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Resolución 588 de 2017 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
12/12/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/12/2017
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 588 DE 2017

 

(Diciembre 12)

 

Por la cual se efectúa un traslado Presupuestal Interno en el Presupuesto de Gastos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2017

 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.,

 

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el Acuerdo Distrital 638 de 2016 y el Decreto Distrital 714 de 1996, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Acuerdo Distrital No. 657 de 2016 del 20 de diciembre de 2016, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 y se dictaron otras disposiciones.

 

Que mediante el Decreto Distrital No. 627 del 26 de diciembre de 2016, se liquidó el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 y se dictan otras disposiciones.

 

Que de acuerdo al principio de especialización consagrado en el literal g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.

 

Que el Artículo 63 del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que "Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones".

 

Que el Artículo 1 del Decreto Distrital No. 396 de 1996 "Por el cual se reglamenta el Acuerdo 24 de 1995, Estatuto Orgánico de Presupuesto de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital", establece que: "Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo Distrital, se harán mediante Resolución expedida por el Jefe del órgano o entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito, estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez previo concepto favorable de la Secretaría de Hacienda - DirectorDistrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación Distrital".

 

Que mediante comunicación con radicado No.: 3-2017-25390 del 8 de noviembre de 2017, el Director Distrital de Desarrollo Institucional de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, doctor Cesar Ocampo Caro, remitió a la Oficina Asesora de Planeación justificación de disponibilidad permanente de recursos en el rubro presupuestal 3.3.1.15.07.42.1085 "Gestión Pública efectiva y transparente por una Bogotá mejor para todos".

 

Que mediante comunicación con radicado No.: 3-2017-25391 del 8 de noviembre de 2017 el Subdirector de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, doctor Edgar González Sanguino, remitió a la Oficina Asesora de Planeación justificación de disponibilidad permanente de recursos en el rubro presupuestal 3.3.1.15.07.42.1152 "Implementación de un modelo de gestión documental para la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C".

 

Que mediante comunicación con radicado No.: 3-2017-25399 del 8 de noviembre de 2017 la Directora Distrital de Relaciones Internacionales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, doctora Valentina Wieser, remitió a la Oficina Asesora de Planeación justificación de disponibilidad permanente de recursos en el rubro presupuestal 3.3.1.15.07.45.1090 "Lo mejor del mundo por una Bogotá mejor para todos".

 

Que mediante comunicación con radicado N.: 3-2017-25473 del 9 de noviembre de 2017, ia responsable del proyecto de inversión N. 1143, doctora Paola Andrea Tovar Niño, remitió a la Oficina Asesora de Planeación requerimiento sustentado de adición de recursos para el rubro presupuestal 3.3.1.15.07.42.1143 "Comunicación para fortalecer las instituciones y acercar a la ciudadanía a la Alcaldía Mayor de Bogotá".

 

Que mediante comunicación con radicado No.: 3-2017-25423 del 9 de noviembre de 2017 el Alto Consejero Distrital de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, doctor Sergio Martínez Medina, remitió a la Oficina Asesora de Planeación justificación de disponibilidad permanente de recursos en el rubro presupuestal 3.3.1.15.05.36.1111 "Fortalecimiento de la economía, el gobierno y la ciudad digital de Bogotá D.C".

 

Que mediante comunicación con radicado No.: 3-2017-25447 del 9 de noviembre de 2017, el Subsecretario de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, doctor Fernando José Estupiñan Vargas, remitió a la Oficina Asesora de Planeación justificación de disponibilidad permanente de recursos en el rubro presupuestal 3.3.1.15.07.42.1126 "Implementación de un nuevo enfoque de servicio a la ciudadanía".

 

Que mediante comunicación con radicado No.: 3-2017-25402 del 9 de noviembre de 2017 el jefe (e) de la Oficina Asesora de Planeación de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, doctor Juan Guillermo Becerra, recibiójustificación de disponibilidad permanente de recursos en el rubro presupuestal 3.3.1.15.07.42.0976 "Mejoramiento para la Planeación y la eficiencia administrativa en la Secretaría General".

 

Que mediante comunicación con radicado No.: 3-2017-25501 del 9 de noviembre de 2017, la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, doctora Cristina Aristizábal Caballero, remitió a la Oficina Asesora de Planeación justificación de disponibilidad permanente de recursos en el rubro presupuestal 3.3.1.15.07.42.1125 "Fortalecimiento y modernización de la gestión pública distrital".

 

Que mediante comunicación con radicado de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. No.: 1-2017-29806 del 24 de noviembre de 2017, la Subsecretaría de Planeación de la Inversión, remitió concepto favorable para el trámite de la modificación presupuestal en mención.

 

Que mediante comunicación No. 2017EE296763 del 07 de diciembre de 2017, la Directora Distrital de Presupuesto, remitió concepto favorable para el trámite de la modificación presupuestal en mención.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Inversión de la Secretaría General de ia Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, para la vigencia 2017, por valor de Mil seiscientos cuarenta y ocho millones doscientos siete mil cuatrocientos setenta y nueve pesos m/cte ($1.648.207.479), así:

 

CÓDIGO

PRESUPUESTAL

CONCEPTO

Contracrédito

Crédito

Valor

Valor

3

GASTOS

1.648.207.479

1.648.207.479

 

INVERSION

1.648.207.479

1.648.207.479

3.3.1

DIRECTA

1.648.207.479

1.648.207.479

3.3.1.15

Bogotá Mejor Para Todos

1.648.207.479

1.648.207.479

3.3.1.15.05

Eje Transversal Desarrollo Económico basado en el conocimiento

65.000.000

 

3 3.1 15.05 36

Bo otá, una ciudad di ital

65.000.000

 

Fortalecimiento de la economía, el gobierno y la ciudad digital de Bogotá

D.C.

65.000.000

 

3.3.1.15.07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

1.583.207.479

1.648.207.479

3.3.1 15 07 42

Transparencia, gestión pública y servicio a la ciudadanía

1.528.510 954

1 648.207 479

3,3.1 15 07 42.0976

Mejoramiento para la planeación y la eficiencia administrativa en la Secretaria

General

11 286.236

 

3.3.1 15.07 42.1085

Gestión pública efectiva y transparente por una Bogotá mejor para todos

30 510 610

 

3.3.1 15.07.42.1125

Fortalecimiento y modernización de la estión ública distrital

115.822 351

 

3.3.1 15.07.42.1 126

Implementación de un nuevo enfoque de servicio a la ciudadanía

918.852.191

 

3.31 15 07 42.1 143

Comunicación para fortalecer las instituciones y acercar a la ciudadanía a fa Alcaldía Ma or de Bo otá

 

1.648.207 479

3.3.1 15.07.42 1152

Implementación de un modelo de

Gestión Documental para la Secretaria

General de la Alcaldía Mayor de Bogotá

452.039.566

 

3 3.1.15.07.45

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

54.696.525

 

3.3.1 15.07.45.1090

Lo mejor del mundo por una Bogotá ara todos

54.696.525

 

TOTAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL

1.648.207.479

1.648.207.479

 

Artículo 2°. Mediante la Subdirección de Servicios Administrativos, remítase copia de la presente Resolución a la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Así como a la Oficina Alta Consejería para las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - TIC, Subsecretaría Técnica, Subsecretaría de Servicio a la ciudadanía, Dirección Distrital de Desarrollo Institucional, Dirección Distrital de Relaciones Internacionales, Dirección Administrativa y Financiera, Oficina Consejería de Comunicaciones, Oficina Asesora de Planeación y Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

Artículo 3°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de diciembre de 2017

 

RAUL JOSÉ BUITRAGO ARIAS

 

Secretario General