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Acuerdo 5 de 2011 Instituto Para la Economía Social - IPES

Fecha de Expedición:
20/06/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO DE JUNTA DIRECTIVA IPES No 005 DE 2011

 

(Junio 20)

 

Por el cual se modifica la Estructura Organizacional del Instituto para la Economía Social - IPES- y se dictan otras disposiciones

 

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO PARA LA ECONOMÍA SOCIAL -IPES,

 

en ejercicio de sus facultades y en especial por las Establecidas en el Acuerdo 257 expedido por el Concejo de Bogotá, por el Acuerdo No. 0001 del 2 de enero de 2007 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Acuerdo 257 del 30 de Noviembre de 2006, artículo 76, el Concejo de Bogotá transformó el Fondo de Ventas Populares en el Instituto Para la Economía Social -IPES-.

 

Que el articulo 15 literal 6 del Acuerdo 001 expedido por la Junta Directiva del IPES Para la Economía Social -IPES- da la facultad a la Junta Directiva de modificar, suprimir, y crear los cargos de la planta de personal y adoptar la estructura orgánica para la Entidad.

 

Que como resultado del estudio técnico realizado sobre la reorganización del Instituto para la Economía Social -IPES-, se requiere modificar la estructura organizacional.

 

Que mediante oficio DIR N° 1608 del tres (3) de Junio de 2011, la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, expidió concepto técnico favorable para la modificación de la Estructura Organizacional del Instituto para la Economía Social-IPES-.

 

Que mediante oficio No. 2011EE229699 del catorce (14) de Junio de 2011, el Director Distrital de Presupuesto expidió el Certificado de Viabilidad Presupuestal a la Modificación de Planta de Personal del Instituto para la Economía Social -IPES-.

 

Que la Junta Directiva en su sesión del día veinte (20) de Junio de 2011 aprobó la modificación de la Estructura Organizacional, tal y como consta en la respectiva Acta.

 

En mérito de lo expuesto,

Ver Acuerdo IPES 001 de 2015.

 

RESUELVE:

 

CAPÍTULO. I

 

Artículo 1°. OBJETO. Corresponde al Instituto Para la Economía Social –IPES- Promover, coordinar y ejecutar las políticas, programas y proyectos de Desarrollo Económico del Distrito a través de diferentes estrategias en sectores sociales informales, encaminadas al fortalecimiento de las competencias productivas, empresariales y comerciales, la formación del capital humano, el apoyo a proyectos productivos de la micro, pequeña y mediana empresa y la administración de las plazas de mercado, en coordinación con el plan de abastecimiento de alimentos, generando esquemas de mejoramiento de calidad de vida.

 

Artículo 2°. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL. Para el desarrollo de su objeto, el Instituto Para la Economía Social -IPES-, tendrá la siguiente estructura Organizacional:

 

1. Dirección General.

 

1.1. Oficina Asesora de Comunicaciones.

 

2. Subdirección Jurídica y de Contratación.

 

3. Subdirección de Gestión y Redes Sociales e Informalidad.

 

4. Subdirección de Diseño y Análisis Estratégico.

 

5. Subdirección de Emprendimiento, Servicios Empresariales y Comercialización.

 

6. Subdirección de Formación y Empleabilidad.

 

7. Subdirección Administrativa y Financiera.

 

CAPÍTULO. II

 

Artículo 3°. Dirección General.

 

Son funciones del Despacho del Director General, las siguientes:

 

1. Formular, ejecutar y evaluar el plan estratégico institucional y los planes operativos que lo desarrollan, encaminados a cumplir la misión del IPES.

 

2. Formular estrategias, investigaciones, programas y proyectos para promover modelos económicos alternativos de intervención para los trabajadores informales que adelantan sus actividades en el espacio público, vendedores de plazas de mercado, los micros, pequeños y medianos empresarios.

 

3. Gestionar la consecución de recursos con entidades públicas, con empresas privadas, fundaciones u Organizaciones No Gubernamentales (ONG) nacionales e internacionales, para ampliar la capacidad de gestión de la entidad y fortalecer la ejecución de los programas y proyectos.

 

4. Formular la política para adelantar operaciones de construcción y adecuación de espacios análogos y conexos con el espacio público con miras a su aprovechamiento económico regulado.

 

5. Gestionar programas y proyectos para implementar el microcrédito dirigido a microempresas, famiempresas, empresas asociativas, pequeña y mediana empresa.

 

6. Definir la estrategia y el diseño de programas, en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas trazadas por el Gobierno Distrital y las Alcaldías Locales, dirigidos a otorgar alternativas para los sectores de la economía informal a través de la formación de capital humano, el acceso al crédito, la inserción en los mercados de bienes y servicios y la reubicación de las actividades comerciales o de servicios.

 

7. Formular la política y estrategias para adelantar operaciones de ordenamiento y de relocalización de actividades informales que se desarrollen en el espacio público.

 

8. Ejercer la función disciplinaria y de Control Interno de conformidad con las normas legales vigentes.

 

9. Las demás que le atribuya la ley, los acuerdos, decretos y reglamentos distritales vigentes, de acuerdo con la naturaleza del IPES.

 

Artículo 4. Oficina Asesora de Comunicaciones.

 

Son funciones de la Oficina Asesora de Comunicaciones:

 

1. Asesorar y dirigir la formulación y ejecución de políticas y planes de comunicación y en el manejo de medios y en lo referente a la imagen institucional.

 

2. Dirigir el diseño, implementación y control de mecanismos de monitoreo a fin de establecer indicadores de opinión pública sobre la política y acciones del - IPES-.

 

3. Dirigir el diseño y la programación audiovisual e impresión documental de información sobre el IPES y el material de prensa, radio y televisión.

 

4. Seleccionar el archivo fotográfico y de video de las actividades que se desarrollan en el IPES.

 

5. Divulgar en las diferentes instancias de decisión y gestión de las localidades, las políticas, planes, programas y modelos de intervención diseñados y aprobados por IPES, con el fin de lograr la corresponsabilidad requerida en el nivel local y fortalecer la participación de la administración pública local distrital para resolver la problemática derivada de la ocupación del espacio público.

 

6. Asesorar en el diseño del portafolio de servicios, página web y demás estrategias para orientar e informar a la comunidad sobre la oferta institucional y la forma de acceder a los servicios que presta.

 

7. Desempeñar las demás funciones que le son propias o asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

CAPÍTULO. III

 

FUNCIONES DE LAS SUBDIRECCIONES

 

Artículo 5°. Subdirección Jurídica y de Contratación.

 

Son funciones de la Subdirección Jurídica y de Contratación, las siguientes:

 

1. Dirigir los asuntos de carácter jurídico, así como conceptuar sobre la interpretación de las normas legales que regulen las materias atinentes al funcionamiento y gestión del IPES.

 

2. Representar jurídicamente a la Entidad en los procesos que se instauren en su contra o que ésta deba promover, mediante poder otorgado por el Director General y mantenerlo informado sobre el desarrollo de los mismos.

 

3. Coordinar la realización de los Acuerdos de Pago suscritos con los destinatarios de los programas de relocalización y tramitar los cobros que adelante la institución por jurisdicción coactiva.

 

4. Resolver las consultas formuladas por los organismos públicos y privados, autoridades judiciales de policía, así como por los usuarios, particulares y funcionarios, de conformidad con las normas que rigen los servicios y funciones de la Institución.

 

5. Dirigir la contratación del IPES para el desarrollo de las licitaciones, concursos, convocatorias y contratación directa respectivamente, responder por todo el proceso contractual y asesorar a las dependencias en la interpretación de las normas legales inherentes a la Contratación Estatal.

 

6. Llevar el registro y aprobación de las garantías contractuales otorgadas a favor del Instituto y controlar su vencimiento, renovación y en general el cumplimiento de las obligaciones legales contraídas por los contratistas.

 

7. Sustanciar los fallos en segunda instancia, que se adelanten contra los servidores públicos del Instituto Para la Economía Social -IPES- para firma del Director.

 

8. Asesorar y revisar los proyectos de ley, acuerdos, resoluciones y demás actos administrativos que guarden relación con el funcionamiento del Instituto y con el ejercicio de sus competencias.

 

9. Notificar y comunicar los actos administrativos expedidos de carácter interno.

 

10. Desempeñar las demás funciones que le son propias o asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

Artículo 6. Subdirección de Gestión y Redes Sociales e Informalidad

 

Son funciones de la Subdirección de Gestión de Redes Sociales e Informalidad:

 

1. Establecer mecanismos de caracterización de las poblaciones objetivo del IPES de acuerdo con los criterios de identificación establecidos por las dependencias involucradas en la materia.

 

2. Definir el grado de vulnerabilidad de la población sujeto de atención del IPES y realizar el acompañamiento y atención psicosocial de la misma.

 

3. Definir las estrategias para la promoción y el fortalecimiento de las redes de colectivos sociales y de formas organizativas adecuadas y ajustadas a las características de los sectores informales, con el fin de que constituyan interlocutores y receptores válidos de los diferentes programas deI IPES.

 

4. Promover alianzas estratégicas entre el IPES y las localidades a través de los Fondos de Desarrollo Local y facilitar la interlocución para la complementariedad de los programas entre el Instituto para la Economía Social -IPES y las mencionadas instancias.

 

5. Coordinar a los gestores misionales del Instituto para la Economía Social IPES- para que representen a la entidad en las diferentes instancias locales de gestión de conformidad con las políticas, enfoques y estrategias definidas, para la intervención de los trabajadores informales en las localidades.

 

6. Fijar directrices con las demás dependencias del IPES, para el fomento de los esquemas de concertación con todos los grupos poblacionales involucrados en la economía informal, con el fin de lograr el mejoramiento de condiciones ambientales, el ordenamiento del espacio público y la organización de la comunidad con fines sociales y productivos en las localidades del Distrito Capital.

 

7. Dirigir el desarrollo de programas de construcción y adecuación de espacios análogos y conexos destinados a operaciones comerciales en el espacio público, con miras a su aprovechamiento económico regulado, de acuerdo con el planeamiento físico establecido por la Subdirección de Diseño y Análisis Estratégico.

 

8. Desarrollar alternativas para la aplicación de las políticas de generación de oportunidades y mejoramiento de las condiciones de vida de los sectores de la economía informal que desarrollan actividades en el espacio público.

 

9. Dirigir y orientar el diseño y la ejecución de planes, estrategias y acciones, en concordancia con los planes de desarrollo, el plan estratégico y las políticas trazadas por el Gobierno Distrital y las Alcaldías Locales, dirigidos a otorgar alternativas para los sectores de la economía informal, por medio del reordenamiento y la reubicación de las actividades comerciales o de servicios.

 

10. Gestionar y ofrecer los apoyos logísticos requeridos para el desarrollo operativo de las alternativas comerciales y de negocios propios de la Entidad.

 

11. Establecer el Reglamento de Operación Comercial -ROC, de los formatos de operación comercial de las actividades asociadas al espacio público, para su cumplimiento por parte de los usuarios o destinatarios del Instituto.

 

12. Identificar y proponer a la Dirección General, en coordinación con la Subdirección de Diseño y Análisis Estratégico espacios y/o zonas destinadas a la relocalización de grupos informales de acuerdo con los criterios y lineamientos del Plan Maestro de Espacio Público.

 

13. Aplicar los modelos de gestión de alternativas económicas de intervención en cada una de las localidades y gestionar los programas de ferias temporales y de temporada que realiza el Distrito Capital para la promoción y venta de bienes y servicios de la población sujeto de atención.

 

14. Desempeñar las demás funciones que le son propias o asignadas, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

Artículo 7. Subdirección de Diseño y Análisis Estratégico.

 

Son funciones de la Subdirección de Diseño y Análisis Estratégico:

 

1. Efectuar la evaluación y el seguimiento de las estrategias, los planes, programas y modelos de intervención adoptados, con el fin de medir su efectividad e impacto dentro de la población atendida y proponer correctivos y/o acciones de mejoramiento o fortalecimiento según el caso.

 

2. Dirigir el diseño, estudios, análisis, y evaluaciones de factibilidad técnica y operativa del sistema de información computarizada, de acuerdo con los requerimientos de la entidad y administrar los sistemas de información.

 

3. Implementar estrategias para la sostenibilidad y mejora continua del Sistema Integrado de Gestión del IPES tendiente a brindar un mejor servicio a los usuarios internos y externos.

 

4. Asesorar en las relaciones de coordinación del IPES con las Entidades del orden Distrital y Nacional que tengan competencias sobre el espacio público, de conformidad con las políticas y estrategias fijadas por el gobierno Distrital.

 

5. Elaborar y diseñar el plan estratégico y de acción del IPES y orientar la implementación de los planes operativos, realizar su seguimiento y evaluar los resultados y proponer los ajustes necesarios para el logro de los objetivos propuestos.

 

6. Formular y coordinar, con las diferentes dependencias, los proyectos de inversión de conformidad con los lineamientos del Plan de Desarrollo del Distrito Capital y el Plan estratégico de la entidad y realizar su inscripción y registro en el Banco de Proyectos de Inversión Pública.

 

7. Formular y coordinar, con la Subdirección Administrativa y Financiera el anteproyecto anual de presupuesto de inversión y de funcionamiento, en concordancia con el Plan estratégico y los planes operativos de la entidad, y realizar el seguimiento de la gestión presupuestal y financiera de la entidad formulando oportunamente las observaciones y recomendaciones pertinentes.

 

8. Organizar y promover los estudios relativos al planeamiento de espacio físico de las obras y construcciones que corresponda adelantar al IPES y emitir conceptos técnicos de viabilidad estructural para la adquisición y adecuación de bienes inmuebles para la aplicación de operadores comerciales.

 

9. Dirigir el diseño de programas y métodos para evaluar los niveles de satisfacción de los usuarios y destinatarios de los programas de la Entidad.

 

10. Elaborar los indicadores de gestión por sectores y actividades económicas, que sirvan para monitorear y evaluar el impacto de los programas que adelante el IPES.

 

11. Realizar y elaborar la actualización de los manuales de métodos y procedimientos, con la participación de las dependencias responsables de cada proceso.

 

12. Desempeñar las demás funciones que le son propias o asignadas, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

Artículo 8. Subdirección de Emprendimiento, Servicios Empresariales y Comercialización.

 

Son funciones de la Subdirección de Emprendimiento, Servicios Empresariales y Comercialización:

 

1. Dirigir la formulación y ejecución de políticas, planes, programas, proyectos y procedimientos para el establecimiento de modelos de gestión empresarial, comercial en cuanto a plazas de mercado, centros comerciales y actividades asociadas a los servicios empresariales;

 

2. Dirigir la logística de los formatos de negocios, el establecimiento de modelos de atención a los grupos sociales de la economía informal, al igual que los modelos de formación, desarrollo y fortalecimiento empresarial de los sectores informales micro, pequeño y mediano empresarial.

 

3. Programar acciones, en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas trazadas por el Gobierno Distrital dirigidas a mejorar la productividad de las actividades de la economía informal, mediante la inserción en los mercados de bienes y servicios, la formación de capital humano y el acceso al crédito.

 

4. Dirigir la administración de las plazas de mercado en el marco de la política de abastecimiento de alimentos, con el fin de ajustar su funcionamiento a la política comercial de la Secretaría de Desarrollo Económico.

 

5. Establecer el Reglamento de Operación Comercial -ROC de los diferentes formatos de operación comercial, para su cumplimiento por parte de los usuarios o destinatarios del IPES en los temas propios de la Entidad.

 

6. Promover la creación, desarrollo y consolidación de iniciativas productivas de pequeñas y medianas unidades de negocios del sector informal, con el fin de fortalecer el tejido empresarial de Bogotá D.C.

 

7. Impulsar y apoyar la creación de formas organizativas solidarias de producción, de redes de cooperación productiva y de prestación de servicios, como mecanismo de inclusión socioeconómica para grupos poblacionales que ejercen actividades informales y de las mipymes y pequeñas unidades productivas y realizar la evaluación periódica de las políticas y programas públicos de fomento y promoción en el sector informal mediante indicadores de impacto y proponer los correctivos necesarios.

 

8. Promover y gestionar en coordinación con la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico y con entidades financieras, los programas crediticios, las condiciones y el financiamiento que el Distrito pueda ofrecer a los sectores informales.

 

9. Dirigir el desarrollo de las políticas, programas y proyectos orientados a mejorar la productividad de las actividades de la economía informal como microempresas, famiempresas y empresas asociativas y pequeñas y medianas empresas, y de las poblaciones especiales mediante la inserción en los mercados de bienes y servicios, la formación de capital humano y el acceso al crédito y microcrédito.

 

10. Definir estrategias para garantizar el cumplimiento de los programas y proyectos ejecutados en la Subdirección y evaluar el impacto dentro de la población atendida.

 

11. Asumir la gerencia de los programas y proyectos relativos a la economía informal en materia de emprendimiento, competencias productivas, asociatividad, productividad y fortalecimiento de la economía informal propios de la Subdirección de Emprendimiento, Servicios Empresariales y Comercialización.

 

12. Desempeñar las demás funciones que le son propias o asignadas, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

Artículo 9. Subdirección de Formación y Empleabilidad

 

1. Formar para el trabajo a la población sujeto de atención con énfasis en los grupos etéreos establecidos en los planes y programas del IPES y el Distrito Capital mediante un modelo que desarrolle sus competencias generales laborales y específicas, buscando mejorar sus condiciones de empleabilidad y con ello su calidad de vida.

 

2. Diseñar e implementar propuestas formativas para el desarrollo de competencias ciudadanas, laborales generales y específicas, que contemplen el trabajo como el escenario-aula de la formación, mediante la intervención de los guías.

 

3. Dirigir el diseño y aplicación de las pruebas de orientación vocacional y ocupacional para el proceso de inducción de los guías, y efectuar el análisis para que el IPES solicite la apertura de cursos en las áreas de capacitación pertinentes.

 

4. Promover alianzas o convenios con entidades públicas, empresas privadas, fundaciones y ONG para desarrollar a través de ellas acciones de capacitación y formación empresarial, que beneficien directamente a la población sujeto de atención de la Entidad.

 

5. Aplicar los mecanismos de acompañamiento necesarios frente a las distintas dificultades planteadas por la población sujeto de atención en el desarrollo de los programas adelantados por la Entidad.

 

6. Promover la solidaridad, el respeto a la diferencia, el sentido de identidad, pertenencia y participación y la convivencia armónica, incidiendo en las formas de sentir, pensar y actuar de la ciudadanía para fortalecer el capital social, mediante las acciones propias de la Entidad en los espacios de intervención.

 

7. Dirigir las estrategias para acompañar y orientar a la población sujeto de atención en la inserción al mercado laboral y productivo y realizar el respectivo seguimiento y evaluación del impacto de las políticas aplicadas.

 

8. Diseñar la evaluación de competencias laborales en función de las exigencias del sistema productivo para habilitar en mejor forma los procesos de articulación e inserción laboral.

 

9. Definir estrategias para garantizar el cumplimiento de los programas y proyectos ejecutados en la Subdirección y evaluar el impacto dentro de la población atendida.

 

10. Ejecutar los planes y proyectos establecidos para la población sujeto de atención en cuanto a la efectiva inserción laboral de los beneficiarios a los programas del IPES.

 

11. Ejecutar las políticas de empleo y empleabilidad que deba adelantar el IPES, de acuerdo con los lineamientos de la Secretaria de Desarrollo Económico.

 

12. Desempeñar las demás funciones que le son propias o asignadas, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

Artículo 10. Subdirección Administrativa y Financiera.

 

Son funciones de la Subdirección Administrativa y Financiera, las siguientes:

 

1. Dirigir la formulación y ejecución de políticas, planes, programas, proyectos y procedimientos para el fortalecimiento financiero del IPES.

 

2. Dirigir la ejecución de los planes, programas y actividades de administración de personal, salud ocupacional, capacitación y bienestar social así como los incentivos de la entidad.

 

3. Dirigir y formular las políticas, estrategias, planes y programas en materia de administración de recursos físicos y servicios generales.

 

4. Ejercer la primera instancia del control disciplinario y prevención del mismo dentro del Instituto de acuerdo a la normatividad vigente.

 

5. Ejercer las funciones de cobro de cartera que corresponda.

 

6. Coordinar con la Subdirección de Análisis y Diseño Estratégico, la elaboración, ejecución y evaluación del programa anual de caja y del plan de compras para la gestión administrativa y financiera del Instituto.

 

7. Coordinar el conjunto de actividades administrativas y técnicas, tendientes a la planificación, manejo y organización de los documentos y/o registros producidos y recibidos por la Entidad, desde su origen hasta su disposición final con el objeto de facilitar su utilización y conservación.

 

8. Responder por el proceso de atención al usuario y por el sistema de quejas y reclamos con la oportunidad requerida y dirigir y asesorar el sistema de registro y actualización de la Población objetivo del Instituto.

 

9. Desempeñar las demás funciones que le son propias o asignadas, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

CAPÍTULO. IV

 

DISPOSICIONES FINALES

 

Artículo 11. Planta Global de Empleos. El Instituto Para la Economía Social IPES- tendrá un sistema de planta global, cuyos empleos serán distribuidos en las diferentes dependencias mediante resolución del Director(a), de conformidad con la estructura interna, las necesidades del servicio, los planes, programas y proyectos que aquellas adelanten, al igual que la naturaleza de las funciones, niveles de responsabilidad y perfil de cargos.

 

Artículo 12. Grupos Internos de Trabajo. El Director (a) podrá conformar grupos internos de trabajo de acuerdo con la estructura organizacional, las necesidades del servicio y los planes, programas y proyectos del IPES.

 

Artículo 13. Atribuciones de los Funcionarios de la Planta Actual. Los funcionarios de la actual planta de personal del Instituto Para la Economía Social·-IPES-, continuarán ejerciendo las funciones y atribuciones a ellos asignadas, hasta tanto sea adoptada la nueva planta de empleos y sean incorporados de acuerdo con las disposiciones legales, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior.

 

Artículo 14. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su comunicación y deroga el Acuerdo de Junta Directiva IPES JD No. 0002 de Enero 2 de 2007 y las demás normas que le sean contrarias.

 

PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de Junio de 2011.

 

MARIELLA BARRAGAN BELTRAN

 

SECRETARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO

 

PRESIDENTE

 

ARMANDO ALJURE ULLOA

 

DIRECTOR GENERAL –IPES-

 

SECRETARIO