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Objeción 26387 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--//2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
No fue publicada
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Definición de vínculos para la Norma:

Bogotá, D.C., 2-2003-26387

Doctora

MARIA HELENA CALVACHI Z.

Secretaria General (E)

Concejo de Bogotá

Ciudad

ASUNTO: Proyecto de Acuerdo "Por medio del cual se establece anualmente la jornada nocturna denominada "BOGOTÁ DESPIERTA". Radicación No 1-2003-27824

Ver el Proyecto de Acuerdo Distrital 38 de 2003

Reciba un cordial saludo, doctora María Helena.

He recibido para sanción el Proyecto de Acuerdo de la referencia y sobre su contenido considero pertinente presentar a su consideración las razones jurídicas que expongo a continuación para su objeción, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 del Decreto 1421 de 1993:

El artículo 3º del mencionado proyecto dispone:

"ARTÍCULO TERCERO – Los establecimientos de comercio y de servicio abrirán sus puertas al público durante la jornada "BOGOTA DESPIERTA" si a bien lo tienen, e igualmente Transmilenio y el transporte urbano en general prestarán su servicio; así mismo en cada parque, teatros, salas de cine y otros escenarios se podrán realizar presentaciones de grupos folclóricos, musicales, de danza, de teatro y demás manifestaciones culturales." (Subrayado fuera de texto)

La redacción del artículo transcrito es ambigua en cuanto a la obligatoriedad de prestación de servicio público de transporte por parte del Sistema TransMilenio, en la medida que parece ser optativo al usar la expresión "si a bien lo tienen, e igualmente". Por tal motivo, la aprobación puede llevar a equívocos, haciendo exigible la operación del Sistema en horario nocturno.

Es necesario entonces revisar las implicaciones de un servicio extendido entre 11:00 PM y 5:00 AM. En primer lugar sería necesario realizar una modificación en los contratos de concesión del recaudo del sistema TransMilenio, los cuales estipulan que el Horario de Operación Atendida es mínimo de lunes a sábado de 5:00 a 23:00 y domingos y festivos de 6:30 a 22:00. No realizar ajustes contractuales puede desencadenar en demandas por desequilibrio económico del sistema.

Cualquier modificación al horario necesariamente genera costos adicionales no sólo al recaudo sino a toda la operación del Sistema TransMilenio. TRANSMILENIO S.A. ha realizado cálculos que indican que la extensión del servicio fuera del horario contractual de operación genera costos del orden de $18.200 pesos por pasajero nocturno si se mantiene un servicio cada 6 minutos (programando los servicios corrientes 1, 2, y 3 y el expreso 10 -acceso al Centro Histórico). Ahora bien, ajustando la programación a un servicio cada sesenta minutos, este costo sería de $5.400 (con espera de 1/2 hora promedio).

Además de las modificaciones contractuales sería entonces necesario que el Alcalde Mayor fijara tarifas especiales, para atender los costos adicionales que genera la operación extendida; sin embargo estos valores son muy elevados con respecto a alternativas disponibles en horario nocturno en transporte público tradicional y transporte público individual (taxi). No se considera conveniente distribuir los costos de operación nocturna entre los usuarios diurnos del sistema (subsidio cruzado), por una sola vez en el año.

Por otra parte, será necesario contar con garantías de seguridad a los usuarios (policía, guías cívicos) que si bien se ordenan en el Artículo Cuarto del proyecto de acuerdo, implican también costos adicionales a la ciudad, que será necesario sufragar.

No es clara entonces la obligatoriedad o no de prestar el servicio del Sistema Transmilenio en la jornada nocturna de "Bogotá Despierta".

Por las razones expuestas, se devuelve el Proyecto de Acuerdo Distrital sin la sanción correspondiente, para que estas objeciones sean analizadas por el Concejo Distrital.

Cordialmente,

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor

Anexo: Lo anunciado en 1 folio.

c.c. Dr. Edgar Enrique Sandoval Castro

Gerente General Transmilenio S.A.