ACUERDO 611 DE 2015
(Septiembre 11)
"POR EL CUAL SE ESTABLECE EL SERVICIO DE URGENCIAS VETERINARIAS PARA CANINOS Y FELINOS SIN DUEÑOS Y PERTENECIENTES A LAS FAMILIAS DE LOS ESTRATOS 1, 2 y 3 EN EL DISTRITO CAPITAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.
En concordancia con la Constitución Política de Colombia, Ley 84 de 1989, y en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los numerales 1 y 7 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.
Ver Proyectos de Acuerdo 072 y 113 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.
ACUERDA:
ARTÍCULO 1°. Establézcase el servicio de urgencias veterinarias para caninos y felinos sin dueños y pertenecientes a las familias de los estratos 1, 2 y 3 en el Distrito Capital.
PARÁGRAFO: Se entiende por urgencias veterinarias cualquier situación en la que la muerte puede ser próxima si no se realiza el tratamiento inmediato.
ARTÍCULO 2°. Modificado por el art. 10, Decreto Distrital 546 de 2016. La Secretaría Distrital de Ambiente implementará los lineamientos para la prestación de los servicios de urgencias veterinarias en coordinación con los demás sectores públicos con corresponsabilidad en el tema.
ARTÍCULO 3°. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCIA
Presidenta
DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO
Secretario General de Organismo de Control
GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE
Dado en Bogotá D.C., a los 11 días del mes de septiembre del año 2015
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5674 de septiembre 16 de 2015