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RESOLUCIÓN 89 DE 1997 (abril 25) Derogada por el art. 8, Resolución Veeduría Distrital 148 de 2002 por la cual se modifica la Resolución 70 de fecha 17 de mayo de 1994 y el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno y se particularizan las funciones del encargado del control interno de la Veeduría Distrital.
El Veedor Distrital de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el literal h) del artículo 4 del Acuerdo 24 de 1993 y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 87 de 1993 estableció la obligatoriedad en la determinación, implantación y complementación de normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado.
Que es necesario asignarle funciones al Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 87 de 1993 y lo pertinente del Decreto Reglamentario 1826 del 3 de agosto de 1994.
Que es indispensable adecuar las funciones del encargado del Control Interno de conformidad con los artículos 10 y 11 de la Ley 87 de 1993.
RESUELVE:
Artículo 1º.- Modificar la conformación del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno de la Veeduría Distrital, con el carácter de órgano asesor del Veedor Distrital, en el mantenimiento y actualización de los sistemas de control interno tanto al interior de la Entidad como en el entorno Distrital según su función de apoyo y vigilancia.
Artículo 2º.- El Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno estará integrado por:
Parágrafo 1º.- El Veedor Distrital presidirá el Comité y en su ausencia lo reemplazará el Viceveedor.
Parágrafo 2º.- El funcionario encargado del control interno, actuará como Secretario Técnico del Comité.
Artículo 3º.- A las sesiones del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno asistirán las personas o funcionarios que a juicio del mismo deban intervenir.
Artículo 4º.- El Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno tendrá las siguientes funciones:
Artículo 5º.- El Secretario del Comité cumplirá las siguientes funciones:
Artículo 6º.- El Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno se reunirá al menos una vez por bimestre.
Parágrafo.- El Presidente del Comité podrá convocar a reuniones extraordinarias cuando lo estime conveniente.
Artículo 7º.- Asignar al encargado del Control Interno de la Veeduría Distrital, además de las funciones establecidas en el artículo 12 de la Ley 87 de 1993, las siguientes:
Artículo 8º.- Designar a la doctora ROSA HILDA CAYCEDO PEÑA Asesora del Despacho, Código 2-05, Grado 02, encargada del Control Interno de la Veeduría.
Artículo 9º.- La presente Resolución surte efecto a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial las contenidas en la Resolución 70 del 17 de mayo de 1994.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Santa Fe de Bogotá D.C., a 25 de abril de 1997.
El Veedor Distrital, JOSÉ VICENTE GUALY CEBALLOS.
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