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Acuerdo Local 2 de 2009 Junta Administradora Local de Suba

Fecha de Expedición:
16/09/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/09/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4288 de septiembre 25 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 02 DE 2009

(Septiembre 16)

"Por el cual se efectuan unos traslados presupuestales para la vigencia fiscal 2009, en el presupuesto de inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba"

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SUBA.

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los Decretos 1421 de 1993 y Decreto 1139 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que El Fondo de Desarrollo Local de Suba, como resultado de las revisiones contractuales que se vienen realizando de manera permanente durante la vigencia 2009, ha tramitado situaciones administrativas que traen como consecuencia desequilibrios presupuestales que son necesarios armonizar para dar cumplimiento a las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Local.

Que en atención a la circular CONFIS No.03 del 10 junio de 2009 se liquido de común acuerdo el Convenio interadministrativo No. 234/2006, firmado entre el Fondo de Ventas Populares, la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos y el Fondo de Desarrollo Local de Suba.

Que de común acuerdo el 2 de mayo de 2009, se liquido el convenio interadministrativo No. 005/2008, firmado entre el Jardín Botánico José Celestino Mutis y el Fondo de Desarrollo Local de Suba.

Que como consecuencia de la liquidación del convenio 005/2008 en el cual la Universidad Militar Nueva Granada le hacia la interventoría a el Jardín Botánico José Celestino Mutis, se hizo necesario liberar recursos por $90.000.000 del convenio interadministrativo No. 008/08.

Que de común acuerdo se liquido el convenio interadministrativo No.03/2008, firmado entre la Secretaria Distrital de Cultura Recreación y Deporte, el Fondo de Desarrollo Local de Suba y la Universidad Nacional Abierta y a Distancia y por consiguiente se liberaron recursos pertenecientes al FDLS por $13.600.000.

Que se liquidaron recursos por un valor de $73.987.584, en cumplimiento de la resolución No. 17/2004 del contrato de interventoría 02/2004.

Que una vez revisado y ajustado el rubro de obligaciones por pagar se realizaron las liquidaciones y liberaciones por valor de $73.905.805.33 en cumplimiento de las actas de terminación de 27 contratos.

Que como consecuencia de los argumentos enunciados, la administración local realizara un traslado presupuestal, por lo que en cumplimiento del Decreto 1139 de 2000 en su Artículo 33.- Traslados presupuestales. El Alcalde Local presentará a la JAL correspondiente, proyectos de Acuerdo sobre traslados presupuestales que modifiquen las cuantías aprobadas por las JAL. Estos traslados, que afectan la apropiación de los programas, requieren concepto previo y favorable del CONFIS cuando la cuantía sea igual o superior a 200 salarios mínimos legales mensuales; los inferiores a dicho monto no requerirán concepto del CONFIS, pero sí concepto previo de la Secretaría de Hacienda -Dirección Distrital de Presupuesto.

Que se cuenta con todos los soportes necesarios para solicitar este traslado presupuestal como son actas de liquidación, actas de terminación y avales de la Secretaria de Educación, Secretaria de Gobierno y Secretaria de Integración Social.

Que teniendo en cuenta que se requiere fortalecer algunos proyectos del Plan de Inversiones 2009 para darle cumplimiento a las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Local, se hace necesario realizar el siguiente traslado presupuestal.

Que la administración local presento el día 14 de septiembre de 2009, para su revisión y aprobación un proyecto de traslado presupuestal ante la Junta Administradora Local de Suba.

Que la Junta Administradora Local de Suba tramito y aprobó dicho proyecto de Acuerdo de traslado presupuestal, el cual surtió aprobación en los debates del día quince y diez y seis de septiembre de 2009 como lo establece el Decretos 1421 de 1993.

Que por lo anteriormente expuesto, la Junta Administradora Local de Suba,

Ver el Acuerdo Local 05 de 2008

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un contra crédito en el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Suba, así:

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un crédito en el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Suba, así:

ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias

Ponentes:

ANA CRISTINA RAMOS SÁNCHEZ

Edilesa

SAÚL CORTEZ SALAMANCA

Edil

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, a los dieciséis (16) días del mes de septiembre de dos mil nueve (2009).

WILLIAM CÉESAR MORENO

Presidente

Junta Administradora Local de Suba

IVÁN DÍAZ TAMAYO

Vicepresidente

Junta Administradora Local de Suba

El Alcalde Local de Suba sanciona el presente Acuerdo el dieciséis (16) de septiembre de dos mil nueve (2009).

RUBÉN DARÍO BOHÓRQUEZ RINCÓN

Alcalde Local de Suba

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4288 de septiembre 25 de 2009.

NOTA: Los créditos y contra créditos referidos pueden ser consultados haciendo clic aquí.