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Acuerdo Local 002 de 2016 Junta Administradora Local de Los Mártires

Fecha de Expedición:
29/10/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/10/2016
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5934 de octubre 13 de 2016
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 2 DE 2016

 

(Septiembre 29)

 

Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para la Localidad de Los Mártires 2017 - 2020 LOS MÁRTIRES MEJOR PARA TODOS

 

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE LOS MÁRTIRES,

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en sus artículos 324, el decreto 1421 de 1993 en su artículo 69 Numeral 1 y artículo 22 del acuerdo distrital 13 de 2000.

 

CONSIDERANDO:

 

1. Que la Constitución Política de Colombia establece en el artículo 324 que: “Las Juntas Administradoras Locales distribuirán y apropiarán las partidas globales que en el presupuesto anual del Distrito se asignen a las localidades, teniendo en cuenta las necesidades básicas insatisfechas de su población. Sobre las rentas departamentales que se causen en Santa fe de Bogotá, la ley determinará la participación que le corresponda a la capital de la República.

 

2. Que la Ley 152 de 1994, tiene como propósito establecer los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los Planes de Desarrollo, así como la regulación de los demás aspectos contemplados por el artículo 342 y en general por el artículo 2 del título XII de la Constitución Política de Colombia y demás normas constitucionales que se refieren al Plan de Desarrollo y la planificación.

 

3. Que el Decreto Ley 1421 de 1993 en su artículo 69 establece en el numeral “Atribuciones de las Juntas Administradoras Locales: De conformidad con la Constitución la ley, los acuerdos del concejo y los decretos del Alcalde Mayor, corresponde a las Juntas Administradoras, adoptar el Plan de Desarrollo Local en concordancia con el Plan General de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas y el Plan General de Ordemaniento (sic) Físico del Distrito previa audiencia de las organizaciones sociales, cívicas y populares de la localidad.

 

4. Que el acuerdo 13 de 2000 reglamenta la participación ciudadana en la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Desarrollo Económico y Social para las diferentes localidades que conforman el Distrito Capital.

 

5. Que la Administración Distrital en cabeza del Secretario Distrital de Gobierno, el Secretario Distrital de Planeación y el director general del IDPAC, expidieron las circulares conjuntas 005 del 10 de febrero de 2016 y 017 del 25 de agosto de 2016, mediante las cuales se establecieron los lineamientos para la realización de encuentros ciudadanos y formulación de los Planes de Desarrollo Local.

 

6. Que la Secretaría Distrital de Planeación- Subsecretaría de Planeación de la Inversión- Dirección CONFIS, expidió el documento “Lineamientos de política para las líneas de Inversión Local 2016- 2020” como herramienta de carácter vinculante y específica que señala las inversiones que podrán adelantar las Alcaldías Locales con recursos de los Fondos de Desarrollo Local para los Planes de Desarrollo Local 2017-2020 que se formulen en el marco del Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá Mejor para todos”.

 

7. Que mediante radicado 20161420059952, la Secretaría Distrital de Hacienda notificó al Alcalde Local de los Mártires, el cupo indicativo de financiación para la elaboración del Plan de Desarrollo Local 2017-2020.

 

ACUERDA:

 

PARTE I

 

PARTE GENERAL

 

CAPÍTULO I

 

VISIÓN

 

Artículo 1. Adopción del plan.

 

Se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de obras públicas para la localidad de Los Mártires para el periodo 2017-2020 “LOS MÁRTIRES MEJOR PARA TODOS”, el cual constituye el referente de las acciones y políticas de la administración local.

 

Artículo 2. Visión.

 

Para el año 2020 la Localidad de Los Mártires será reconocida como un territorio transformado, donde la resignificación de espacios conseguida gracias a la recuperación del territorio, potencializará nuestro patrimonio material e inmaterial como expresión de la democracia urbana, donde las comunidades como centro de acción de todas las actividades del estado, se reapropiarán de los entornos creados por ellas y para ellas, aportando así al compromiso de la consolidación de una ciudad creativa, incluyente y ambientalmente sostenible que propenderá por la felicidad de todos los ciudadanos.

 

Artículo 3. Objetivo General

 

Reconocer a la localidad de Los Mártires como uno de los nodos comerciales, empresariales, residenciales, turísticos, culturales, patrimoniales e históricos más representativo de Bogotá, transformándose en ejemplo de coordinación y articulación de actores estratégicos del sector público, privado y la sociedad civil, a fin de conseguir el desarrollo social, económico, ambiental y cultural del territorio, con el aprovechamiento ordenado y sostenible de los recursos, potenciando elementos productivos y competitivos locales dentro del marco del respeto por la diferencia.

 

Artículo 4. Estructura del plan.

 

El presente Plan de Desarrollo Local en coherencia con el Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá mejor para todos” adopta sus fundamentos y estructura general.

 

Las directrices y políticas que orientan la acción articulada de la administración local en procura de profundizar la visión del plan y que servirán de guía para la definición de objetivos se organizan en torno a Pilares y Ejes.

 

Los Pilares se constituyen en los elementos estructurales, de carácter prioritario, para alcanzar el objetivo central del Plan y se soportan en los Ejes Transversales. Los Ejes Transversales son los requisitos institucionales para la implementación de los Pilares, de manera que tengan vocación de permanencia.

 

Pilares:

 

1. Igualdad de Calidad de Vida.

 

2. Democracia Urbana.

 

3. Construcción de Comunidad y Cultura Ciudadana

 

Ejes Transversales:

 

* Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética

 

* Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia.

 

CAPÍTULO II

 

PILAR 1. IGUALDAD DE CALIDAD DE VIDA

 

Objetivos, estrategias, programas

 

Artículo 5. Objetivos.

 

Serán objetivos de este Pilar:

 

a) Promover y potenciar el desarrollo integral de nuestros niños con énfasis en quienes tienen condiciones de vulnerabilidad, aportando a la realización de sus capacidades, potencialidades y oportunidades, desde los enfoques de la protección integral, de derechos, responsabilidades y diferencial y así contribuir a su felicidad, calidad de vida, integralidad del ser y ejercicio pleno de su ciudadanía. Lo anterior en concordancia con la Ley 1098 de 2006 “Código de Infancia y Adolescencia”.

 

b) Implementar acciones de tipo integral, orientadas principalmente a las personas que se encuentran en mayor grado de vulnerabilidad socioeconómica y aquellas que han sido sujeto de discriminación afectando el ejercicio de sus derechos. Se busca trascender la visión asistencialista a partir del fortalecimiento de capacidades y el aumento de oportunidades en función de la protección y goce efectivo de derechos, el desarrollo integral, la inclusión social y el respeto de la dignidad de las personas.

 

c) Reducir las brechas sociales y la imposibilidad de conseguir el acceso a las diferentes ofertas que la ciudad tiene para todos los ciudadanos, especialmente para la población social y económicamente más vulnerable con discapacidad, basados desde luego en el marco normativo vigente, que nos da la forma y herramientas que articularán las respuestas que desde el Gobierno Local surjan ante los pedidos de esta comunidad.

 

d) Mejorar la calidad de la educación en la localidad de Los Mártires en el marco de la garantía, protección y promoción de los derechos de las niñas, niños y adolescentes hacia una educación más digna, propiciando ambientes escolares de inclusión, equidad, permanencia y aceptabilidad, a fin de garantizar un aprendizaje mediante la dotación de herramientas pedagógicas que potencialicen la calidad educativa en la localidad.

 

e) Ampliar las oportunidades y desarrollar capacidades de los ciudadanos y agentes de la localidad de Los Mártires con perspectiva diferencial y territorial, mediante programas de formación, la generación de espacios de conocimiento, de creación, de innovación, de ciencia y tecnología y de memoria, apropiación del conocimiento, el fortalecimiento del emprendimiento y la circulación de bienes y servicios y el fomento del buen uso del tiempo libre y la actividad física, con el propósito de promover todas las formas en que los ciudadanos construyen y hacen efectivas sus libertades culturales, recreativas y deportivas, en estrecho vínculo con la transformación cultural.

 

Artículo 6. Estrategias.

 

Las estrategias contempladas para el logro de los objetivos señalados son:

 

a) Se intervendrá mediante la activación de rutas para la atención de las comunidades o personas que requieran con mayor prioridad, el servicio por parte de un determinado programa o proyecto, con miras a superar la vulneración de la cual está siendo centro. Desde la valoración, seguimiento, acompañamiento y diagnóstico de las diferentes poblaciones que son beneficiadas por los diversos programas y proyectos, para que de esta forma la administración local pueda conocer rápidamente

 

b) la realidad de los participantes y la razón por la cual se acercan a solicitar de los diferentes procesos y ayudas para superar su condición socio económica actual y mejorar así su calidad de vida.

 

c) Contribución a la seguridad económica de la persona mayor, esto enmarcado en una apuesta de acciones intergeneracionales que sensibilicen a la ciudad en la necesidad de envejecer activamente y saludable, mediante un apoyo económico a las personas mayores en situación de vulnerabilidad, realizando encuentros interculturales, cualificando las redes de líderes dinamizadores, identificando las capacidades y potencialidades de las personas mayores que permitan el desarrollo de un plan de atención integral.

 

d) La inclusión efectiva de las personas con discapacidad comprenderá la gestión y el uso de los recursos para contribuir a la construcción y el fortalecimiento de los lazos familiares, sociales, económicos y culturales que permitan el disfrute de la vida y de la ciudad, mediante la consolidación de esquemas de apoyo, que sirven para disminuir la brecha entre las competencias de la persona y las demandas del entorno, desde un servicio de salud que dé cuenta de la realidad actual de la localidad y de las condiciones en las que los habitantes de la misma tienen que vivir diariamente, dentro de los que se cuentan elementos tales como las Ayudas Técnicas que no están contempladas en el Plan Obligatorio de Salud – POS.

 

e) A través de la dotación de material pedagógico los estudiantes pueden acceder a una educación más innovadora y seductora que garantice el acceso y permanencia en el entorno educativo. Las herramientas pedagógicas proporcionan al docente una apertura pedagógica y flexibilización en la enseñanza, permitiendo construir condiciones motivantes para atraer la atención de los estudiantes.

 

f) La Alcaldía Local pondrá en marcha diferentes estrategias que faciliten a las personas que habitan en la localidad alcanzar condiciones de igualdad, para ello se adoptará y desarrollará el fortalecimiento de la corriente cultural de la localidad de Los Mártires por medio de la ejecución de festivales, fiestas culturales, fiestas artística populares y muestras culturales. De igual forma se pondrá en marcha la formación y fortalecimiento de la base cultural de la localidad de Los Mártires a través de la realización de Escuelas de Artes y Oficios, fundamentadas en un modelo pedagógico y andragógico, donde se impulse las vocaciones, se estimulen talentos, se desarrolle la creatividad, la invención y se reconozca nuestro patrimonio y nuestras culturas vivas comunitarias, vinculando a toda la comunidad con un enfoque diferencial donde no importe la edad, sexo, identificación social o condición del grupo poblacional que las integre.

 

g) Se fomentarán a las prácticas de los deportes tradicionales, los deportes urbanos, las nuevas tendencias deportivas, el uso de la bicicleta como medio alternativo de transporte y la actividad física cotidiana para un mejoramiento de la salud física y mental, de los residentes de la localidad de los Mártires.

 

h) Se intervendrán las familias como núcleo fundamental de la sociedad en temas relacionados con la restitución de derechos de los niños y niñas, buen trato, manejo de la ansiedad, auto estima, prevención del matoneo, discriminación, prevención del trabajo y la prostitución infantil entre otros.

 

Artículo 7. Programa: Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia.

 

Este programa busca adelantar procesos desde la articulación inter y transectorial, para la inclusión de la población sujeto de atención del mismo, desde el primer ciclo vital hasta la adolescencia, con miras a fortalecer los apoyos que las redes familiares puedan necesitar desde la discrecionalidad del estado, en el marco de los diferentes programas SDIS e ICBF.

 

Los elementos que forman parte del programa, estarán enmarcados en la dotación de material pedagógico para jardines infantiles, según criterio técnico de la entidad competente. Por otro lado se realizarán procesos de sensibilización contra la violencia infantil y sus factores multicausales, los cuales pueden desencadenar problemas de consumo de sustancias psicoactivas (SPA) legales e ilegales, lo que a su vez se convierten en factores expulsores de la población para la habitabilidad en calle a temprana edad1. Dadas las particularidades de la localidad y que históricamente ha tenido el mayor número de habitantes de calle en la ciudad, es determinante enfocar esfuerzos en la prevención hacia la población infante y adolescente.

 

Artículo 8. Programa: Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente.

 

El posicionamiento de la Política Pública Social de Envejecimiento y Vejez, además del Modelo de Atención Integral para las Personas Mayores (Adulto Mayor), plantean la importancia de que los servicios dirigidos a personas de la tercera edad en Bogotá, supere la visión asistencialista y esa mirada sea transformada a través de la institucionalidad que apoya la libertad, la autonomía, el desarrollo de capacidades y la dignidad de esta población, consiguiendo así apoyar, siempre el mejoramiento de la calidad de vida de las y los beneficiarios. La herramienta del subsidio tipo C con los cupos, será el instrumento con el que desde la Alcaldía Local se continúe apoyando a esta población

 

Artículo 9. Programa: Inclusión educativa para la equidad.

 

Este programa busca promover la calidad, inclusión, equidad y permanencia de los estudiantes en el sistema educativo local, generando ambientes de aprendizaje adecuados para una formación integral de la población escolar en el marco de la innovación y creatividad generando con ello estudiantes que con sus capacidades transformen sus entornos, mejoren sus condiciones de vida y fortalezcan sus competencias.

 

En este sentido se prevé la dotación de material pedagógico para las 8 Instituciones educativas que permitan fortalecer las prácticas de enseñanza y generar atmósferas educativas atrayentes y estimulantes para los estudiantes, reduciendo las brechas de desigualdad que afectan las condiciones de acceso y permanencia en la educación preescolar, primaria y secundaria.

 

Artículo 10. Programa: Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte.

 

El programa busca ampliar las oportunidades y desarrollar las capacidades de los ciudadanos y agentes del sector con perspectiva diferencial y territorial, la generación de espacios de conocimiento, creación, innovación y memoria y el fomento de un buen uso del tiempo libre y la actividad física, con el propósito de promover todas las formas en que la comunidad construya y haga efectivas sus libertades culturales, recreativas y deportivas.

 

Artículo 11. Metas e indicadores por Programa.

 

 

CAPÍTULO III

 

PILAR 2. DEMOCRACIA URBANA

 

Objetivos, estratégias, programas

 

Artículo 12. Objetivos.

 

Serán objetivos de este Pilar:

 

a) Transformar e incrementar el espacio público respetuoso con el ambiente, como un escenario democrático, seguro y de calidad para la socialización, apropiación, uso adecuado y disfrute de todas las personas, generando espacios de encuentro para la comunidad, propendiendo el reconocimiento del patrimonio arquitectónico, monumentos y espacios tradicionales de la ciudad ubicados en la Localidad.

 

b) Mejorar la calidad de la movilidad y la accesibilidad para peatones, ciclistas, usuarios del transporte público individual, así como del transporte privado, mediante acciones de mantenimiento y/o mejoramiento de la malla vial intermedia y local, dando prioridad a aquellos segmentos viales que por su ubicación, generen un mayor beneficio general a los residentes y visitantes ocasionales de la localidad. Al igual que acciones de mantenimiento, adecuación y/o mejoramiento de los andenes y espacio público local, generando espacios seguros para el tránsito de todas las personas y prelación de movilidad de las mismas.

 

Artículo 13. Estrategias.

 

Las estrategias contempladas para el logro de los objetivos señalados son:

 

a) Se recuperarán los parques vecinales y de bolsillo, los cuales equivalen al 91.3%2 de estos espacios en la localidad, transformándolos en escenarios democráticos y sostenibles para el desarrollo de las potencialidades de los residentes de los diferentes barrios. Se promoverán acciones de apropiación de los mismos por parte de la ciudadanía para su uso, goce y disfrute con el fin de generar espacios y ambientes más seguros para disfrutar de la recreación, cultura e integración familiar.

 

b) Se adelantarán gestiones ante las entidades correspondientes, con el fin de mejorar la red de parques de la localidad.

 

c) Se realizarán acciones de mejoramiento en vías y andenes, donde se contempla el espacio público para todos visibilizando la localidad como parte de la centralidad de Bogotá pensada hacia el futuro.

 

Artículo 14. Programa: Espacio público, derecho de todos.

 

En este programa se pretende la transformación del espacio público entendido como un escenario democrático, seguro y de calidad para la socialización, apropiación, conectividad, uso adecuado y disfrute de todas las personas, reconociendo las diferentes necesidades y capacidades de cada ciudadano en las plazoletas, andenes, parques y espacios comunes, haciendo visible la integración comunitaria para la apropiación del espacio público.

 

Artículo 15. Programa: Mejor movilidad para todos.

 

Mantener y/o mejorar la infraestructura vial de la localidad, generando un mayor bienestar general para residentes y visitantes, con una infraestructura vial segura para todos.

 

Artículo 16. Metas e indicadores por Programa.

 

 

CAPÍTULO IV

 

1. PILAR 3. CONSTRUCCIÓN DE COMUNIDAD Y CULTURA CIUDADANA

 

Objetivos, estrategias, programas

 

Artículo 17. Objetivo.

 

Será objetivo de este Pilar:

 

Aumentar la eficacia y la eficiencia de la acción del gobierno local y de las actividades colectivas e individuales de los ciudadanos, mediante proyectos y estrategias orientadas a fortalecer la seguridad y la cultura ciudadana de la localidad, para lograr el bienestar, la protección, la convivencia, la igualdad de calidad de vida, la democracia urbana, la construcción de comunidad, cultura ciudadana y evitar las acciones que generen segregación o violencia estructural.

 

Artículo 18. Estrategias.

 

Las estrategias contempladas para el logro de este objetivo señalado son:

 

a) Fortalecimiento e integración tecnológica mediante la ampliación de la cobertura de cámaras de vigilancia y otros dispositivos tecnológicos.

 

b) Se promoverán acciones de auto cuidado y prevención del delito en la localidad, se impulsará la cultura ciudadana como clave para mitigar la violencia estructural, se definirán estrategias de socialización en el Plan Integral de Seguridad y Convivencia, nuevo código de Nacional de policía a través de acciones de cultura ciudadana incluidas las instituciones y la sociedad civil.

 

Artículo 19. Programa: Seguridad y convivencia para todos.

 

El programa busca a través de la prevención del delito, el fortalecimiento de las capacidades operativas de las autoridades involucradas en la gestión de la seguridad, la promoción de la corresponsabilidad de los ciudadanos y la convivencia en la localidad de Los Mártires, incluyendo programas de socialización del nuevo código Nacional de policía.

 

Artículo 20. Metas e indicadores por Programa.

 

 

CAPÍTULO V

 

EJE TRANSVERSAL: SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL BASADA EN LA EFICIENCIA ENERGÉTICA

 

Objetivos, estrategias, programas

 

Artículo 21. Objetivos.

 

Será objetivo de este Eje Transversal:

 

Fortalecer la oferta de los productos y espacios ecosistémicos de la localidad asegurando un buen servicio para los ciudadanos, generando condiciones mínimas al cambio climático mediante la consolidación de estrategias ecológicas. Implementar el Plan Local de Arborización Urbana – PLAU, en áreas estratégicas que permitan mejorar el paisaje de la Localidad a través de un programa de apadrinamiento de zonas verdes de la localidad

 

Artículo 22. Estrategias.

 

La estrategia contemplada para el logro de los objetivos señalados es: Sembrar y mantener individuos arbóreos en áreas estratégicas que permitan mejorar el paisaje de la localidad, a través de un programa de apadrinamiento de zonas verdes en los territorios. Al igual que la instalación de muros verdes y/o paisajismo.

 

Artículo 23. Programa: Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal.

 

Este programa busca mejorar la oferta ecosistémica de la localidad para asegurar el uso, el disfrute y la calidad de vida de todos los ciudadanos, generando espacios de consolidación de la Estructura Ecológica Principal (EEP) y de adaptabilidad al cambio climático.

 

Artículo 24. Metas e indicadores por Programa.

 

 

CAPÍTULO VI

 

EJE TRANSVERSAL: GOBIERNO LEGÍTIMO FORTALECIMIENTO LOCAL Y EFICIENCIA

 

Objetivos, estrategias, programas

 

Artículo 25. Objetivos.

 

Será objetivo de este Eje Transversal:

 

a. Fortalecer el buen gobierno local, orientado al servicio ciudadano y evaluando las diferentes alternativas para optimizar el método y los costos de la prestación de los servicios, adoptando

 

b. aquellas que sean más beneficiosas para la ciudadanía. Uno de los resultados esperados es la construcción de un gobierno abierto para la ciudadanía, transparente y dispuesto a ofrecer un mejor servicio al ciudadano.

 

b. (sic) Adelantar un proceso por año de Inspección Vigilancia y Control que permitir el ejercicio eficaz y eficiente con observancia de los principios establecidos, cumpliendo con los objetivos planteados en la norma y apoyar a la Alcaldía Local y a la Secretaria Distrital de Ambiente en IVC para el control de contaminación auditiva, visual por vertimientos, así como capacitar a las Empresas y los Ciudadanos en buenas prácticas ambientales y gestión de riesgo especialmente en aglomeraciones en centros comerciales y por construcciones en mal en estado.

 

c. Construir el centro administrativo local para la localidad de Los Mártires.

 

d. Empoderar a las organizaciones y expresiones ciudadanas de la localidad a través de su reconocimiento, consiguiendo así una agenda social construida conjuntamente en pro de la transparencia en la gestión pública local.

 

Artículo 26. Estrategias.

 

Las estrategias contempladas para el logro de los objetivos señalados son:

 

a) Hacer frente a las problemáticas de eficiencia administrativa, transparencia y servicio a la ciudadanía, mediante la implementación de modelo de gobierno abierto, fortalecimiento operativo, administrativo, de gestión local y el control político.

 

b) Monitorear y evaluar el conjunto de actividades y acciones desarrolladas en la localidad, en donde se advierta, oriente, asista y propenda porque se cumplan con las normas, planteando los correctivos tendientes a la superación de la situación crítica o irregular. Previniendo aspectos de contaminación visual, auditiva, por vertimientos, riesgos por aglomeraciones y construcciones en mal estado, así mismo velar por la defensa de los derechos de los animales.

 

c) Como estrategia de fortalecimiento institucional la Alcaldía Local de Los Mártires ha definido como Proyecto Estratégico la adquisición, estudios, diseños y construcción de la sede Administrativa Local. Se promoverá una administración más eficiente, eficaz y transparente, que cuente con un mejor servicio al ciudadano, y por ende, que tenga una conexión más cercana con las necesidades sentidas de la población, que conlleva al fortalecimiento de las organizaciones comunitarias, además de las expresiones sociales, la participación ciudadana y el control social. Se buscará articular la planeación, ejecución y mejora institucional, a través del direccionamiento integrado de los principios de desarrollo y eficiencia administrativa del Sistema Integrado de Gestión, para mejorar la prestación de los servicios a la ciudadanía, garantizar el acceso y uso de la información pública y cumplir con los objetivos misionales en el marco de un gobierno abierto y transparente.

 

d) Mediante la realización de escuelas y procesos de formación en torno a temas de cultura ciudadana, reconocimiento y ordenamiento territorial, planeación participativa, derechos y deberes ciudadanos, control social y construcción de comunidad, con aceptación de la diversidad como riqueza de la ciudad.

 

Artículo 27. Programa: Gobernanza e influencia local, regional e internacional.

 

Este programa cobija iniciativas que buscan una gestión local orientada a fortalecer la gobernanza3, desde acciones de monitoreo, evaluación, orientación, advertencias y se planteen los correctivos. Se propone modernizar la participación ciudadana, la gestión de la Alcaldía Local y el agenciamiento político, para mejorar la gobernabilidad y gobernanza de la localidad, mediante la construcción de la sede administrativa, la estabilidad y fortalecimiento operativo de gestión local y el control político.

 

Artículo 28. Metas e indicadores por Programa.

 

 

 

PARTE II

 

PLAN DE INVERSIONES

 

CAPÍTULO VII

 

PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES

 

Artículo 29. Financiación.

 

El Plan Plurianual de Inversiones del Plan de Desarrollo Local “LOS MARTIRES MEJOR PARA TODOS” se estima en un monto de $55.291.000.000 Cincuenta y cinco mil doscientos noventa y un millones de pesos constantes de 2016. Se financiará con Transferencias de la Administración Central, Recursos de Capital e Ingresos Corrientes, de los cuales $801.719.500 millones, es decir el 1.45 % corresponden a ingresos corrientes y $ 54.489.280.500 millones a transferencias del nivel distrital, con una participación del 98.55 %.

 

El Plan de inversiones se financiará en la Administración Local con Ingresos Corrientes, Transferencias y Recursos de Capital, entre los que se destacan las Multas, Venta de Activos Fijos, recaudo de fotocopias y otros ingresos no tributarios.

 

Artículo 30. Plan plurianual de inversiones 2017-2020 por Pilar/Eje.

 

 

Cifras en millones de pesos de 2016

 

PROYECCIÓN DE RECURSOS 2017 – 2020 POR PILAR/ EJE Y PROGRAMA

 

 

Cifras en millones de pesos de 2016

 

 

Cifras en millones de pesos de 2016

 

 

Cifras en millones de pesos de 2016

 

Cifras en millones de pesos de 2016

 

Eje Transversal: Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

Programa

2017

2018

2019

2020

Total

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

4.314.688.000

4.450.896.000

4.599.573.500

4.770.596.500

18.135.754.000

TOTAL

4.314.688.000

4.450.896.000

4.599.573.500

4.770.596.500

18.135.754.000

 

Cifras en millones de pesos de 2016

 

Artículo 31. Mecanismos de coordinación interinstitucional previstos para la ejecución del plan.

 

La ejecución del Plan propenderá por mejorar la articulación interinstitucional e intersectorial en escenarios como el Consejo Local de Gobierno, como primera instancia de encuentro del Gobierno Local, ya que desde allí provienen actividades de gran impacto, que desde la institucionalidad se dan a los procesos de implementación de programas y proyectos de la administración local.

 

Es de resaltar que el engranaje institucional de todas las entidades, es uno de los mecanismos más efectivos para conseguir el logro de la culminación del proyecto estratégico definido para este Plan de Desarrollo Local y los demás proyectos de inversión que contempla el documento, incluyendo en este esfuerzo las instituciones con asiento en el territorio y las que extienden sus acciones en pro del Gobierno Local a través de las decisiones tomadas desde los respectivos niveles centrales de la administración distrital.

 

La Alcaldía Local de Los Mártires, prevé la coordinación de espacios interinstitucionales para la ejecución del presente plan de desarrollo local, acudiendo al principio de complementariedad de la administración pública, es indispensable poder contar con los apoyos de las diferentes instancias del Gobierno Local para adelantar los procesos en beneficio de la población, la articulación entre las entidades con presencia en la localidad y las demás entidades del orden Distrital, serán determinantes para adelantar todas las acciones requeridas con miras a satisfacer las necesidades que la comunidad martirense requiera.

 

Inciso 1. La Junta Administradora Local de Los Mártires podrá adelantar gestiones de manera autónoma para apoyar el cumplimiento del Plan de Desarrollo Local, y lograr conseguir las metas que estipula el mismo.

 

Inciso 2. Las entidades descentralizadas o con sede en la localidad, tendrán la autonomía para gestionar actividades que co-ayuden a la ejecución del Plan de Desarrollo Local.

 

Inciso 3. Todas las iniciativas que adelanten tanto la Junta Administradora Local, como las entidades con sede en la localidad, deberán ser coordinadas y concertadas junto con la Alcaldía Local, para articular las mismas de acuerdo al cumplimiento de metas y objetivos consignados en el Plan de Desarrollo Local “Los Mártires Mejor para Todos” 2017-2020.

 

Inciso 4. Dado que los Lineamientos de Política para las Líneas de Inversión Local definidos para el próximo cuatrienio, no contemplan algunos sectores de inversión solicitados por la comunidad en el marco de los Encuentros Ciudadanos, las entidades del Gobierno Local podrán orientar gestiones con miras a cubrir necesidades que puedan ser evidenciadas por petición de la ciudadanía, en el marco de un proceso permanente de coordinación interinstitucional, la Junta Administradora Local dentro del ejercicio de control político, acompañará los procesos y apoyará el trabajo inter y transectorial que se pueda adelantar en las Unidades de Planeamiento Zonal de la localidad.

 

En este mismo orden de ideas se realizará gestión a fin que se direccionen acciones prioritarias hacia la localidad de los Mártires en el marco de la competencia Distrital para los ejes transversales distritales enfocados al Ordenamiento territorial y el Desarrollo económico.

 

Artículo 32. Ejecución. La ejecución del plan de inversiones se realizará de acuerdo con lo establecido en el plan plurianual, en el evento que los ingresos proyectos no alcance los niveles requeridos o se requiera realizar modificaciones al avance de los programas, las inversiones se ajustarán en los presupuestos anuales de acuerdo a la importancia estratégica de cada programa.

 

Artículo 33. Anexos. Los siguientes anexos acompañan el Plan de Desarrollo Local “Los Mártires Mejor para Todos”:

 

a. Anexo 1: Plan plurianual a nivel de meta plan de desarrollo

 

b. Anexo 2: Proyectos de Inversión Local: contempla el listado de proyectos del Plan y el Proyecto Estratégico aprobado para la localidad.

 

c. Anexo 3: Documento técnico base para la construcción del Plan de Desarrollo Local y glosario

 

Artículo 34. Vigencia El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 29 días del mes de septiembre del año 2016.

 

Cordialmente

 

MARÍA BELISA CÁRDENAS CÁRDENAS

 

Presidente - JAL

 

MARÍA ISABEL HERNÁNDEZ PADILLA

 

Secretaria – JAL

 

Sancionado en Bogotá D.C., a los ( ) días del mes de  dos mil dieciséis (2016).

 

WILSON ALBERTO DÍAZ ORTIZ

 

Alcalde Local de Los Mártires


NOTAS DE PIE DE PÁGINA 


1. Decreto Distrital 560 de 2015 - La Política Pública Distrital para el Fenómeno de Habitabilidad en Calle, Art. 7 


2. www.culturarecreacionydeporte.gov.co/parques/documentos/RED_LOCAL_DE_PARQUES_MARTIRES.PDF 


3. El concepto de gobernanza se ha tomado como la acción de dirigir con autoridad para el logro de un desarrollo económico, social e institucional sostenible, y basado en el equilibrio de Estado, mercado y sociedad civil (United Nations Economic and Social Commision for Asia and the Pacific, Human Settlement, "What is good governence?", www.unescap.org, consultado el 23 de enero de 2016.)


 NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5934 de octubre 13 de 2016.