la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del FONCEP. ARTÍCULO 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto Distrital 549 de 2006. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 2 días del mes de Marzo de 2009 SAMUEL MORENO ROJAS Alcalde Mayor |