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Directiva 8 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/10/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/10/2003
Medio de Publicación:
No fue publicada
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

DIRECTIVA 08 DE 2003.

(Octubre 1)

PARA:

SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO, DIRECTORES, PRESIDENTES Y GERENTES DE ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ORDEN DISTRITAL, EMPRESAS OFICIALES Y MIXTAS DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS, SOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTA, ALCALDES LOCALES Y ENTES UNIVERSITARIOS AUTÓNOMOS.

DE:

ALCALDE MAYOR

ASUNTO:

DIA DE LA PREVENCIÓN DE DESASTRES Y EMERGENCIAS EN EL DISTRITO CAPITAL: 8 de Octubre de 2003.

Ver el Acuerdo Distrital 30 de 2001 , Ver la Directiva Distrital 5 de 2002

La presente Directiva tiene por objeto convocar a las entidades públicas distritales, a fomentar la prevención de desastres en la ciudad, a partir de la incorporación de políticas y acciones de prevención en cada una de ellas. De esta manera, se busca fortalecer su capacidad organizativa y dar respuesta efectiva tendiente a reducir los efectos nocivos de estas circunstancias sobre la población, sus bienes, la infraestructura y la economía de la ciudad.

Así mismo, es necesario trabajar para incorporar la prevención en la cultura ciudadana en relación con las diferentes amenazas y riesgos que operan en la ciudad a fin de buscar actitudes y comportamientos individuales y colectivos que contribuyan de manera efectiva a la seguridad de la población.

1. MARCO NORMATIVO

Además de la atribución del Alcalde Mayor contenida en el numeral 18 del artículo 38 del Decreto-Ley 1421 de 1993, conforme al cual le corresponde "Dictar los actos y tomar las medidas que autoricen la ley y los acuerdos municipales en los casos de emergencia e informar al concejo sobre su contenido y alcances", esta directriz se fundamente igualmente, en lo dispuesto por el artículo 2 del Acuerdo Número 30 de 2001.

En efecto, se dispone a través del citado Acuerdo "Por el cual se establece la implementación y ejecución del día de la prevención de desastres y emergencias en el Distrito Capital", que el Alcalde Mayor, a través de las entidades correspondientes, coordinará la realización y posterior evaluación de este ejercicio que busca, no sólo poner a prueba y mejorar la capacidad de respuesta de la ciudadanía en general con relación al mencionado tema.

Existen además, otras referencias normativas y aplicables al presente tema:

-Ley 46 de 1998 "Por la cual se crea el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres".

-Decreto Ley 919 de 1989 "Por el cual se reglamenta el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres".

-Decreto Nacional 93 de 1998 "Por el cual se adopta el Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres".

-Decreto Distrital 793 de 1999 "Por el cual se organiza el Sistema Distrital para la Prevención y Atención de Emergencias de Bogotá, D.C. y se dictan otras disposiciones".

2. IMPLEMENTACION Y EJECUCIÓN DEL DIA DE LA PREVENCIÓN DE DESASTRES Y EMERGENCIAS EN EL DISTRITO CAPITAL.

De conformidad con el artículo primero del Acuerdo 30 de 2001, el día de la Prevención de Desastres y Emergencias en el Distrito Capital, se llevará a cabo el segundo miércoles del mes de octubre de cada año.

Por lo anterior, el próximo Miércoles 8 de Octubre de 2003, en el Distrito Capital realizará una serie de actividades en torno a la prevención de desastres y emergencias, bajo las siguientes directrices:

1.El Comité Distrital para la Prevención y Atención de Emergencias sesionará de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 723 de 1999 "Por el cual se organiza el Sistema Distrital para la prevención y Atención de Emergencias de Bogotá, D.C. y se dictan otras disposiciones".

2. En cada una de las entidades distritales se deberá convocar a una reunión para evaluar el avance de los Planes Institucionales de Respuesta y la responsabilidad dentro del Plan Distrital de Respuesta por terremoto, evaluar el funcionamiento de sus instituciones en caso de desastre, principalmente por terremotos, y las medidas del desarrollo del día de la prevención de Desastres y Emergencias.

Copias de esas conclusiones deberán ser remitidas a la Dirección de Prevención y atención de Emergencias, vía internet, a través del Sistema de Información para la Gestión de Riesgos y Atención de Emergencias SIRE, www.sire.gov.co.

En este mismo portal encontrará el formato de la Encuesta Distrital sobre Brigadas de Emergencia, que solicito sea diligenciado por cada una de las entidades. Tanto las conclusiones como la encuesta deberán enviarse electrónicamente dentro de los diez (10) días siguientes a la realización de esta reunión de directivos, a través de dicha página, para consolidar las memorias del desarrollo del Día de la Prevención de Desastres y Emergencias.

3. Al interior de las entidades distritales, cada uno de los secretarios de Despacho, Gerentes, Directores y Alcaldes Locales liderará las actividades propias del tema de prevención de desastres y emergencias que se llevarán a cabo ese día

Adjunto a la presente el Documento "Día de la Prevención y Atención de Emergencias en el Distrito Capital" como marco de referencia para la realización de actividades en esta jornada.

Agradezco su colaboración para que las directrices aquí contenidas sean difundidas e implementadas al interior de cada una de las entidades que ustedes dirigen.

Cordialmente,

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor.

ANEXO:

DIA DE LA PREVENCIÓN DE DESASTRES Y EMERGENCIAS EN EL DISTRITO CAPITAL.

8 DE OCTUBRE DE 2003.

-Reunión de Comité Distrital de Prevención y Atención de Emergencias, presidido por el Alcalde Mayor de la Ciudad. (Desayuno de trabajo)

Lugar : Despacho del Alcalde Mayor

Hora: 7:00 am.

-Panel "Hacia la construcción compartida del manejo integral de riesgos en el modelo de planificación Bogotá –Reunión, en coordinación con el DAPD y la Gobernación de Cundinamarca.

Lugar: Centro Empresarial de Compensar

Hora: 5:00 pm.-7:00 pm.

OTROS EVENTOS PROGRAMADOS EN EL MARCO DE ESTA JORNADA DURANTE EL MES DE OCTUBRE.

Sábado 4 de octubre: Taller de Periodistas "Manejo de la información en caso de emergencias".

Lugar: Centro Empresarial de Compensar Sala A

Hora: 8:00 am-12:00 m.

Lunes 6 de octubre: Primer Encuentro Distrital de Instituciones Educativas con Experiencias en Prevención de Desastres.

Lugar: Centro Empresarial de Compensar Auditorio1.1

Hora: 8:00 am-6:00 pm.

Jueves 9 de octubre: Reunión preliminar sectorial con Empresas de Servicios Públicos autoridades ambientales y DAPD, sobre la incorporación del riesgo en la planificación.

Lugar: Centro Empresarial de Compensar

Hora: 7:00 am-11:00 am.

Viernes 10 de Octubre: Reunión preliminar de universidades y Centros de Investigación en torno al tema de la incorporación de la Gestión del Riesgo en la educación superior (Desayuno de Trabajo)

Lugar: Club Campestre CAFAM km. 14 Autopista Norte.

Hora: 7:30 am-6:00 pm.

16 al 9 de octubre: Ejercicio de simulación y simulacro sobre estructuras colapsadas en la ciudad. Con la participación de grupos de rescate extranjeros y de algunas ciudades del país.

Lugar: CORFERIAS

Hora: Según programación de cada ejercicio.