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Resolución 2 de 2003 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU - Junta Directiva

Fecha de Expedición:
31/01/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/02/2003
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2813 del 11 de Febrero de 2003
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 02 DE 2003

(Enero 31)

"Por la cual se modifican los grados de asignación básica del Instituto de Desarrollo Urbano y se dictan otras disposiciones".

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO DE BOGOTA D.C.,

en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas por el artículo 16 del Acuerdo 19 de 1972, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución No. 015 de 2002 se establecieron los grados de asignación básica para as distintas categorías de empleos del Instituto de Desarrollo Urbano.

Que igualmente mediante Resolución No. 015 de 2002, se establecieron los porcentajes a reconocer como gastos de representación y prima técnica de los empleados de la entidad.

Que con el propósito de viabilizar una modificación en la planta de empleos se requiere modificar los grados de asignación básica vigente, así como los porcentajes a reconocer como gastos de representación y prima técnica.

Que como consecuencia de la modificación a la tabla de grados de asignación básica se hace necesario ajustar la nomenclatura en unos cargos pertenecientes al nivel directivo del Instituto.

En mérito de lo expuesto,

Ver la Resolución de la J.D. IDU 014 de 2005

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO. - Modificar la tabla de grados de asignación básica correspondiente a la planta de empleos públicos del Instituto de Desarrollo Urbano, la cual quedará de la siguiente forma:

ARTICULO SEGUNDO.- Ajustar la nomenclatura de los cargos pertenecientes al nivel directivo del Instituto y en especial en lo que corresponde a los grados de asignación básica:

ARTICULO TERCERO.- Para los cargos incluidos en los niveles Directivo y Asesor el reconocimiento y pago de los gastos de representación se efectuará con base en los siguientes porcentajes:

PARÁGRAFO.- Los funcionarios que a la fecha de expedición de esta providencia administrativa tengan asignados gastos de representación continuarán disfrutándolos en los mismos porcentajes en que se les venía reconociendo y pagando.

ARTICULO CUARTO.- Para el reconocimiento y pago de la Prima Técnica en los niveles Directivo, Asesor y Profesional, se tendrán en cuenta los siguientes porcentajes sobre la asignación básica mensual:

ARTICULO QUINTO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente a la Resolución No. 015 de 2002 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Dada en Bogotá D.C., a los treinta y un (31) días del mes de enero de dos mil tres (2003)

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

PRESIDENTE

Firma ilegible

SECRETARIO

Firma ilegible

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2813 del 11 de Febrero de 2003

Los porcentajes de que trata el art. 4, pueden ser consultados en las dependencias de la entidad que profiere el presente acto administrativo.