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RESOLUCIÓN 40 DE 2016 (noviembre 9) Derogado por el art. 6, Resolución Reglamentaria 001 de 2018. Por la cual se actualiza y
adopta la nueva versión del Procedimiento para la preservación del Producto del
Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales,
en especial las que le confiere el artículo 6 del Acuerdo 519 de 2012 y, CONSIDERANDO Que de
conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de Que el Modelo Estándar de Control Interno - MECI, establecido por el Decreto 943 de 2014, fue adoptado en la Contraloría de Bogotá, D.C., mediante la Resolución Reglamentaria 034 del 5 de Noviembre de 2014, implementando un modelo de operación por procesos que asegure la generación de productos o servicios con las características previamente especificadas y evidenciando la forma de realizar los procesos a través de procedimientos, entendidos estos como el conjunto de especificaciones, relaciones y ordenamiento de las tareas requeridas para cumplir con las actividades, controlando las acciones que requiere la operación de la Entidad. Que el artículo 6 del Acuerdo 519 del 26 de diciembre
de 2012 establece la autonomía administrativa, en virtud de la cual la
Contraloría de Bogotá, D. C. define los aspectos relacionados con el
cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la
Constitución, las Leyes y en este Acuerdo. Que mediante Resolución Reglamentaria No.
037 de julio 15 de 2015 se adoptó la versión 10.0 del Procedimiento para la
preservación del producto, el cual requiere ser ajustado en atención a un hallazgo
formulado por la Auditoria Fiscal ante la Contraloría de Bogotá, D.C. En
mérito de lo expuesto, este Despacho; RESUELVE: ARTÍCULO
PRIMERO. Adoptar la nueva
versión del siguiente procedimiento:
ARTÍCULO
SEGUNDO. Es responsabilidad de los Directores,
Subdirectores, Jefes de Oficinas y Gerentes, velar por la divulgación y
cumplimiento del procedimiento adoptado.
ARTÍCULO
TERCERO. La
presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el
numeral 5 del artículo primero de la Resolución Reglamentaria No. 037 de 15 de Julio
de 2015. PUBLÍQUESE,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 2 días del mes de noviembre de
2016 JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA Contralor de Bogotá D.C. NOTA: Publicado en el Registro
Distrital No. 5952 de noviembre 10 de 2016 |