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Resolución 161 de 2021 Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático - IDIGER

Fecha de Expedición:
23/06/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/06/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital 7174 del 30 de junio de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 161 DE 2021

 

(Junio 23)

 

Por medio de la cual se adiciona y desagrega por rubro presupuestal y fuente de financiación recursos incorporados por la Junta Directiva del FONDIGER mediante Acuerdo N° 005 de 2021

 

EL DIRECTOR DEL INSTITUTO DISTRITAL DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMÁTICO – IDIGER

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Parágrafo del Artículo 12 del Acuerdo Distrital 546 de 2013, el Numeral 3 del Artículo 7° del Decreto Distrital 173 de 2014, el Artículo 3° y Numeral 5° del Artículo 4° del Decreto 174 de 2014, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 1523 de 2012 en su Artículo 54 ordena que las entidades territoriales constituyan “sus propios fondos de gestión del riesgo bajo el esquema del Fondo Nacional, como cuentas especiales con autonomía técnica y financiera, con el propósito de invertir, destinar y ejecutar sus recursos en la adopción de medidas de conocimiento y reducción del riesgo de desastre, preparación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción”; además, en el parágrafo de dicha norma establece que los recursos “serán de carácter acumulativo y no podrán en ningún caso ser retirados del mismo, por motivos diferentes a la gestión del riesgo. En todo caso el monto de los recursos deberá guardar coherencia con los niveles de riesgo de desastre que enfrenta el departamento, distrito o municipio (…)”.

 

Que el Acuerdo Distrital 546 de 2013 “Por el cual se transforma el Sistema Distrital de Prevención y Atención de Emergencias -SDPAE-, en el Sistema Distrital de Gestión de Riesgo y Cambio Climático-SDGR-CC, se actualizan sus instancias, se crea el Fondo Distrital para la Gestión de Riesgo y Cambio Climático “FONDIGER” y se dictan otras disposiciones” , a través del Artículo 12 “(…) crea el Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá, D.C., - FONDIGER - como una cuenta especial del Distrito Capital, con independencia patrimonial, administrativa, financiera, contable y estadística, como lo establece el Decreto Ley 1421 de 1993 y la Ley, administrado por el IDIGER, sin personería jurídica para el cumplimiento del objeto y alcance del SDGRCC” y establece en su parágrafo que “La ordenación del gasto y representación del FONDIGER, estará a cargo del Director General del IDIGER”.

 

Que el Decreto Distrital 174 de 2014 en su Artículo 4 Numeral 5 establece como función del Director General del IDIGER: “Garantizar el desarrollo de las actividades administrativas, financieras, contables, jurídicas y estadísticas, para el seguimiento y control a la ejecución de los recursos del FONDIGER”.

 

Que el Alcalde Mayor de Bogotá expidió el Decreto Distrital 837 de 2018 “Por medio del cual se adopta el Plan Distrital de Gestión del Riesgo de Desastres y del Cambio Climático para Bogotá D.C., 2018-2030”.

 

Que mediante Acuerdo 005 del 22 de junio del 2021 “Por medio del cual se aprueba la incorporación, se distribuyen y asignan recursos de donaciones y rendimientos financieros, en el presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C. - FONDIGER 2021.”

 

Que conforme a los Artículo 1 y 2 del Acuerdo 005 de 2021 se aprobó la incorporación en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C. - FONDIGER 2021 por valor de DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS DIECISÉIS MIL TRESCIENTOS NUEVE PESOS M/CTE ($2.998.416.309), los cuales se requiere adicionar al presupuesto del FONDIGER 2021, de acuerdo con la siguiente distribución:

 

- Por concepto de donaciones, la suma de TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($398.258.099).

 

- Por concepto de rendimientos financieros generados por las cuentas de FONDIGER, con corte al 30 de abril de 2021, la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS DIEZ PESOS M/CTE ($497.158.210).

 

- Por concepto de devolución de recursos no ejecutados por la UAESP, transferidos en el marco de la calamidad pública decretada por Decreto 087 de 2020 y prorrogada por el Decreto 192 de 2020, que tenían como objeto brindar apoyo en la ampliación de las capacidades de los hornos crematorios en el marco de la actividad “2.6. Ampliación de la capacidad de cremación” incluida en el Plan de Acción Específico con ocasión del COVID 19, por valor de DOS MIL CIENTO TRES MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.103.000.000)

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Adicionar y desagregar por rubro presupuestal y fuente de financiación el presupuesto de gastos e inversión del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgo y Cambio Climático-FONDIGER 2021, por valor de DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS DIECISÉIS MIL TRESCIENTOS NUEVE PESOS M/CTE ($2.998.416.309), como se muestra a continuación:

 

 

Artículo 2. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y debe ser publicada en la Gaceta de Imprenta Distrital.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de junio del año 2021

 

GUILLERMO ESCOBAR CASTRO

 

Director General Representante Legal FONDIGER