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Concepto I201855296 de 2018 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Fecha de Expedición:
31/08/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/08/2018
Medio de Publicación:
N/A
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CONCEPTO I201855296 DE 2018

 

(Agosto 31)

 

DE: JENNY ADRIANA BRETÓN VARGAS

 

Jefe Oficina Asesora Jurídica

 

PARA: JORGE ENRIQUE CELIS GIRALDO   

 

Subsecretario de Integración Interinstitucional   

 

ASUNTO: Concepto sobre reglamentación de la Semana de Integración del Colegio con la Comunidad y la Ciudad, creada por el Acuerdo Distrital 273 de 2007

 

RADICADO: I-2018-55296


En atención a sus consultas relacionadas con el asunto, elevadas mediante correo de la referencia, esta Oficina Asesora Jurídica procederá a emitir concepto, de acuerdo a sus funciones establecidas los literales A y B[1] del artículo 8 del Decreto Distrital 330 de 2008, y en los términos del artículo 28 del CPACA, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015, según el cual, por regla general, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución.

 

1.¿La Resolución 3465 de 2007 de la SED, "Por la cual se reglamenta la organización de “La semana de integración de colegio con la comunidad y la ciudad”, se encuentra vigente?

 

Respuesta. La Resolución 3465 de 2007 de la SED está vigente, pues a la fecha no ha sido modificada, ni derogada (ni tácita, ni expresa, ni orgánicamente), ni subrogada por otra norma, así como tampoco está desueta.

 

2.¿De qué manera se puede identificar si hay otra resolución reglamentaria del Acuerdo Distrital 273 de 2007?

 

Respuesta. Consultando el Registro Distrital, la página del Régimen Legal de Bogotá D.C. de la Secretaría Jurídica Distrital, y/o los archivos de la misma Subsecretaría de Integración Interinstitucional o de la Subsecretaría de Calidad, pues según el procedimiento interno “Proyección y Revisión de un Acto Administrativo” con Código 16-01-PD-002, la competencia para proyectar los actos administrativos en la SED es de la dependencia cuyas funciones sean relacionadas con el objeto de los mismos.    

 

Incluso, también pueden consultarse los archivos del Despacho, pues la competencia para suscribir los actos administrativos generales al interior de la SED es del Secretario(a) de Educación del Distrito, en virtud del literal I del artículo 5 del Decreto Distrital 330 de 2008.


3.En caso de que la Resolución 3465 de 2007 no esté vigente, ¿quién dentro de la SED tendría la responsabilidad de reglamentar la organización de la semana de integración del colegio con la comunidad y la ciudad, establecida en el artículo 8 del Acuerdo Distrital 273 de 2007?

 

Respuesta. Reiteramos que la Resolución 3465 de 2007 de la SED está vigente, conforme a lo dicho en la respuesta a la primera consulta.

 

Igualmente, reiteramos que la competencia para expedir actos administrativos reglamentarios al interior de la SED es de la dependencia cuyas funciones sean relacionadas con el objeto de los mismos, conforme al procedimiento interno “Proyección y Revisión de un Acto Administrativo” con Código 16-01-PD-002.

 

Bajo los anteriores parámetros, tendríamos que, según el objeto de la “Semana de Integración del Colegio con la Comunidad y la Ciudad”, establecida en el artículo 8 del Acuerdo Distrital 273 de 2007, su reglamentación correspondería a: i) Subsecretaría de Calidad y Pertinencia, en coordinación con su a) Dirección de Formación de Docentes e Innovaciones Pedagógicas y b) Dirección de Evaluación de la Educación; así como a la: ii) Subsecretaría de Integración Interinstitucional, en coordinación con su a) Dirección de Participación y Relaciones Interinstitucionales; todo, conforme a las funciones y competencias asignadas a cada una de ellas por el Decreto Distrital 330 de 2008.

 

En cualquier caso, las dependencias de la SED responsables de proyectar los actos administrativos relacionados con sus funciones y competencias, pueden solicitar para el efecto la revisión y asesoría de la Oficina Asesora Jurídica, de acuerdo al literal E del artículo 8 del Decreto Distrital 330 de 2008 y el procedimiento interno “Proyección y Revisión de un Acto Administrativo” con Código 16-01-PD-002.

 

Finalmente, recuerde que puede consultar los conceptos emitidos por la Oficina Asesora Jurídica en la página web de la Secretaría de Educación del Distrito, http://www.educacionbogota.edu.co, siguiendo la ruta: Nuestra entidad / Marco Jurídico / Oficina Asesora Jurídica / Conceptos jurídicos emitidos por la OAJ.  

 

Cordialmente

 

JENNY ADRIANA BRETÓN VARGAS

 

Jefe Oficina Asesora Jurídica

 

Proyectó: Javier Bolaños Zambrano  - Abogado Contratista OAJ    

 

NOTAS DE PIE DE PÁGINA:



[1] “Artículo 8º Oficina Asesora de Jurídica. Son funciones de la Oficina Asesora de Jurídica las siguientes:

A. Asesorar y apoyar en materia jurídica al Despacho del Secretario y demás dependencias de la SED.

B. Conceptuar sobre los asuntos de carácter jurídico que le sean consultados por las dependencias de la SED y apoyarlas en la resolución de recursos.”