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CIRCULAR 002 DE 2016 (Enero 15)
De acuerdo con lo dispuesto en el parágrafo 1º del artículo 2º de la Resolución No. 200 del 27 de abril de 2012 "Por la cual se definen los parámetros y criterios objetivos para fijar honorarios de los contratos de prestación de servicios y de apoyo a la gestión que celebre con personas naturales la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.", y teniendo en cuenta:
Así las cosas, el incremento al Cuadro de Unidades de Fijación de Honorarios (UFH) para la vigencia 2016, será el siguiente
Ahora bien, las personas naturales deberán inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT) en el Régimen común o realizar la correspondiente actualización en forma previa a la celebración del contrato de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión, cuando la cuantía del mismo sea superior a las 3.300 UVT1, es decir:
Cordialmente, ANA MARÍA ROJAS VILLAMIL NOTA DE PIE DE PÁGINA: 1 Estatuto Tributario. Artículo 499. Numeral 6. Parágrafo 1º Proyectó: Sonia Camargo Bernal – Profesional Especializado Subdirección de Contratación Giovanni Alexander Velandia Castillo – Profesional Subdirección Financiera Revisó: Aura Elvira Gómez Martínez – Subdirectora de Contratación Diego Aparicio - Profesional Subsecretaría General Andrea Benavidez Mayorca – Subdirectora Financiera |