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ACUERDO LOCAL 2 DE 2016 (Septiembre 29) Por el
cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras
Públicas para la Localidad de Los Mártires 2017 - 2020 LOS MÁRTIRES MEJOR PARA
TODOS LA
JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE LOS MÁRTIRES, En
ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que
le confiere la Constitución Política de Colombia en sus artículos 324, el
decreto 1421 de 1993 en su artículo 69 Numeral 1 y artículo 22 del acuerdo
distrital 13 de 2000. CONSIDERANDO: 1. Que la
Constitución Política de Colombia establece en el artículo 324 que: “Las Juntas
Administradoras Locales distribuirán y apropiarán las partidas globales que en
el presupuesto anual del Distrito se asignen a las localidades, teniendo en
cuenta las necesidades básicas insatisfechas de su población. Sobre las rentas
departamentales que se causen en Santa fe de Bogotá, la ley determinará la
participación que le corresponda a la capital de la República. 2. Que la Ley 152 de
1994, tiene como propósito establecer los procedimientos y mecanismos para la
elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los
Planes de Desarrollo, así como la regulación de los demás aspectos contemplados
por el artículo 342 y en general por el artículo 2 del título XII de la
Constitución Política de Colombia y demás normas constitucionales que se
refieren al Plan de Desarrollo y la planificación. 3. Que el Decreto Ley
1421 de 1993 en su artículo 69 establece en el numeral 1° “Atribuciones de las
Juntas Administradoras Locales: De conformidad con la Constitución la ley, los
acuerdos del concejo y los decretos del Alcalde Mayor, corresponde a las Juntas
Administradoras, adoptar el Plan de Desarrollo Local en concordancia con el
Plan General de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas y el Plan
General de Ordemaniento (sic) Físico del Distrito previa audiencia de las
organizaciones sociales, cívicas y populares de la localidad. 4. Que el acuerdo 13
de 2000 reglamenta la participación ciudadana en la elaboración, aprobación,
ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Desarrollo Económico y
Social para las diferentes localidades que conforman el Distrito Capital. 5. Que la
Administración Distrital en cabeza del Secretario Distrital de Gobierno, el
Secretario Distrital de Planeación y el director general del IDPAC, expidieron
las circulares conjuntas 005 del 10 de febrero de 2016 y 017 del 25 de agosto
de 2016, mediante las cuales se establecieron los lineamientos para la
realización de encuentros ciudadanos y formulación de los Planes de Desarrollo
Local. 6. Que la Secretaría Distrital de Planeación- Subsecretaría de Planeación de la Inversión- Dirección CONFIS, expidió el documento “Lineamientos de política para las líneas de Inversión Local 2016- 2020” como herramienta de carácter vinculante y específica que señala las inversiones que podrán adelantar las Alcaldías Locales con recursos de los Fondos de Desarrollo Local para los Planes de Desarrollo Local 2017-2020 que se formulen en el marco del Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá Mejor para todos”. 7. Que mediante radicado 20161420059952, la Secretaría Distrital de Hacienda notificó al Alcalde Local de los Mártires, el cupo indicativo de financiación para la elaboración del Plan de Desarrollo Local 2017-2020. ACUERDA: PARTE I PARTE GENERAL CAPÍTULO I VISIÓN Artículo 1. Adopción del plan. Se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de
obras públicas para la localidad de Los Mártires para el periodo 2017-2020 “LOS
MÁRTIRES MEJOR PARA TODOS”, el cual constituye el referente de las
acciones y políticas de la administración local. Artículo 2. Visión. Para el año 2020 la Localidad de Los Mártires será reconocida como
un territorio transformado, donde la resignificación de espacios conseguida
gracias a la recuperación del territorio, potencializará nuestro patrimonio
material e inmaterial como expresión de la democracia urbana, donde las
comunidades como centro de acción de todas las actividades del estado, se
reapropiarán de los entornos creados por ellas y para ellas, aportando así al
compromiso de la consolidación de una ciudad creativa, incluyente y
ambientalmente sostenible que propenderá por la felicidad de todos los
ciudadanos. Artículo 3. Objetivo General Reconocer a la localidad de Los Mártires como uno de los nodos
comerciales, empresariales, residenciales, turísticos, culturales,
patrimoniales e históricos más representativo de Bogotá, transformándose en
ejemplo de coordinación y articulación de actores estratégicos del sector público,
privado y la sociedad civil, a fin de conseguir el desarrollo social, económico,
ambiental y cultural del territorio, con el aprovechamiento ordenado y
sostenible de los recursos, potenciando elementos productivos y competitivos
locales dentro del marco del respeto por la diferencia. Artículo 4. Estructura del plan. El presente Plan de Desarrollo Local en coherencia con el Plan de
Desarrollo Distrital “Bogotá mejor para todos” adopta sus fundamentos y estructura
general. Las directrices y políticas que orientan la acción articulada de la
administración local en procura de profundizar la visión del plan y que servirán
de guía para la definición de objetivos se organizan en torno a Pilares y Ejes. Los Pilares se constituyen en los elementos estructurales, de carácter
prioritario, para alcanzar el objetivo central del Plan y se soportan en los
Ejes Transversales. Los Ejes Transversales son los requisitos institucionales
para la implementación de los Pilares, de manera que tengan vocación de
permanencia. Pilares: 1. Igualdad de Calidad de Vida. 2. Democracia Urbana. 3. Construcción de Comunidad y Cultura Ciudadana Ejes Transversales: * Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética * Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia. CAPÍTULO II PILAR 1. IGUALDAD DE CALIDAD DE VIDA Objetivos, estrategias, programas Artículo 5. Objetivos. Serán objetivos de este Pilar: a) Promover y potenciar el desarrollo integral de nuestros niños con
énfasis en quienes tienen condiciones de vulnerabilidad, aportando a la
realización de sus capacidades, potencialidades y oportunidades, desde los
enfoques de la protección integral, de derechos, responsabilidades y
diferencial y así contribuir a su felicidad, calidad de vida, integralidad del
ser y ejercicio pleno de su ciudadanía. Lo anterior en concordancia con la Ley
1098 de 2006 “Código de Infancia y Adolescencia”. b) Implementar acciones de tipo integral, orientadas principalmente
a las personas que se encuentran en mayor grado de vulnerabilidad socioeconómica
y aquellas que han sido sujeto de discriminación afectando el ejercicio de sus
derechos. Se busca trascender la visión asistencialista a partir del
fortalecimiento de capacidades y el aumento de oportunidades en función de la
protección y goce efectivo de derechos, el desarrollo integral, la inclusión
social y el respeto de la dignidad de las personas. c) Reducir las brechas sociales y la imposibilidad de conseguir el
acceso a las diferentes ofertas que la ciudad tiene para todos los ciudadanos,
especialmente para la población social y económicamente más vulnerable con
discapacidad, basados desde luego en el marco normativo vigente, que nos da la
forma y herramientas que articularán las respuestas que desde el Gobierno Local
surjan ante los pedidos de esta comunidad. d) Mejorar la calidad de la educación en la localidad de Los
Mártires en el marco de la garantía, protección y promoción de los derechos de
las niñas, niños y adolescentes hacia una educación más digna, propiciando
ambientes escolares de inclusión, equidad, permanencia y aceptabilidad, a fin
de garantizar un aprendizaje mediante la dotación de herramientas pedagógicas
que potencialicen la calidad educativa en la localidad. e) Ampliar las oportunidades y desarrollar capacidades de los
ciudadanos y agentes de la localidad de Los Mártires con perspectiva
diferencial y territorial, mediante programas de formación, la generación de
espacios de conocimiento, de creación, de innovación, de ciencia y tecnología y
de memoria, apropiación del conocimiento, el fortalecimiento del emprendimiento
y la circulación de bienes y servicios y el fomento del buen uso del tiempo
libre y la actividad física, con el propósito de promover todas las formas en
que los ciudadanos construyen y hacen efectivas sus libertades culturales,
recreativas y deportivas, en estrecho vínculo con la transformación cultural. Artículo 6. Estrategias. Las estrategias contempladas para el logro de los objetivos señalados
son: a) Se intervendrá mediante la activación de rutas para la atención
de las comunidades o personas que requieran con mayor prioridad, el servicio
por parte de un determinado programa o proyecto, con miras a superar la
vulneración de la cual está siendo centro. Desde la valoración, seguimiento,
acompañamiento y diagnóstico de las diferentes poblaciones que son beneficiadas
por los diversos programas y proyectos, para que de esta forma la
administración local pueda conocer rápidamente b) la realidad de los participantes y la razón por la cual se
acercan a solicitar de los diferentes procesos y ayudas para superar su
condición socio económica actual y mejorar así su calidad de vida. c) Contribución a la seguridad económica de la persona mayor, esto
enmarcado en una apuesta de acciones intergeneracionales que sensibilicen a la
ciudad en la necesidad de envejecer activamente y saludable, mediante un apoyo
económico a las personas mayores en situación de vulnerabilidad, realizando
encuentros interculturales, cualificando las redes de líderes dinamizadores,
identificando las capacidades y potencialidades de las personas mayores que
permitan el desarrollo de un plan de atención integral. d) La inclusión efectiva de las personas con discapacidad
comprenderá la gestión y el uso de los recursos para contribuir a la construcción
y el fortalecimiento de los lazos familiares, sociales, económicos y culturales
que permitan el disfrute de la vida y de la ciudad, mediante la consolidación
de esquemas de apoyo, que sirven para disminuir la brecha entre las
competencias de la persona y las demandas del entorno, desde un servicio de
salud que dé cuenta de la realidad actual de la localidad y de las condiciones
en las que los habitantes de la misma tienen que vivir diariamente, dentro de
los que se cuentan elementos tales como las Ayudas Técnicas que no están
contempladas en el Plan Obligatorio de Salud – POS. e) A través de la dotación de material pedagógico los estudiantes
pueden acceder a una educación más innovadora y seductora que garantice el
acceso y permanencia en el entorno educativo. Las herramientas pedagógicas
proporcionan al docente una apertura pedagógica y flexibilización en la enseñanza,
permitiendo construir condiciones motivantes para atraer la atención de los estudiantes. f) La Alcaldía Local pondrá en marcha diferentes estrategias que
faciliten a las personas que habitan en la localidad alcanzar condiciones de
igualdad, para ello se adoptará y desarrollará el fortalecimiento de la corriente
cultural de la localidad de Los Mártires por medio de la ejecución de
festivales, fiestas culturales, fiestas artística populares y muestras
culturales. De igual forma se pondrá en marcha la formación y fortalecimiento de
la base cultural de la localidad de Los Mártires a través de la realización de
Escuelas de Artes y Oficios, fundamentadas en un modelo pedagógico y
andragógico, donde se impulse las vocaciones, se estimulen talentos, se
desarrolle la creatividad, la invención y se reconozca nuestro patrimonio y nuestras
culturas vivas comunitarias, vinculando a toda la comunidad con un enfoque
diferencial donde no importe la edad, sexo, identificación social o condición
del grupo poblacional que las integre. g) Se fomentarán a las prácticas de los deportes tradicionales, los deportes
urbanos, las nuevas tendencias deportivas, el uso de la bicicleta como medio
alternativo de transporte y la actividad física cotidiana para un mejoramiento
de la salud física y mental, de los residentes de la localidad de los Mártires. h) Se intervendrán las familias como núcleo fundamental de la
sociedad en temas relacionados con la restitución de derechos de los niños y
niñas, buen trato, manejo de la ansiedad, auto estima, prevención del matoneo,
discriminación, prevención del trabajo y la prostitución infantil entre otros. Artículo 7. Programa: Desarrollo integral desde la gestación hasta
la adolescencia. Este programa busca adelantar procesos desde la articulación inter y
transectorial, para la inclusión de la población sujeto de atención del mismo,
desde el primer ciclo vital hasta la adolescencia, con miras a fortalecer los
apoyos que las redes familiares puedan necesitar desde la discrecionalidad del
estado, en el marco de los diferentes programas SDIS e ICBF. Los elementos que forman parte del programa, estarán enmarcados en
la dotación de material pedagógico para jardines infantiles, según criterio técnico
de la entidad competente. Por otro lado se realizarán procesos de sensibilización
contra la violencia infantil y sus factores multicausales, los cuales pueden
desencadenar problemas de consumo de sustancias psicoactivas (SPA) legales e
ilegales, lo que a su vez se convierten en factores expulsores de la población
para la habitabilidad en calle a temprana edad1. Dadas las
particularidades de la localidad y que históricamente ha tenido el mayor número
de habitantes de calle en la ciudad, es determinante enfocar esfuerzos en la
prevención hacia la población infante y adolescente. Artículo 8. Programa: Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente. El posicionamiento de la Política Pública Social de Envejecimiento y
Vejez, además del Modelo de Atención Integral para las Personas Mayores (Adulto
Mayor), plantean la importancia de que los servicios dirigidos a personas de la
tercera edad en Bogotá, supere la visión asistencialista y esa mirada sea
transformada a través de la institucionalidad que apoya la libertad, la
autonomía, el desarrollo de capacidades y la dignidad de esta población,
consiguiendo así apoyar, siempre el mejoramiento de la calidad de vida de las y
los beneficiarios. La herramienta del subsidio tipo C con los cupos, será el
instrumento con el que desde la Alcaldía Local se continúe apoyando a esta
población Artículo 9. Programa: Inclusión educativa para la equidad. Este programa busca promover la calidad, inclusión, equidad y
permanencia de los estudiantes en el sistema educativo local, generando
ambientes de aprendizaje adecuados para una formación integral de la población
escolar en el marco de la innovación y creatividad generando con ello
estudiantes que con sus capacidades transformen sus entornos, mejoren sus
condiciones de vida y fortalezcan sus competencias. En este sentido se prevé la dotación de material pedagógico para las
8 Instituciones educativas que permitan fortalecer las prácticas de enseñanza y
generar atmósferas educativas atrayentes y estimulantes para los estudiantes,
reduciendo las brechas de desigualdad que afectan las condiciones de acceso y
permanencia en la educación preescolar, primaria y secundaria. Artículo 10. Programa: Mejores oportunidades para el desarrollo a
través de la cultura, la recreación y el deporte. El programa busca ampliar las oportunidades y desarrollar las
capacidades de los ciudadanos y agentes del sector con perspectiva diferencial
y territorial, la generación de espacios de conocimiento, creación, innovación
y memoria y el fomento de un buen uso del tiempo libre y la actividad física,
con el propósito de promover todas las formas en que la comunidad construya y
haga efectivas sus libertades culturales, recreativas y deportivas. Artículo 11. Metas e
indicadores por Programa.
CAPÍTULO
III PILAR
2. DEMOCRACIA URBANA Objetivos,
estratégias, programas Artículo 12.
Objetivos. Serán objetivos de este Pilar: a) Transformar e incrementar el espacio público respetuoso con el
ambiente, como un escenario democrático, seguro y de calidad para la
socialización, apropiación, uso adecuado y disfrute de todas las personas,
generando espacios de encuentro para la comunidad, propendiendo el
reconocimiento del patrimonio arquitectónico, monumentos y espacios
tradicionales de la ciudad ubicados en la Localidad. b) Mejorar la calidad de la movilidad y la accesibilidad para
peatones, ciclistas, usuarios del transporte público individual, así como del
transporte privado, mediante acciones de mantenimiento y/o mejoramiento de la
malla vial intermedia y local, dando prioridad a aquellos segmentos viales que
por su ubicación, generen un mayor beneficio general a los residentes y
visitantes ocasionales de la localidad. Al igual que acciones de mantenimiento,
adecuación y/o mejoramiento de los andenes y espacio público local, generando
espacios seguros para el tránsito de todas las personas y prelación de
movilidad de las mismas. Artículo 13. Estrategias. Las estrategias contempladas para el logro de los objetivos señalados
son: a) Se recuperarán los parques vecinales y de bolsillo, los cuales
equivalen al 91.3%2 de estos espacios en la localidad,
transformándolos en escenarios democráticos y sostenibles para el desarrollo de
las potencialidades de los residentes de los diferentes barrios. Se promoverán
acciones de apropiación de los mismos por parte de la ciudadanía para su uso,
goce y disfrute con el fin de generar espacios y ambientes más seguros para
disfrutar de la recreación, cultura e integración familiar. b) Se adelantarán gestiones ante las entidades correspondientes, con
el fin de mejorar la red de parques de la localidad. c) Se realizarán acciones de mejoramiento en vías y andenes, donde
se contempla el espacio público para todos visibilizando la localidad como
parte de la centralidad de Bogotá pensada hacia el futuro. Artículo 14.
Programa: Espacio público, derecho de todos. En este programa se pretende la transformación del espacio público
entendido como un escenario democrático, seguro y de calidad para la
socialización, apropiación, conectividad, uso adecuado y disfrute de todas las
personas, reconociendo las diferentes necesidades y capacidades de cada
ciudadano en las plazoletas, andenes, parques y espacios comunes, haciendo
visible la integración comunitaria para la apropiación del espacio público. Artículo 15.
Programa: Mejor movilidad para todos. Mantener y/o mejorar la infraestructura vial de la localidad,
generando un mayor bienestar general para residentes y visitantes, con una
infraestructura vial segura para todos. Artículo 16. Metas e
indicadores por Programa.
CAPÍTULO
IV 1.
PILAR 3. CONSTRUCCIÓN DE COMUNIDAD Y CULTURA CIUDADANA Objetivos,
estrategias, programas Artículo 17.
Objetivo. Será objetivo de este Pilar: Aumentar la eficacia y la eficiencia de la acción del gobierno local
y de las actividades colectivas e individuales de los ciudadanos, mediante
proyectos y estrategias orientadas a fortalecer la seguridad y la cultura
ciudadana de la localidad, para lograr el bienestar, la protección, la
convivencia, la igualdad de calidad de vida, la democracia urbana, la
construcción de comunidad, cultura ciudadana y evitar las acciones que generen
segregación o violencia estructural. Artículo 18.
Estrategias. Las estrategias contempladas para el logro de este objetivo señalado
son: a) Fortalecimiento e integración tecnológica mediante la ampliación
de la cobertura de cámaras de vigilancia y otros dispositivos tecnológicos. b) Se promoverán acciones de auto cuidado y prevención del delito en
la localidad, se impulsará la cultura ciudadana como clave para mitigar la
violencia estructural, se definirán estrategias de socialización en el Plan
Integral de Seguridad y Convivencia, nuevo código de Nacional de policía a
través de acciones de cultura ciudadana incluidas las instituciones y la
sociedad civil. Artículo 19.
Programa: Seguridad y convivencia para todos. El programa busca a través de la prevención del delito, el
fortalecimiento de las capacidades operativas de las autoridades involucradas
en la gestión de la seguridad, la promoción de la corresponsabilidad de los
ciudadanos y la convivencia en la localidad de Los Mártires, incluyendo
programas de socialización del nuevo código Nacional de policía. Artículo 20. Metas e
indicadores por Programa.
CAPÍTULO
V EJE
TRANSVERSAL: SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL BASADA EN LA EFICIENCIA ENERGÉTICA Objetivos,
estrategias, programas Artículo 21.
Objetivos. Será objetivo de este Eje Transversal: Fortalecer la oferta de los productos y espacios ecosistémicos de la
localidad asegurando un buen servicio para los ciudadanos, generando
condiciones mínimas al cambio climático mediante la consolidación de
estrategias ecológicas. Implementar el Plan Local de Arborización Urbana –
PLAU, en áreas estratégicas que permitan mejorar el paisaje de la Localidad a
través de un programa de apadrinamiento de zonas verdes de la localidad Artículo 22.
Estrategias. La estrategia contemplada para el logro de los objetivos señalados
es: Sembrar y mantener individuos arbóreos en áreas estratégicas que permitan
mejorar el paisaje de la localidad, a través de un programa de apadrinamiento
de zonas verdes en los territorios. Al igual que la instalación de muros verdes
y/o paisajismo. Artículo 23.
Programa: Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal. Este programa busca mejorar la oferta ecosistémica de la localidad
para asegurar el uso, el disfrute y la calidad de vida de todos los ciudadanos,
generando espacios de consolidación de la Estructura Ecológica Principal (EEP)
y de adaptabilidad al cambio climático. Artículo 24. Metas e
indicadores por Programa.
CAPÍTULO
VI EJE
TRANSVERSAL: GOBIERNO LEGÍTIMO FORTALECIMIENTO LOCAL Y EFICIENCIA Objetivos,
estrategias, programas Artículo 25.
Objetivos. Será objetivo de este Eje Transversal: a. Fortalecer el buen gobierno local, orientado al servicio
ciudadano y evaluando las diferentes alternativas para optimizar el método y
los costos de la prestación de los servicios, adoptando b. aquellas que sean más beneficiosas para la ciudadanía. Uno de los
resultados esperados es la construcción de un gobierno abierto para la
ciudadanía, transparente y dispuesto a ofrecer un mejor servicio al ciudadano. b. (sic) Adelantar un proceso por año de Inspección Vigilancia y
Control que permitir el ejercicio eficaz y eficiente con observancia de los
principios establecidos, cumpliendo con los objetivos planteados en la norma y
apoyar a la Alcaldía Local y a la Secretaria Distrital de Ambiente en IVC para
el control de contaminación auditiva, visual por vertimientos, así como
capacitar a las Empresas y los Ciudadanos en buenas prácticas ambientales y
gestión de riesgo especialmente en aglomeraciones en centros comerciales y por
construcciones en mal en estado. c. Construir el centro administrativo local para la localidad de Los
Mártires. d. Empoderar a las organizaciones y expresiones ciudadanas de la
localidad a través de su reconocimiento, consiguiendo así una agenda social
construida conjuntamente en pro de la transparencia en la gestión pública
local. Artículo 26.
Estrategias. Las estrategias contempladas para el logro de los objetivos señalados
son: a) Hacer frente a las problemáticas de eficiencia administrativa,
transparencia y servicio a la ciudadanía, mediante la implementación de modelo
de gobierno abierto, fortalecimiento operativo, administrativo, de gestión
local y el control político. b) Monitorear y evaluar el conjunto de actividades y acciones
desarrolladas en la localidad, en donde se advierta, oriente, asista y propenda
porque se cumplan con las normas, planteando los correctivos tendientes a la
superación de la situación crítica o irregular. Previniendo aspectos de
contaminación visual, auditiva, por vertimientos, riesgos por aglomeraciones y
construcciones en mal estado, así mismo velar por la defensa de los derechos de
los animales. c) Como estrategia de fortalecimiento institucional la Alcaldía
Local de Los Mártires ha definido como Proyecto Estratégico la adquisición,
estudios, diseños y construcción de la sede Administrativa Local. Se promoverá
una administración más eficiente, eficaz y transparente, que cuente con un
mejor servicio al ciudadano, y por ende, que tenga una conexión más cercana con
las necesidades sentidas de la población, que conlleva al fortalecimiento de
las organizaciones comunitarias, además de las expresiones sociales, la
participación ciudadana y el control social. Se buscará articular la
planeación, ejecución y mejora institucional, a través del direccionamiento
integrado de los principios de desarrollo y eficiencia administrativa del
Sistema Integrado de Gestión, para mejorar la prestación de los servicios a la
ciudadanía, garantizar el acceso y uso de la información pública y cumplir con
los objetivos misionales en el marco de un gobierno abierto y transparente. d) Mediante la realización de escuelas y procesos de formación en
torno a temas de cultura ciudadana, reconocimiento y ordenamiento territorial,
planeación participativa, derechos y deberes ciudadanos, control social y
construcción de comunidad, con aceptación de la diversidad como riqueza de la
ciudad. Artículo 27. Programa: Gobernanza e influencia local, regional e
internacional. Este programa cobija iniciativas que buscan una gestión local
orientada a fortalecer la gobernanza3, desde acciones de monitoreo,
evaluación, orientación, advertencias y se planteen los correctivos. Se propone
modernizar la participación ciudadana, la gestión de la Alcaldía Local y el
agenciamiento político, para mejorar la gobernabilidad y gobernanza de la
localidad, mediante la construcción de la sede administrativa, la estabilidad y
fortalecimiento operativo de gestión local y el control político. Artículo 28. Metas e indicadores por Programa.
PARTE
II PLAN
DE INVERSIONES CAPÍTULO
VII PLAN
PLURIANUAL DE INVERSIONES Artículo 29.
Financiación. El Plan Plurianual de Inversiones del Plan de Desarrollo Local “LOS MARTIRES MEJOR
PARA TODOS” se estima en un monto de $55.291.000.000
Cincuenta y cinco mil doscientos noventa y un millones de pesos constantes de
2016. Se financiará con Transferencias de la Administración Central, Recursos
de Capital e Ingresos Corrientes, de los cuales $801.719.500 millones, es decir
el 1.45 % corresponden a ingresos corrientes y $ 54.489.280.500 millones a
transferencias del nivel distrital, con una participación del 98.55 %. El Plan de inversiones se financiará en la Administración Local con
Ingresos Corrientes, Transferencias y Recursos de Capital, entre los que se
destacan las Multas, Venta de Activos Fijos, recaudo de fotocopias y otros
ingresos no tributarios. Artículo 30. Plan
plurianual de inversiones 2017-2020 por Pilar/Eje.
Cifras en millones de pesos de 2016 PROYECCIÓN
DE RECURSOS 2017 – 2020 POR PILAR/ EJE Y PROGRAMA
Cifras en millones de pesos de 2016
Cifras en millones de pesos de 2016
Cifras en millones de pesos de 2016
Cifras en millones de pesos de 2016
Cifras en millones de pesos de 2016 Artículo 31.
Mecanismos de coordinación interinstitucional previstos para la ejecución del
plan. La ejecución del Plan propenderá por mejorar la articulación interinstitucional
e intersectorial en escenarios como el Consejo Local de Gobierno, como primera instancia
de encuentro del Gobierno Local, ya que desde allí provienen actividades de
gran impacto, que desde la institucionalidad se dan a los procesos de
implementación de programas y proyectos de la administración local. Es de resaltar que el engranaje institucional de todas las
entidades, es uno de los mecanismos más efectivos para conseguir el logro de la
culminación del proyecto estratégico definido para este Plan de Desarrollo
Local y los demás proyectos de inversión que contempla el documento, incluyendo
en este esfuerzo las instituciones con asiento en el territorio y las que
extienden sus acciones en pro del Gobierno Local a través de las decisiones
tomadas desde los respectivos niveles centrales de la administración distrital. La Alcaldía Local de Los Mártires, prevé la coordinación de espacios
interinstitucionales para la ejecución del presente plan de desarrollo local,
acudiendo al principio de complementariedad de la administración pública, es
indispensable poder contar con los apoyos de las diferentes instancias del
Gobierno Local para adelantar los procesos en beneficio de la población, la articulación
entre las entidades con presencia en la localidad y las demás entidades del
orden Distrital, serán determinantes para adelantar todas las acciones requeridas
con miras a satisfacer las necesidades que la comunidad martirense requiera. Inciso 1. La Junta Administradora Local de Los Mártires podrá adelantar
gestiones de manera autónoma para apoyar el cumplimiento del Plan de Desarrollo
Local, y lograr conseguir las metas que estipula el mismo. Inciso 2. Las entidades descentralizadas o con sede en la localidad, tendrán
la autonomía para gestionar actividades que co-ayuden a la ejecución del Plan
de Desarrollo Local. Inciso 3. Todas las iniciativas que adelanten tanto la Junta Administradora
Local, como las entidades con sede en la localidad, deberán ser coordinadas y
concertadas junto con la Alcaldía Local, para articular las mismas de acuerdo
al cumplimiento de metas y objetivos consignados en el Plan de Desarrollo Local
“Los Mártires Mejor para Todos” 2017-2020. Inciso 4. Dado que los Lineamientos de Política para las Líneas de Inversión
Local definidos para el próximo cuatrienio, no contemplan algunos sectores de
inversión solicitados por la comunidad en el marco de los Encuentros
Ciudadanos, las entidades del Gobierno Local podrán orientar gestiones con
miras a cubrir necesidades que puedan ser evidenciadas por petición de la
ciudadanía, en el marco de un proceso permanente de coordinación interinstitucional,
la Junta Administradora Local dentro del ejercicio de control político,
acompañará los procesos y apoyará el trabajo inter y transectorial que se pueda
adelantar en las Unidades de Planeamiento Zonal de la localidad. En este mismo orden de ideas se realizará gestión a fin que se direccionen
acciones prioritarias hacia la localidad de los Mártires en el marco de la
competencia Distrital para los ejes transversales distritales enfocados al
Ordenamiento territorial y el Desarrollo económico. Artículo 32.
Ejecución. La ejecución del plan de inversiones se
realizará de acuerdo con lo establecido en el plan plurianual, en el evento que
los ingresos proyectos no alcance los niveles requeridos o se requiera realizar
modificaciones al avance de los programas, las inversiones se ajustarán en los
presupuestos anuales de acuerdo a la importancia estratégica de cada programa. Artículo 33. Anexos. Los siguientes anexos acompañan el Plan de Desarrollo Local “Los Mártires
Mejor para Todos”: a. Anexo 1: Plan plurianual a nivel de meta plan de desarrollo b. Anexo 2: Proyectos de Inversión Local: contempla el listado de
proyectos del Plan y el Proyecto Estratégico aprobado para la localidad. c. Anexo 3: Documento técnico base para la construcción del Plan de
Desarrollo Local y glosario Artículo 34. Vigencia
El presente Acuerdo rige a partir de la
fecha de su publicación. PUBLÍQUESE
Y CÚMPLASE. Dado
en Bogotá D.C., a los 29 días del mes de septiembre del año 2016. Cordialmente MARÍA
BELISA CÁRDENAS CÁRDENAS Presidente
- JAL MARÍA
ISABEL HERNÁNDEZ PADILLA Secretaria –
JAL Sancionado
en Bogotá D.C., a los ( ) días del mes de dos mil dieciséis (2016). WILSON
ALBERTO DÍAZ ORTIZ Alcalde
Local de Los Mártires NOTAS DE PIE DE PÁGINA 1. Decreto Distrital 560 de 2015 - La Política Pública Distrital para el Fenómeno de Habitabilidad en Calle, Art. 7 2. www.culturarecreacionydeporte.gov.co/parques/documentos/RED_LOCAL_DE_PARQUES_MARTIRES.PDF 3. El concepto de gobernanza se ha tomado como la acción de dirigir con autoridad para el logro de un desarrollo económico, social e institucional sostenible, y basado en el equilibrio de Estado, mercado y sociedad civil (United Nations Economic and Social Commision for Asia and the Pacific, Human Settlement, "What is good governence?", www.unescap.org, consultado el 23 de enero de 2016.) |