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Resolución Reglamentaria 64 de 2015 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
02/12/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/12/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5728 de diciembre 04 de 2015
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 064 DE 2015

(Diciembre 2)

"Por medio de la cual se adopta un Procedimiento del Proceso Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal en la Contraloría de Bogotá D.C.".

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y las conferidas por el Acuerdo 519 de diciembre 26 de 2012 y,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 269 de la Constitución Política de Colombia, es obligación de las autoridades públicas, diseñar y aplicar en las entidades públicas, métodos y procedimientos de control interno, según la naturaleza de sus funciones de conformidad con lo que disponga la ley.

Que de conformidad con los literales b) y l) del artículo 4º de la Ley 87 de 1993 "Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones", se deben implementar como elementos del Sistema de Control Interno Institucional, procedimientos para la ejecución de procesos, actualización de normas y la simplificación de procedimientos.

Que el Modelo Estándar de Control Interno "MECI", adoptado en la Contraloría de Bogotá D.C., mediante Resolución Reglamentaria No. 034 del 5 de noviembre de 2014 conforme a la actualización realizada mediante el Decreto 943 de 2014, contiene en el Módulo de Control de Planeación y Gestión, el Modelo de Operación por Procesos desarrollado a través de los procedimientos, entendidos éstos como el conjunto de especificaciones, relaciones y ordenamiento de tareas requeridas para cumplir con las actividades de un proceso controlando las acciones que requiere la operación de la Contraloría de Bogotá D.C. Los procedimientos se convierten en un control encaminado a lograr que las actividades se desarrollen siguiendo una secuencia lógica para el logro de los objetivos y la obtención efectiva de los productos y servicios.

Que el Acuerdo 519 de 2012, "Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D. C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan las funciones de sus dependencias, se modifica su planta de personal y se ajustan el sistema de nomenclatura y los grados de la escala salarial de la planta de personal y se dictan otras disposiciones", en su artículo 6º establece que: "En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las Leyes y en este Acuerdo".

Que el numeral 9 del artículo 38 del precitado Acuerdo, establece como una de las funciones de la Dirección de Planeación: "Realizar estudios, propuestas e investigaciones de carácter técnico sobre desarrollo administrativo, métodos de trabajo, simplificación, agilización y modernización de trámites y procedimientos y demás asuntos relacionados con la organización, tendientes al mejoramiento de la gestión y de los demás sistemas implementados en la entidad.

Que el artículo 39 del citado Acuerdo establece para la Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas entre otras las siguientes funciones "Realizar el seguimiento a la gestión fiscal de los sujetos de control, mediante el análisis de las variables, indicadores y estadísticas que se generan producto de los planes de auditoria a la gestión fiscal", así como, servir de soporte técnico y apoyo a las dependencias componentes de los procesos de Estudios, investigaciones fiscales y Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal, y preparar la presentación de reportes periódicos al Contralor de Bogotá D.C., y a los altos directivos los análisis y estudios realizados con el fin de fortalecer el sistema de control fiscal de la Contraloría de Bogotá D.C.

Que mediante Resolución Reglamentaria Nº 026 de octubre 9 de 2014, se adoptó Procedimiento para el seguimiento a la gestión fiscal de los sujetos de vigilancia y control fiscal en la Contraloría de Bogotá, D.C. versión 1.0, el cual se hace necesario actualizar y cambiar el nombre por Procedimiento para el análisis y generación de indicadores y estadísticas del control fiscal, conforme a las funciones asignadas en el Acuerdo 519 de 2012 a la Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas.

Que mediante la Resolución Reglamentaria 037 del 15 de julio de 2015, se adoptaron nuevas versiones de documentos y procedimientos del Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal de la Contraloría de Bogotá D.C. entre estos el procedimiento para la identificación, evaluación, cualificación y cuantificación de los beneficios del control fiscal, siendo necesario aclarar el número correspondiente a la versión del mismo.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Cambiar el nombre del procedimiento para el seguimiento a la Gestión Fiscal de los Sujetos de Vigilancia y Control Fiscal Código 0426 por Procedimiento para el análisis y generación de indicadores y estadísticas del control fiscal.

ARTÍCULO SEGUNDO: Derogado por el art. 6, Resolucion Reglamentaria 001 de 2018.  Adoptar un procedimiento del Proceso Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal.

No.

Procedimiento

Código

Versión

1

Procedimiento para el análisis y generación de indicadores y estadísticas del control fiscal.

PVCGF-026

2.0

ARTÍCULO TERCERO: Aclarar el numeral 9 de artículo 1 de la Resolución Reglamentaria 037 del 15 de julio de 2015, en el sentido de precisar el número de la versión adoptada del siguiente procedimiento:

PROCEDIMIENTO

Código

Versión

1

Procedimiento para la identificación, evaluación, cualificación y cuantificación de los beneficios del control fiscal

PVCGF-18

13.0

ARTÍCULO CUARTO: Delegar en la Dirección de Planeación, el mejoramiento continuo de los procedimientos del proceso Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal en la Contraloría de Bogotá, D.C.

ARTÍCULO QUINTO: Es responsabilidad de la Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas velar por la divulgación, actualización y mejoramiento del procedimiento adoptado.

ARTÍCULO SEXTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación, deroga la Resolución Reglamentaria No. 026 del 9 de octubre de 2014 y las demás disposiciones que le sean contrarias y aclara la versión de un procedimiento mediante Resolución Reglamentaria No. 037 del 15 de julio de 2015.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 02 días del mes de diciembre del año 2015.

DIEGO ARDILA MEDINA

Contralor de Bogotá D.C.

 

 

.

PROCEDIMIENTO PARA EL ANALISIS Y GENERACIÓN DE INDICADORES Y ESTADISTICAS DEL CONTROL FISCAL

Código formato: PGD-01-002

Código documento: PVCGF-26

Versión 2.0

Página 1 de 17

FECHA: 20 DE NOVIEMBRE DE 2015

Aprobó elaboración o modificación

Revisión técnica

Firma:

Firma:

Nombre: Ligia Inés Botero Mejía

Nombre: Biviana Duque Toro

 

Cargo: Contralora Auxiliar

Cargo: Director Técnico de Planeación.

1. OBJETIVO

Estandarizar las actividades para el análisis y la generación de indicadores y estadísticas para el control fiscal como insumo y apoyo a los procesos de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal y Estudios de Economía y Política Pública.

2. ALCANCE

El procedimiento inicia con la elaboración del cronograma anual de actividades para generar insumos a la vigilancia y control a la gestión fiscal y termina con la comunicación del Boletín a los Directores Sectoriales de Fiscalización y a la Alta Dirección.

Este procedimiento comprende:

1. Elaboración del Cronograma Anual de Actividades

2. Matriz de Importancia Relativa MIR

3. Indicadores y Estadísticas del control fiscal

4. Alertas sobre la contratación que suscriben los sujetos de vigilancia y control fiscal

5. Actividades de apoyo e insumos para la función de vigilancia y control fiscal

6. Boletín sobre la contratación que suscriben los sujetos de vigilancia y control fiscal

3. BASE LEGAL

TIPO DE NORMA

FECHA

DESCRIPCIÓN

Acuerdo 519

 

26 de diciembre de 2012

"Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan las funciones de sus dependencias, se modifica su planta de personal y se ajusta el sistema de nomenclatura y los grados de la escala salarial, de la planta de personal y se dictan otras disposiciones".

4. DEFINICIONES

Alertas: Aquella alarma de vigilancia que previene una situación a la gestión fiscal.

Base de Datos: Conjunto de información almacenada de forma organizada, que ofrece datos detallados e individuales de un universo.

Boletín: Publicación distribuida de forma periódica, que contiene información analizada.

Datos: Cifras o números con los que se pueden hacer: comparaciones en el tiempo, construir indicadores, elaborar tablas y realizar análisis sobre hechos relevantes en el comportamiento de un sector, o de beneficiarios de proyectos, programas o políticas públicas, entre otros.

Estadísticas: Conjunto de cifras y datos organizados sobre diferentes temas para el ejercicio del control fiscal.

Indicador: Relación entre variables cuantitativas o cualitativas que permiten observar la situación, tendencia o cambios generados en los resultados presentados por las diferentes variables con relación a los objetivos, metas previstas e impactos esperados.

Matriz: Información estructurada por filas y columnas que reflejan hechos o comportamientos de variables.

Matriz de Importancia Relativa (MIR): Herramienta estructurada en dos componentes (Operacional y de Resultados a la Gestión), que permite determinar el nivel de riesgo de los sujetos de vigilancia y control fiscal, como insumo para la focalización del Plan de Auditoria Distrital.

Monitoreo: Seguimiento permanente de la información que proveen las fuentes oficiales internas y externas (Contraloría de Bogotá, Secretaria Distrital de Planeación, Secretaria Distrital de Hacienda, centros de investigación tanto oficiales como privados, entre otros), generando series estadísticas que permitan evaluar tendencias, comparar la evolución de las variables en el tiempo e inferir el comportamiento de los sectores de la administración distrital.

Observatorio de Control Fiscal OCF: Instrumento de seguimiento y análisis de variables, indicadores y estadísticas propios del ejercicio del control fiscal, que permiten monitorear información y determinar riesgos fiscales que coadyuven en la focalización del control fiscal y la toma de decisiones.

Variable Estadística: Característica que al ser medida en individuos es susceptible de adoptar diferentes valores. Apartir de datos estadísticos, cuantitativos y cualitativos, se construye diagnósticos y documentos analíticos, cuyo objeto es aportar insumos que permitan la comprensión del comportamiento de la gestión de cada sujeto de vigilancia y control fiscal.

5. ANEXOS:

Anexo 1: Modelo de la Matriz de Importancia Relativa

6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTRO

PUNTOS DE CONTROL /OBSERVACIONES

6.1 Cronograma Anual de Actividades

1

Subdirector Técnico

Profesional Especializado

Profesional Universitario

Técnico

(Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas)

.

Realizan la planeación anual de las actividades de la Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas.

Elaboran el Cronograma de Actividades respectivo teniendo en cuenta entre otros los siguientes criterios:

- Plan de auditoria Distrital

( PAD)

- Normatividad Vigente

- Requerimientos de la Alta Dirección

- Funciones de la Subdirección

- Focalización del control fiscal y requerimientos de las Direcciones Sectoriales de Fiscalización.

.

Observaciones

Esta actividad se realiza un mes antes de iniciar la vigencia.

En la planeación de las actividades se tendrá como objetivo la generación de insumos para el proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal y la toma de decisiones de la Alta Dirección.

 

2

Director Técnico de Planeación

Revisa y aprueba el Cronograma Anual de Actividades.

Acta

Punto de Control: Verifica en mesa de trabajo, que el cronograma se ajuste a los requerimientos de la Alta Dirección y los criterios establecidos.

3

Subdirector Técnico de Análisis Indicadores y Estadísticas.

Comunica a los funcionarios de la subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas el cronograma aprobado y asigna responsabilidades.

.

.

6.2 Matriz de Importancia Relativa (MIR)

4

Subdirector Técnico de Análisis Indicadores y Estadísticas

Establece las variables de los componentes de la Matriz de Importancia Relativa (MIR), determina las necesidades de ajuste y designa responsables.

.

Punto de control:

Verifica el cumplimiento de los criterios establecidos por la Alta Dirección.

5

Profesional Universitario Y/O Especializado de la Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas

Registra la información en la MIR de acuerdo a las variables definidas, con base en los siguientes insumos:

* Informes de Auditoria

* Matriz de seguimiento a la gestión fiscal.

* Rendición de cuenta realizada por cada sujeto de vigilancia y control fiscal.

.

.

6

Subdirector Técnico de Análisis Estadísticas e Indicadores

Director Técnico de Planeación.

Revisan los resultados generados por la MIR y los presentan ante el Responsable del Proceso de Vigilancia y Control Fiscal a la Gestión Fiscal.

.

Observación

La MIR es un insumo para el Plan de Auditoria Distrital.

Los niveles de riesgo son: Alto, Medio y Bajo.

7

Contralor Auxiliar (Responsable de proceso de Vigilancia y Control Fiscal)

Revisa y aprueba los resultados generados de la MIR.

.

Observación:

En caso de requerir ajustes regresa a la actividad 5.

8

Subdirector Técnico de Análisis, Estadísticas e Indicadores

Comunica a las direcciones sectoriales de fiscalización la Matriz de Importancia Relativa para la validación de los datos y el Nivel de Riesgo de los sujetos de vigilancia y control a su cargo.

Memorando

.

9

Profesional Universitario y/o Especializado de la Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas

Analiza las observaciones de las Direcciones Sectoriales de Fiscalización.

Consolida la MIR y presenta en mesa de trabajo los resultados.

.

.

10

Director Técnico de Planeación Subdirector Técnico de Análisis, Indicadores y Estadísticas.

Presenta en mesa de trabajo la MIR definitiva ante el Contralor y/o Contralor Auxiliar.

Acta

.

11

Director Técnico de Planeación

Comunica a los directores sectoriales de fiscalización la MIR, con la priorización de sujetos como insumo para la programación del PAD.

 

Memorando

.

6.3 Indicadores y Estadísticas del Control Fiscal

12

Subdirector de Análisis, Indicadores y Estadística.

Recibe la siguiente información:

Estadísticas suministrada por la Dirección de Estudios de Economía y Política Pública. (Presupuesto, contratación, deuda pública y portafolio de inversiones).

Matriz de resultados de la vigilancia y control a la gestión fiscal - consolidado trimestral y anual por proceso.

Información contractual, recibida a través de SIVICOF.

Otras fuentes que se consideren aplicables para la generación de estadísticas

.

Observación:

Se podrán utilizar diferentes fuentes para la validación de la información.

 

 

 

 

 

13

 

 

Profesional Universitario Y/O Especializado de la Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas.

Revisan y analizan la información suministrada.

Efectúa la consolidación y prepara la información a integrar a la Base estadística:

Estudios de Economía y Política Pública. (Presupuesto, contratación, deuda pública y portafolio de inversiones).

Matriz de resultados de la vigilancia y control a la gestión fiscal - consolidado trimestral y anual por proceso.

Información contractual, recibida a través de SIVICOF. Entre otros

.

Punto de Control

La información contractual recibida a través de SIVICOF, debe ser consolidada y revisada con el fin de detectar inconsistencias, las cuales se comunican a la Dirección Sectorial de Fiscalización a la cual pertenece el Sujeto que la reportó.

 

 

 

14

Subdirector Técnico

Profesionales Universitarios Y/O Especializados

(Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas).

Realizan mesa de trabajo, para analizar la información consolidada.

Aprueban la información a integrar en la Base Estadística de la Entidad.

 

 

Acta

.

 

 

 

15

 

Profesionales Universitarios Y/O Especializados de la Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas.

Prepara la información, salvaguardándola en la Base Estadística de la Dirección de Planeación, para cada uno de los ítems, así:

Estadísticas trimestrales y anuales:

PRESUPUESTO.

TESORERÍA

PORTAFOLIO DE INVERSIONES.

Resultados de la vigilancia y control a la gestión fiscal:

TRIMESTRAL

ANUAL

Información contractual consolidada:

TRIMESTRAL

ANUAL

 

 

.

Observación:

La información se almacena en medio electrónico (computador de la Subdirección) y/o la nube.

 

16

Subdirector Técnico Profesionales Universitarios Y/O Especializados

(Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas).

Apoyan a las Direcciones Sectoriales de Fiscalización que requieren reportes referentes a las estadísticas que reposan en la Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas.

.

.

6.4 Alertas Sobre la Contratación Suscrita por los Sujetos de Vigilancia y Control Fiscal.

 

17

Subdirector Técnico de Análisis, Indicadores y Estadísticas

Asigna a cada profesional de la Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas, el sector o sectores respecto al (los) cual (es) debe efectuar el análisis de la información.

.

.

 

 

 

18

Profesional Universitario Y/O Especializado

(Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas)

Revisa el reporte Entidades no Certificadas que produce SIVICOF, con base en la información de rendición de cuenta de los Sujetos de Vigilancia y Control Fiscal, en caso de encontrar que alguna no ha reportado la información, enviar dicho listado a las Direcciones Sectoriales para las acciones que le competen.

.

Observación:

La forma y términos de la rendición de la cuenta se encuentran establecida en la resolución vigente.

 

 

 

 

 

 

 

 

19

 

 

 

Profesional Universitario Y/O Especializado

(Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas)

Genera los reportes consolidados de la Contratación dispuesta en el SIVICOF - SECOP, por sector y Sujeto de Vigilancia y Control. Entrega una copia a cada profesional de la Subdirección.

Analiza información contractual de SIVICOF y SECOP, de acuerdo con el sector o sectores asignados y genera las observaciones que considere necesarias.

Remite al Subdirector para su revisión.

.

Observación

La información de SECOP se genera en archivo Excel o en la herramienta definida para tal fin. Seleccionar el "ESTADO" (Adjudicado, Celebrado, Liquidado) y de estos, la información básica (Número De Proceso, Entidad, Objeto Cuantía, Fecha Estado).

La información de Sivicof, se genera directamente desde el aplicativo, ingresando por el link de la página web de la entidad.

 

 

20

 

Subdirector Técnico de Análisis, Indicadores y Estadísticas

Revisa la información analizada por cada profesional, en caso de ser necesario solicita los ajustes.

 

.

.

21

Subdirector Técnico de Análisis, Indicadores y Estadísticas

Comunica las alertas a las Direcciones Sectoriales de Fiscalización, con el análisis de las mismas como insumo para ejercicio del control fiscal.

Memorando

.

 

22

Profesional Universitario Y/O Especializado

(Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas)

Efectúa seguimiento a las alertas comunicadas.

.

.

6.5 Actividades de apoyo e insumos para la función de vigilancia y control fiscal.

 

23

Subdirector de Análisis, Indicadores y Estadísticas.

Revisa la programación del PAD y ordena al profesional que prepare los insumos de auditoria.

.

.

 

24

Profesional Universitario Y/O Especializado

(Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas)

Extracta del aplicativo SIVICOF, la información contractual de la vigencia a auditar y la consolida por sector. Separa la información puntual del sujeto al cual se le realizará la auditoria.

.

Observación:

Para generar el reporte consolidado de la contratación, se debe ingresar a la página de la Contraloría de Bogotá, al link de SIVICOF. Seleccionar reportes y luego contratos por entidad.

25

Profesional Universitario Y/O Especializado

(Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas).

Elabora la base de datos que compilen la información del sujeto de vigilancia y control a Auditar, entre otra, la siguiente:

Total contratos por Entidad/modalidad de Selección/Tipología.

Total contratos por entidad y Modalidad de Selección.

.

Por solicitud de los Directores Sectoriales o del (la) Responsable del Proceso, se pueden generar tablas dinámicas con otro tipo de información contractual.

26

 

Subdirector Técnico de Análisis, Indicadores y Estadísticas.

Remite a los directores sectoriales de fiscalización, la información generada en la base de datos definitiva; anexa el reporte consolidado de la Contratación del Sujeto de Control, en el formato EXCEL, con los mismos campos de información generado en SIVICOF.

Memorando.

.

6.6 Boletín Sobre la Contratación Suscrita por los Sujetos de Vigilancia y Control Fiscal.

 

 

 

27

Profesional Universitario Y/O Especializado

(Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas)

Analiza la información de contratación reportada por los sujetos de vigilancia y control fiscal y/o la Contratación publicada.

.

Observación:

Las fuentes de información para el análisis son entre otras: es el Sistema Electrónico de Contratación Pública SIVICOF– SECOP

 

28

Profesional Universitario Y/O Especializado

(Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas).

Elabora el Boletín con la información de la contratación del periodo correspondiente.

.

.

 

29

Subdirector Técnico de Análisis, Indicadores y Estadísticas

Revisa el Boletín.

Con Observaciones: solicita ajustes.

Sin observaciones: aprueba y remite el Boletín al Director Técnico de Planeación.

Memorando y/o correo

.

30

Director Técnico de Planeación

Revisa el Boletín y lo presenta ante el despacho del Contralor Auxiliar

Memorando y/o correo.

.

31

Contralor Auxiliar

Revisa el Boletín y lo aprueba.

En caso de requerir ajustes regresar al paso 21.

.

.

 

32

Subdirector Técnico de Análisis, Indicadores y Estadísticas.

Comunica el Boletín a los Directores Sectoriales de Fiscalización y a la Alta Dirección.

Memorando

Observación

Se entregará un ejemplar físico del boletín a cada Dirección Sectorial de Fiscalización.

7. ANEXOS

.

ANEXO 1

MATRIZ DE IMPORTANCIA RELATIVA-MIR

Código formato: PVCGF-26-01

Código documento: PVCGF-26

Versión: 2.0

Página 1 de 1

INSTRUCTIVO DEL ANEXO 1

"MODELO DE LA MATRIZ DE IMPORTANCIA RELATIVA"

1. COMPONENTE DE RIESGO OPERACIONAL: Corresponde a las variables propias del sujeto de vigilancia y control fiscal, definidas en mesa de trabajo.

2. COMPONENTE RIESGO FRENTE A LA GESTIÓN FISCAL: Corresponden a los variables cuyos datos son extraídos de las más recientes auditorias (PAD vigencia anterior y PAD vigencia actual) y que se encuentran disponibles en los correspondientes informes de cada entidad definida en la Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas.

3. VARIABLES: Son las definidas para la construcción de la MIR y se clasifican en dos componentes: el riesgo operacional que incluye las variables presupuestales de ingresos, gastos etc y las de riesgo frente a los resultados de la gestión fiscal en el que se considera los resultados de las auditorías.

4. PONDERACIONES: Es el peso que se atribuye a cada variable dentro del contexto que se pretende medir o expresar en un índice que define el objetivo de la MIR. - La ponderación se distribuyen en 60% para el caso del riesgo operacional y de 40 para el riesgo a la gestión.

5. SECTOR Se relaciona el sector correspondiente al sujeto de Vigilancia y Control Fiscal.

6. CÓDIGO SEGÚN SIVICOF: Corresponde al número asignado por la Dirección de Tecnologías de la Información - TIC.

7. SUJETO DE VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL: Se relaciona teniendo en cuenta la última vigencia de la resolución de asignación a los sujetos de Vigilancia y Control Fiscal.

8. VALOR: corresponde al dato obtenido por cada una de las variables del Sujeto de Vigilancia y Control Fiscal (en pesos).

9. RESULTADO: Una vez formulada la matriz, allí se irán ubicando automáticamente los resultados producto del diligenciamiento de las casillas. (Operación matemática que resulta de multiplicar el "valor" por la "ponderación").

10. TOTAL PONDERACION RIESGO OPERACIONAL: Una vez formulada la MIR, éste será el resultado de todas las variables que componen este ítem por entidad. Con un porcentaje del (60%) y se establece en mesa de trabajo y será dividido en las variables determinadas.

11. TOTAL PONDERACIÓN RIESGO FRENTE A LA GESTIÓN FISCAL: Una vez formulada la MIR, éste será el resultado de todas las variables que componen este ítem por entidad.

12. Siendo del (40%), este porcentaje se establece en mesa de trabajo, y será dividido en las variables determinadas.

13. PONDERACIÓN TOTAL: Denominada semáforo, La formulación de la MIR, y como resultado de las ponderaciones totales, el resultado mostrara el nivel de riesgo de la entidad, (Rojo corresponde a alto riesgo, amarillo riesgo medio y verde riesgo bajo).

14. TIPO DE RIESGO: Es el resultado de la combinación de factores que determinan el nivel de riesgo en que se encuentra la entidad (semáforo).

8. CONTROL DE CAMBIOS

Versión

No. Del Acto Administrativo que lo adopta y Fecha

Descripción de la modificación

1.0

R.R. 026 de octubre 9 de 2014

Se cambia el nombre Procedimiento para el seguimiento a la Gestión Fiscal de los Sujetos de Vigilancia y Control Fiscal por Procedimiento para el análisis y generación de indicadores y estadísticas del control fiscal teniendo en cuenta que en el proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal existe un procedimiento casi que con el mismo nombre (Procedimiento para realizar seguimiento a los resultados de la vigilancia y control a la gestión fiscal Código documento: PVCGF-25 Versión:2.0), que genera confusiones.

El procedimiento pasa de la versión 1.0 a la versión 2.0.

Se cambió el Objetivo del procedimiento

Se modificó el alcance del procedimiento.

En la versión 1.0: El procedimiento inicia con la elaboración del cronograma anual de actividades para generar los insumos a la vigilancia y control a la gestión fiscal y termina con la remisión a la Alta Dirección y a las direcciones sectoriales de fiscalización, de los insumos generados para la toma de decisiones

En la nueva versión quedo: El procedimiento inicia con la elaboración del cronograma anual de actividades para generar insumos a la vigilancia y control a la gestión fiscal y termina con la comunicación del Boletín a los Directores Sectoriales de Fiscalización y a la Alta Dirección

Al procedimiento se le hicieron los siguientes ajustes.

Numeral 6.1 Cronograma Anual de Actividades. La actividad No.1, Elabora en conjunto con los profesionales del área, el Cronograma Anual de Actividades.

En la nueva versión queda: Realizan la planeación anual de las actividades de la Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas.

Elaboran el Cronograma de Actividades respectivo teniendo en cuenta entre otros los siguientes criterios:

- Plan de auditoria Distrital

( PAD)

- Normatividad Vigente

- Requerimientos de la Alta Dirección

- Funciones de la Subdirección

- Focalización del control fiscal y requerimientos de las Direcciones Sectoriales de Fiscalización.

Numeral 6.2 Matriz de Importancia Relativa (MIR). La actividad No 2, Realiza el ajuste requerido de la Matriz de Importancia Relativa (MIR).

En la nueva versión queda como actividad No. 4: Establece las variables de los componentes de la Matriz de Importancia Relativa (MIR), determina las necesidades de ajuste y designa responsables.

Se crea un punto de control.

La Actividad 4: Revisa las variables y aprueba la MIR para su diligenciamiento.

En la nueva versión queda como actividad No. 7: Revisa y aprueba los resultados generados de la MIR.

La observación: En caso de requerir ajustes regresa a la actividad 2.

En la nueva versión queda: En caso de requerir ajustes regresa a la actividad 5

Se eliminan las actividades 5, 6, 7, 8, 10 y 12 y se crean en la nueva versión las actividades 8,9, 10 y 12.

En la nueva versión se crea el numeral: 6.3 Estadísticas de la Gestión Fiscal, con 5 actividades de la No. 12 a la No. 16.

En el numeral 6.3 de la versión 1.0 Bases de Datos y Boletín Mensual con Análisis Contratación se cambia el nombre por Boletín Sobre la Contratación Suscrita por los Sujetos de Vigilancia y Control Fiscal en la nueva versión queda como numeral 6.6.

El numeral 6.4 Alertas a la Contratación se modifica y quedó de la siguiente manera: Alertas sobre la Contratación Suscrita por los Sujetos de Vigilancia y Control Fiscal y pasa en la nueva versión como numeral 6.4.

Se crea el numeral 6.5 Actividades de apoyo e insumos para la función de vigilancia y control fiscal con 4 actividades de la No. 23 a la No. 26.

EL procedimiento se actualizo de acuerdo al procedimiento para el control de documentos del SIG adoptado por la Resolución Reglamentaria No. 033 de 2014.

2.0

R.R. 064 de diciembre 2 de 2015

 

 

.

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5728 de diciembre 04 de 2015