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RESOLUCIÓN 555 DE 2014 (Octubre 23) Derogada por el art. 4, Resolución 47 de 2017. "Por la cual se designan los representantes de la Secretaría General ante el Comité de Convivencia Laboral" LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la conferida por el artículo 6 del Decreto Distrital 515 de 2006, y, CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Distrital 437 del 19 de septiembre de 2012, se modificó el artículo 6° del Decreto Distrital 515 de 2006 en el sentido de conformar independientemente de la Comisión de Personal, el Comité de Convivencia Laboral, con el fin de que éste asuma la resolución de los conflictos de acoso laboral de que trata la Ley 1010 de 2006, el cual estará integrado en la forma prevista en el artículo 10 (sic) de la Resolución 1356 de 2012 del Ministerio del Trabajo. Que el período del Comité de Convivencia Laboral será de dos (2) años, contados a partir de la respectiva comunicación de la elección y/o designación, y se reunirá ordinariamente cada tres (3) meses, sesionando con la mitad más uno de sus integrantes y extraordinariamente cuando se presenten casos que requieran de su inmediata intervención y podrá ser convocado por cualquiera de sus integrantes. Que mediante Resolución 440 del 23 de octubre de 2012, se designaron como representantes de la Secretaría General ante el Comité de Convivencia Laboral al/la Directoria Jurídico/a Distrital y al/la Directoria de Gestión Corporativa y como suplentes en reemplazo del titular por ausencia, impedimento o recusación, al/la Subdirector/a de Estudios e Informática Jurídica y al/la Subdirector/a de Talento Humano, respectivamente. Que se hace necesario actualizar los representantes de la Secretaría General designados ante el Comité de Convivencia Laboral por el periodo de dos años, para lo cual se tendrá en cuenta lo señalado en la Resolución 440 del 23 de octubre de 2012. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1°-: Designar como representantes de la Secretaría General ante el Comité de Convivencia Laboral al/la Director/a Jurídico/a Distrital y al/la Director/a de Gestión Corporativa. Artículo 2°-: Obrarán como suplentes en reemplazo del titular por ausencia, impedimento o recusación, el/la Subdirector/a de Estudios e Informática Jurídica y el/la Subdirector/a de Talento Humano, respectivamente. Artículo 3°-: Contra la presente Resolución no procede recurso alguno. Artículo 4°-: La presente Resolución rige a partir de su publicación y deroga la Resolución 440 de 2012. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de octubre del año 2014 MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA Secretaria General NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5460 de octubre 28 de 2014. |