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PROYECTO DE ACUERDO 332
DE 2017 Ver Acuerdo Distrital 680 de 2017 Por el cual se
autoriza un cupo de endeudamiento global hasta por tres billones ciento seis
mil millones de pesos constantes de 2017 ($3.106.000.000.000,00) para la
Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá - EAB-ESP y se dictan
otras disposiciones EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO
CAPITAL En ejercicio de sus
atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el
numeral 17 del artículo 12 del Decreto ley 1421 de 1993. ACUERDA CUPO DE ENDEUDAMIENTO ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizase un cupo de
endeudamiento global para la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá
EAB-ESP, hasta por la suma de tres billones ciento seis mil millones
($3.106.000.000.000) de pesos constantes de 2017 o su equivalente en otras
monedas, para celebrar operaciones de crédito público externo, e interno, o
ambas, así como operaciones asimiladas a las anteriores y conexas, destinadas
al financiamiento del plan de inversiones, sujeto al cumplimiento de las
disposiciones vigentes sobre la materia. ARTÍCULO SEGUNDO. - El saldo del cupo de
endeudamiento autorizado mediante el artículo primero del ACUERDO No. 467 DE
2011, que no ha sido comprometido presupuestalmente a la fecha de expedición
del presente Acuerdo, se entiende agotado de conformidad con las normas
vigentes y, en consecuencia, no se podrán adquirir nuevos compromisos con base
en dicho cupo. ARTÍCIULO TERCERO. - La Empresa de
Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá EAB-ESP presentará al Concejo de
Bogotá un informe semestral, uno en mayo y otro en noviembre sobre las
actividades desarrolladas en virtud del cupo de endeudamiento global aprobado
en el presente Acuerdo, en sesión plenaria de la Corporación. ARTÍCULO CUARTO: Vigencia. El presente
Acuerdo rige a partir de su publicación |