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DECRETO 243 DE 2017 (Mayo
17) Por medio del cual se designa a la Secretaría Distrital de
Planeación como ejecutor de un proyecto y se incorporan recursos al Capítulo
Presupuestal Independiente del Sistema General de Regalías del bienio
2017-2018 EL ALCALDE MAYOR DE
BOGOTÁ, D. C. En uso de sus
facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 1530 de 2012, el
artículo 2.2.4.1.2.2.13 del Decreto Nacional 1082 de 2015 y los numerales 1 º, 3°, 4° y 6° del artículo 38 del Decreto
Ley 1421 de 1993 y CONSIDERANDO: Que
el día 18 de julio de 2011 fue expedido el Acto Legislativo 05 de 2011 “Por el
cual se constituye el Sistema General de Regalías, se modifican los artículos 360 y 361 de la Constitución
Política y se dictan otras disposiciones
sobre el Régimen de Regalías y
Compensaciones". Que
el Sistema General de Regalías fue reglamentado por la Ley 1530 de 2012
"Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema
General de Regalías", que en el Título V de Régimen Presupuestal determina
la forma como se administran los recursos del Sistema General de Regalías. Que
el artículo 6 ídem señaló que los Órganos Colegiados de Administración y
Decisión (OCAD), como integrantes del Sistema, son los responsables de definir
los proyectos de inversión sometidos a su consideración que se financiarán con recursos del Sistema General de Regalías, así como de
evaluar, visibilizar, aprobar y priorizar la conveniencia y oportunidad de
financiarlos. Que
el artículo 2.2.4.1.2.2.13 del Decreto Nacional 1082 de 2015 "Por medio
del cual se expide el Decreto Único
Reglamentario del Sector
Administrativo de Planeación Nacional” establece que "(.
. .) mediante decreto del
Gobernador o Alcalde para las entidades territoriales que reciban
recursos de funcionamiento del sistema y designadas como ejecutoras de
proyectos por los órganos colegiados de administración y decisión, se
incorporará el respectivo presupuesto con cargo a los recursos del Sistema
General de Regalías. Dicha incorporación se adelantará en un capítulo
independiente del presupuesto del respectivo órgano o entidad, una vez se asignen los recursos con cargo
al porcentaje destinado para el funcionamiento del sistema
y cuando se acepte la
designación como ejecutor de proyecto,
designación que será
adelantada por el órgano
colegiado de administración y decisión". Que
mediante el Acuerdo 61 del
31 de marzo de 2017 "Por medio
del cual se adoptan
decisiones relacionadas con
la aprobación de
proyectos, solicitudes de
recepción de bienes y
servicios en el próximo bienio y se informan ajustes a proyectos de inversión financiados o
cofinanciados con recursos
del Sistema General
de Regalías - SGR
", expedido por el Órgano
Colegiado de Administración y Decisión
(OCAD) del Fondo de Desarrollo
Regional de Centro
Oriente, se viabilizó,
priorizó, aprobó y designó
como ejecutor del proyecto "Elaboración de la Encuesta
Multipropósito 2017: Bogotá - Cundinamarca", con
código BPIN: 2016000050033, a Bogotá
Distrito Capital, por un
valor de dieciséis mil setecientos sesenta y un millones setecientos veintidós
mil doscientos sesenta y nueve pesos m/cte.
($16.761.722.269, 00), recursos correspondientes a trece mil
trecientos cuarenta y siete millones ochenta y dos mil doscientos noventa y
tres pesos m/cte. ($13.347.082.293, 00) del Distrito Capital y a
tres mil cuatrocientos catorce millones seiscientos treinta y nueve mil
novecientos setenta y seis pesos m/cte.
($3.414.639.976, 00) de la Gobernación de Cundinamarca. Que
en virtud de lo dispuesto en el literal e) del artículo 73 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 "Por el cual se
dictan normas básicas sobre la
estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá Distrito Capital, y se
expiden otras disposiciones", en consonancia con el literal d) del
artículo 2 del Decreto Distrital 016 de
2013, que establece la estructura interna
de la Secretaría
Distrital de Planeación,
dicha Secretaría tiene a su cargo la
función de "Recopilar,
proveer y consolidar la información,
las estadísticas, los modelos y los
indicadores económicos, sociales,
culturales, ambientales, territoriales, de productividad y de
competitividad, para la toma de decisiones
de la Administración Distrital y que permita la promoción nacional e
internacional del Distrito Capital". Que
dada la naturaleza del proyecto “Elaboración de la Encuesta Multipropósito
2017: Bogotá - Cundinamarca “, y de las
funciones a cargo de la Secretaría Distrital de Planeación se encuentra que
ésta es la entidad idónea para ejecutar el proyecto asignado por la OCAD. Que
de acuerdo con las anteriores consideraciones, se hace necesario
designar a la Secretaría Distrital de Planeación como entidad ejecutora
del proyecto denominado "Elaboración de
la Encuesta Multipropósito 2017: Bogotá -
Cundinamarca”, e incorporar al capítulo independiente del presupuesto
perteneciente al Sistema General de Regalías del bienio 2017-2018 los recursos
en el marco del régimen presupuesta! de
dicho Sistema. En
mérito de lo expuesto, DECRETA: Artículo 1 º.- Designar a la
Secretaría Distrital de Planeación como entidad ejecutora del proyecto denominado
"Elaboración de la Encuesta Multipropósito 2017: Bogotá -
Cundinamarca”, de conformidad con los requisitos contenidos en la normatividad aplicable a
los recursos que hacen parte del Sistema General de Regalías. Parágrafo. - La Secretaría
Distrital de Planeación suministrará y registrará la información referente a la
ejecución del proyecto, siguiendo los lineamientos impartidos
por el Departamento Nacional de Planeación, en cuanto al Sistema de
Monitoreo, los términos y plazos de cargue de información en el aplicativo
GESPROY, y los demás procedimientos de suministro de información que defina la
Comisión Rectora del Sistema General de Regalías. Artículo 2º.- Incorporar al Capítulo Independiente del Presupuesto de Ingresos del Sistema
General de Regalías para el bienio 2017-2018, la suma de dieciséis mil
setecientos sesenta y un millones setecientos veintidós mil doscientos sesenta
y nueve pesos m/cte. ($16.761.722.269, 00) sin situación de fondos,
conforme al siguiente detalle: ADICIÓN INGRESOS
SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS BIENIO 2017-2018 ADMINISTRACIÓN CENTRAL
Artículo 3º.- Modificado por el art. 1, Decreto Distrital 288 de 2017. Incorporar al Capítulo Independiente del
Presupuesto de Gastos del Sistema General de Regalías para el bienio 2017 -
2018, la suma de dieciséis mil setecientos sesenta y un millones setecientos
veintidós mil doscientos sesenta y nueve pesos m/cte. ($16.761.722.269,00),
conforme al siguiente detalle:
Artículo 4º.- El presente Decreto
rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE
Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a
los 17 días del mes de mayo de 2017. ENRIQUE PEÑALOSA
LONDOÑO Alcalde Mayor ANDRÉS ORTÍZ GÓMEZ Secretario Distrital de Planeación |