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Acuerdo 001 de 2017 Empresa Metro de Bogotá S.A.

Fecha de Expedición:
03/01/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/01/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 5988 del 3 de enero de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 001 DE 2017

 

(Enero 03)

 

Por el cual se adiciona un parágrafo al artículo 2 del Acuerdo No. 03 de 2016

 

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A.

 

En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el numeral 12 del artículo 44 de los estatutos de la Empresa METRO DE BOGOTA S.A., precisa que es una función de la Junta Directiva: “Aprobar la estructura interna del organismo, su planta de personal, escala, factores y criterios salariales, el Manual de Funciones, la clasificación de los empleos y, las modificaciones a éstos de acuerdo con los estatutos y las disposiciones legales vigentes.”

 

Que mediante oficio No. 1-2016-45668 del 21 de noviembre 2016, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, expidió concepto técnico favorable para el establecimiento de la planta de personal de la Empresa METRO DE BOGOTÁ S.A.

 

Que mediante oficio 2016EE184022 del 23 de diciembre de 2016, la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto de viabilidad presupuestal para el establecimiento de la planta de personal de la Empresa METRO DE BOGOTÁ S.A.

 

Que el 23 de diciembre de 2016, se llevó a cabo la reunión de la Junta Directiva de la Empresa METRO DE BOGOTA S.A. en la que mediante Acuerdo No. 03 se estableció la escala salarial para los empleados públicos y trabajadores oficiales, así como la planta de cargos de la Empresa.

 

Que en el artículo del Acuerdo No. 03 de 2016 de la Junta Directiva de la Empresa METRO DE BOGOTA S.A, se estableció la planta de cargos de los empleados públicos de la Empresa, en la que se incluyó un cargo de Gerente General de Entidad Descentralizada, Código 050, Grado 04.

 

Que conforme a lo previsto en los artículos 46 y 69 de los estatutos de la Empresa METRO DE BOGOTA S.A., el Alcalde Mayor de Bogotá D.C. designará al Gerente General de la Empresa.

 

Que no obstante haberse establecido el cargo de Gerente General en el artículo del Acuerdo No. 03 de 2016 de la Junta Directiva de la Empresa METRO DE BOGOTA S.A., no se determinaron los requisitos  exigidos para el desempeño de tal empleo.

 

Que con el fin de que el Alcalde Mayor de Bogotá D.C. pueda proceder al nombramiento del Gerente General de la Empresa METRO DE BOGOTA S.A., se hace necesario establecer los requisitos para tal empleo.

 

Que de acuerdo con el estudio técnico objeto del concepto favorable emitido por el Departamento Administrativo de Servicio Civil Distrital sobre la estructura organizacional, planta de cargos y manual de funciones de la Empresa METRO DE BOGOTA S.A, el Gerente General de la Empresa debe cumplir con los siguientes requisitos: título profesional en áreas de economía, administración, ingeniería, arquitectura, urbanismo y afines; título de posgrado; matrícula o tarjeta profesional en los casos requeridos por la Ley; y doce (12) años de experiencia profesional.

 

Que por lo anteriormente expuesto,

 

ACUERDA:

 

Artículo 1º. Adicionar el siguiente parágrafo al artículo del Acuerdo N° 03 de 2016 de la Junta Directiva de la Empresa METRO DE BOGOTÁ S.A.: PARÁGRAFO. Establecer los requisitos de estudio y experiencia para el empleo de Gerente General de Entidad Descentralizada, Código 050, Grado 04, así:

 

REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA

FORMACIÓN ACADÉMICA

EXPERIENCIA

Título profesional en áreas de Economía, Administración, Ingeniería, Arquitectura, Urbanismo y afines.

 

Título de Posgrado.

 

Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos requeridos por la Ley.

Doce (12) años de Experiencia Profesional.


Artículo 2°. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en de Bogotá, D.C., a los 3 días del mes de enero del año 2017

 

JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN

 

Presidente

 

JUAN CARLOS MALAGÓN BASTO

 

Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. (E)


Representante Legal de la Empresa y Secretario Ad hoc de la Junta Directiva