RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

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Jurídica Distrital

Documento de Relatoría: Doctrina Distrital

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DOCTRINA DISTRITAL
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Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
28160 de 2001   INMUEBLES - Amenaza de Ruina 
Se considera que el dueño de cualquier construcción está obligado a mantenerla en buen estado y a evitar su caída, pues si esta llega a producirse por la falta de las reparaciones necesarias o por otro descuido o imprudencia imputable, debe este resarcir los daños que tal ruina ocasiona a terceros. 
2001-07-19 
9 de 2002   OFICINA DE INSTRUMENTOS PUBLICOS - Copias y Certificaciones 
Cuando un agente especial designado por el Alcalde Mayor para la gestión de procesos concordatarios y liquidatorios solicita certificados o copias de los documentos que reposan en las oficinas de instrumentos públicos lo hace en las mismas condiciones en que lo hace un juez, por tal razón no tiene por que pagar suma alguna. 
2002-02-20 
21 de 2002   SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. - Subsecretaria de Control de Vivienda 
La Dirección de procesos concordatarios tramitó un permiso de captación solicitado por la Organización Nacional de Vivienda, para desarrollar un proyecto de vivienda, frente al cual la administración debe informar el estado actual y fecha probable de la decisión ya que no se encuentran vencidos los términos para surtir el trámite.  
2002-04-09 
58 de 2003   AGENTE ESPECIAL - Facultades 
No se requiere autorización del Alcalde Mayor o de la Secretaria General para el trámite de liquidación de negocios y enajenación de bienes muebles e inmuebles por parte de un agente especial; sin perjuicio de la asesoría y control que le corresponde ejercer sobre las actividades que ellos desarrollan según el Decreto 1083 de 1997.  
2003-03-18 
72 de 2003   SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. - Subsecretaria de Control de Vivienda 
La Resolución en la cual la Superintendencia de Sociedades inspecciona y vigila actividades de enajenación de inmuebles destinados a vivienda, amplió la toma de posesión de los negocios, bienes y haberes, está vigente y su legalidad ha sido avalada por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativa a través de sentencia. 
2003-07-11 
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