RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto Local 013 de 2018 Alcaldía Local de Teusaquillo

Fecha de Expedición:
11/11/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/12/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6455 del 17 de diciembre de 2018
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 013 DE 2018

 

(Noviembre 11)

 

POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTUA UNA MODIFICACIÒN PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE TEUSAQUILLO PARA LA VIGENCIA FISCAL 2018

 

LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993, y en especial las conferidas por el Decreto 372 de 2010 en el Artículo 31 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 establece:

 

ARTÍCULO 31°. Modificaciones Presupuestales

 

Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:

 

Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

El Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo al 20 de noviembre del 2018 ha comprometido el 79,31 % de sus recursos de inversión directa, lo que ha permitido identificar proyectos de inversión que garantizaron el cumplimiento de sus metas y que tienen recursos disponibles que no ejecutarán, así como la falta de recursos en otros; por lo que se encuentra necesario realizar movimientos presupuestales con el propósito de optimizar su uso y el fortalecimiento de los rubros que se encuentran en déficit presupuestal.

 

Que, el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo, debe dar estricto cumplimiento a partir del 01 de enero de 2018, a lo establecido en la Resolución No. 533 de 2015, Marco Normativo para Entidades de Gobierno, que contiene: marco conceptual, normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos, procedimientos contables, guías de aplicación, doctrina contable, catálogo general de cuentas, para dar cumplimiento a la resolución en mención la CGN expide el instructivo 02-2015.


El principal aspecto del Marco Normativo para Entidades de Gobierno es la caracterización de las entidades de gobierno y del contexto en el que operan, establece los usuarios de la información y sus necesidades; los objetivos y las características de la información financiera, así como las bases conceptuales para la definición de los elementos de los estados financieros y los criterios de reconocimiento, medición y revelación.

 

Que Alcaldía Local de Teusaquillo, no cuenta dentro de su planta con el personal capacitado para realizar el levantamiento físico del inventario de los bienes, la determinación de vidas útiles y deterioro de los bienes de propiedad y a cargo del Fondo de Desarrollo Local, que estén en servicio, comodato, bodega nuevo y bodega usado que son utilizados para el funcionamiento administrativo de su sede y en general para servir a la comunidad.

 

Que el Responsable del Presupuesto expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal Número 512 de noviembre 22 de 2018 para amparar el traslado presupuestal objeto del presente decreto.

 

Que la Secretaría Distrital de Planeación conceptúo favorablemente la modificación solicitada, mediante comunicación 2018EE238450 de diciembre 10 de 2018.

 

Por lo expuesto éste Despacho

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un contra crédito en el presupuesto de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo, por la suma de CINCUENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROSCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS ($52.571.448), para la vigencia Fiscal 2018 según el siguiente detalle:

 

CONTRACRÉDITO

 

CÓDIGO

CONCEPTO

MODIFICACIÓN

3

GASTOS

52.571.448

3.3

INVERSIÓN

52.571.448

3.3.1

DIRECTA

52.571.448

3.3.1.15

Bogotá Mejor para todos

52.571.448

3.3.1.15.01

Pilar igualdad de calidad de vida

27.009.334

3.3.1.15.01.03

Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente

27.009.334

3.3.1.15.01.03.1357

Teusaquillo mejor para las personas mayores

27.009.334

3.3.1.15.01.11

Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte

25.562.114

3.3.1.15.01.11.1333

Teusaquillo mejor para la cultura, la recreación y el deporte

25.562.114

 

TOTAL CONTRACRÉDITO

52.571.448

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un crédito en el presupuesto de gastos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo, por la suma de CINCUENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROSCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS ($52.571.448), para la vigencia Fiscal de 2018 según el siguiente detalle:

CRÉDITO

 

CÓDIGO

CONCEPTO

MODIFICACIÓN

3

GASTOS

52.571.448

3.3

INVERSIÓN

52.571.448

3.3.1

DIRECTA

52.571.448

3.3.1.15

Bogotá mejor para todos

52.571.448

3.3.1.15.07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

52.571.448

3.3.1.15.07.45

Gobernanza e Influencia local, regional e internacional

52.571.448

3.3.1.15.07.45.1329

Teusaquillo mejor gobierno local

52.571.448

 

TOTAL CONTRACRÉDITO

52.571.448

 

ARTÍCULO TERCERO. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de diciembre de 2018.

 

LUISA FERNANDA LÓPEZ GUEVARA

 

Alcaldesa Local de Teusaquillo