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RESOLUCIÓN 023 DE 2017 (ENERO 19) 'Por la cual se
efectúa un Traslado Presupuestal Interno en el Presupuesto de Gastos de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia
fiscal de 2017" EL SECRETARIO GENERAL
DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de las
atribuciones conferidas en el Acuerdo Distrital 638 de 2016 y el Decreto
Distrital 714 de 1996, y CONSIDERANDO: Que
mediante el Acuerdo Distrital No. 657 de 2016 del 20 de diciembre de 2016, se
expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de
Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de
enero y el 31 de diciembre de 2017 y se dictaron otras disposiciones. Que
mediante el Decreto Distrital No. 627 del 26 de diciembre de 2016, se liquidó
el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá,
Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y et
31 de diciembre de 2017 y se dictan otras disposiciones. Que
de acuerdo al principio de especialización consagrado en el literal g) del
artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, "Por el cual se compilan el
Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del
Presupuesto Distrital", las apropiaciones deben referirse en cada entidad
de la administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente
conforme al fin para el cual fueron programadas. Que
el artículo 63 del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que
"Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las
apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse
las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos
adicionales y la cancelación de apropiaciones". Que
el artículo 1° del Decreto Distrital No. 396 de 1996 "Por el cual se reglamenta
el Acuerdo 24 de 1995, Estatuto Orgánico de Presupuesto de Santa Fe de Bogotá,
Distrito Capital", establece que: "Las modificaciones al anexo del
Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del
presupuesto anual, incluidos los organismos de control, que no modifiquen en
cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de
funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo
Distrital, se harán mediante Resolución expedida por el Jefe del órgano o
entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito,
estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por
Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos
actos administrativos requieren para su validez previo concepto favorable de la
Secretarla de Hacienda - Director Distrital de Presupuesto. Si se trata de
gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento
Administrativo de Planeación Distrital". Que
mediante comunicaciones con radicado No. 3-2017-1019 y 3-2017-1130 del 12 de
enero de 2017 y 3-2017-1717 del 18 de enero de 2017, la Directora de Talento
Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., remitió
requerimiento sustentado de adición de recursos para los rubros presupuestales
3-1-1-01-05 "Horas Extras, Dominicales, Festivos, Recargo Nocturno y
Trabajo Suplementario", 3-1-1-01-20 "Otras Primas y
Bonificaciones" y 3-1-1-02-03-01 "Honorarios Entidad", con la finalidad
de respaldar presupuestalmente los desembolsos de nómina mencionados, así como
la contratación de servicios profesionales requeridos. Que
mediante comunicación No. 2017EE5698 del 19 de enero de 2017, la Directora
Distrital de Presupuesto, remitió concepto favorable para el trámite de la
modificación presupuestal en mención. Que
en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Efectuar el
siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Funcionamiento de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2017,
por valor de setecientos ochenta y ocho millones doscientos diecisiete mil
pesos m/cte ($ 788.217.000) así:
Artículo 2°. Remítase copia de la
presente Resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda — Dirección Distrital
de Presupuesto, Oficina Asesora de Planeación, Dirección de Talento Humano y a
la Dirección Administrativa y Financiera - Subdirección Financiera de la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. Artículo 3°. La presente
Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y
CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C.,
a los 19 días del mes de enero de 2017 RAUL JOSÉ BUITRAGO
ARIAS Secretario General |