RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 339 de 2018 Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Impuestos

Fecha de Expedición:
12/01/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/01/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6234 del 15 de enero de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 339 DE 2018

 

(Enero 12)

 

Por la cual se aclara la Resolución DDI-040722 de 22 de septiembre de 2017

 

EL DIRECTOR DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ

 

En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 13 y 16-1 del Decreto Distrital 807 de 1993 y,

 

CONSIDERANDO:


Que el 26 de septiembre de 2017 se publicó la Resolución DDI-040722 del 22 septiembre de 2017  “Por medio de la cual se adoptan los formularios oficiales para autoliquidación por parte del contribuyente, de diligenciamiento electrónico o litográfico, para la declaración y pago de los tributos administrados por la dirección Distrital de Impuestos de Bogotá-DIB de la Secretaría Distrital de Hacienda, para ser utilizados por los años gravables 2018 y siguientes y anteriores”, estipulando en el numeral del artículo 1° y en el artículo que se adoptaban los formularios para las vigencias 2017 y anteriores, cuando del epígrafe y de los considerandos se evidencia que se adoptaban los formularios para las vigencia 2018 y anteriores y siguientes.

 

Que adicionalmente en el artículo se indicó que las declaraciones tributarias contenidas en los numerales 3, 4 y 9 del artículo 12 del decreto 352 de 2002 se presentaran en los formularios que para el efecto diseñe u homologue la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público; cuando la referencia normativa correcta es el artículo 12 del Decreto 807 de 1993 modificado por el artículo 2 del Decreto 362 de 2002.

 

Que una vez revisados los textos anteriormente mencionados y transcritos, se constató que los mismos incurrieron en un yerro caligráfico, por lo que se hace necesario realizar la respectiva aclaración.

 

Que en cumplimiento del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, el proyecto de resolución fue publicado en la página web de la entidad del 10 al 11 de enero del 2018, sin que se presentaran observaciones o sugerencias por parte de los ciudadanos.

 

En mérito de lo expuesto este Despacho,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. Aclarar el numeral del artículo 1° y el artículo de la Resolución No. DDI-040722 de 22 de septiembre de 2017, en el sentido de indicar que los formularios que allí se adoptaron corresponden a las vigencias 2018 anteriores y siguientes.

 

ARTÍCULO 2º. Corríjase el artículo de la Resolución DDI 040722 del 22 de septiembre de 2017, el cual quedará así:

 

“ARTÍCULO 4°. Las declaraciones tributarias contenidas en los numerales 3, 4 y 9 del artículo 12 del Decreto 807 de 1993, modificado por el artículo 2 del Decreto 362 de 2002, se presentarán en los formularios que para el efecto diseñe u homologue la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.”

 

ARTÍCULO 3º. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de enero del año 2018.

 

LISANDRO MANUEL JUNCO RIVEIRA

 

Director Distrital de Impuestos de Bogotá