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Resolución Reglamentaria 027 de 2021 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
14/10/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/10/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7265 del 22 de octubre de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 027 DE 2021

 

(Octubre 14)

 

Por la cual se adopta la nueva versión de los procedimientos y documentos relacionados con el Proceso Estudios de Economía y Política Pública–PEEPP- de la Contraloría de Bogotá, D.C. y se dictan otras disposiciones

 

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.

 

En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 658 de 2016, modificado por el Acuerdo Distrital 664 de 2017, expedidos por el Concejo de Bogotá, D.C. y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en cumplimiento del artículo 269 Constitucional [1] en las entidades públicas es obligación de las autoridades correspondientes, diseñar y aplicar métodos y procedimientos de control interno, según la naturaleza de sus funciones, de conformidad con lo que disponga la ley.

 

Que según los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993, se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional, la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos, así como la simplificación y actualización de normas.

 

Que el Acuerdo Distrital 658 de 2016, regula en el artículo 6 la autonomía administrativa, en virtud de la cual, corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y los Acuerdos vigentes.

 

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 038 del 8 de octubre de 2018[2], se adoptó la nueva versión del Modelo Estándar de Control Interno MECI en la Contraloría de Bogotá D.C., con el fin de incorporar la estructura definida en la Dimensión No. 7 Control Interno del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión –MIPG.

 

Que mediante la Resolución Reglamentaria No. 040 del 22 de diciembre de 2017, se adoptó la nueva versión de los procedimientos y documentos relacionados con el Proceso de Estudios de Economía y Política Pública, la cual ha sido modificada parcialmente por las Resoluciones Reglamentarias Nos. 021 del 19 de abril[3], 027 del 21 de junio[4], 032 del 25 de julio de 2019[5] y 005 del 25 de febrero de 2021.

 

Que en el proceso de simplificación y actualización de los procedimientos adelantado por el Equipo de Gestores del Proceso de Estudios de Economía y Política Pública[6] se consideró pertinente unificar las actividades contenidas en los citados actos administrativos, en un solo procedimiento para todos los informes obligatorios excluyendo el Procedimiento para Elaborar el Dictamen a los Estados Contables Consolidados del Sector Público Distrital, Gobierno y Bogotá D.C., PEEPP-07 Versión 11.0; así mismo, integrar el PEEPP-04 Procedimiento para la Elaboración de Estudios Estructurales Versión 8.0 y el PEEPP-14 Procedimiento para la Evaluación de las Políticas Públicas Distritales, versión 3.0.

 

Que los Procedimientos PEEPP-04 Elaboración de Estudios Estructurales versión 8.0 y PEEPP-14 Evaluación de las Políticas Públicas Distritales, Versión 3.0, se integran en el Procedimiento denominado PEEPP-04 Elaboración de Estudios Estructurales Versión 9.0.

 

Que en consecuencia, se hace necesario suprimir los siguientes procedimientos del Proceso de Estudios de Economía y Política Pública: PEEPP-08, Elaboración del informe de deuda pública, estado de tesorería e inversiones financieras del Distrito Capital, trimestral y anual versión 5.0, PEEPP-09 Elaboración del informe del balance social de las políticas públicas del D.C. versión 8.0, PEEPP-10 Procedimiento para elaborar el informe sobre el estado de los recursos naturales y del ambiente de Bogotá D.C. versión 10.0, PEEPP-11 Evaluación de los resultados de la gestión fiscal y del plan de desarrollo de la Administración Distrital, versión 8.0, PEEPP-14 Evaluación de las políticas públicas distritales, versión 3.0, y adoptar las nuevas versiones de los documentos y procedimientos relacionados con el Proceso de Estudios de Economía y Política Pública, al haberse incorporado a las nuevas versiones de los procedimientos antes referidos.

 

En mérito de lo anterior, el Contralor de Bogotá D.C.,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Suprimir los siguientes procedimientos del Proceso de Estudios de Economía y Política Pública PEEPP:

 

N°

DOCUMENTO

CÓDIGO

VERSIÓN

1

Procedimiento para la elaboración del informe de deuda pública, estado de tesorería e inversiones financieras del Distrito Capital, trimestral y anual

PEEPP-08

5.0

2

Procedimiento para la elaboración del informe del balance social de las políticas públicas del D.C.

PEEPP-09

8.0

3

Procedimiento para elaborar el informe sobre el estado de los recursos naturales y del ambiente de Bogotá D.C.

PEEPP-10

10.0

4

Procedimiento para la elaboración del informe: “Evaluación de los resultados de la gestión fiscal y del plan de desarrollo de la Administración Distrital"

PEEPP-11

8.0

5

Procedimiento para la evaluación fiscal de políticas públicas distritales.

PEEPP-14

3.0

 

Artículo 2. Adoptar la nueva versión de los siguientes procedimientos relacionados con el Proceso de Estudios de Economía y Política Pública:

 

N°.

DOCUMENTO

CÓDIGO

VERSIÓN

1

Caracterización del producto (informes obligatorios, estudios estructurales y pronunciamientos)

PEEPP-02

8.0

2

Procedimiento para la elaboración de informes obligatorios

PEEPP-03

8.0

3

Procedimiento para la elaboración de estudios estructurales

PEEPP-04

9.0

4

Procedimiento para la elaboración de pronunciamientos

PEEPP-05

12.0

5

Procedimiento para elaborar el Dictamen a los Estados Financieros Consolidados del Sector Público Distrital, Gobierno y Bogotá D.C.

PEEPP-07

12.0

6

Procedimiento para la elaboración del certificado de registro de deuda pública y reporte del sistema unificado de la deuda “SEUD”

PEEPP-12

8.0

  7

Procedimiento para la elaboración y actualización del mapa de las políticas públicas distritales

PEEPP-13

4.0

8

Procedimiento para la elaboración de diagnósticos sectoriales.

PEEPP-15

4.0

 

Artículo 3. Es responsabilidad de los Directores, Subdirectores, Gerentes y Asesores velar por la administración y divulgación de los procedimientos del Proceso de Estudios de Economía y Política Pública, adoptados.

 

Artículo 4. Aclarado por el art. 2, Resolución Reglamentaria 029 de 2021. <El nuevo texto es el siguiente> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias, en especial las Resoluciones Reglamentarias Nos. 040 del 22 de diciembre de 2017, 027 del 21 de junio de 2019, 032 del 25 de julio de 2019 y 021 del 19 de abril de 2018.


El texto original era el siguiente:

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias, en especial las Resoluciones Reglamentarias Nos. 040 del 22 de diciembre de 2017, 027 del 21 de junio de 2019, 032 del 25 de julio de 2019 y 021 del 19 de abril de 2019. 

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de octubre de 2021.

 

ANDRÉS CASTRO FRANCO

 

Contralor de Bogotá D.C.

 

NOTAS DE PIE DE PÁGINA:



[1] Adicionalmente, el inciso sexto del artículo 272 de la Constitución Política de Colombia establece que, “los contralores departamentales, distritales y municipales ejercerán, en el ámbito de su jurisdicción, las funciones atribuidas al Contralor General de la República en el artículo 268 en lo que sea pertinente, según los principios de coordinación, concurrencia y subsidiaridad. El control ejercido por la Contraloría General de la República será preferente en los términos que defina la ley”.

[2] En cumplimiento del artículo 5 del Decreto Nacional 1499 del 11 de septiembre de 2017 modificatorio del Decreto 1083 de 2015 – Decreto Único Reglamentario del Sector de la Función Pública

[3] Adoptando la nueva versión del PEEPP-15 Procedimiento para la elaboración del diagnóstico sectorial Versión 4.0.

[4] Con la cual se adoptó la nueva versión del PEEPP-07 Procedimiento para elaborar el Dictamen a los Estados Financieros Consolidados del Sector Público Distrital, Gobierno y Bogotá D.C., versión 11.0.

[5] Por la cual, se adoptó la nueva versión del documento PEEPP-01 Caracterización del producto (informes obligatorios, estudio estructurales y pronunciamientos), versión 7.0.

[6] Donde se concluyó: “Que resultado de la revisión y actualización, se observó que los procedimientos: PEEPP-03 Elaboración de Informes Obligatorios versión 7.0, PEEPP-08 Elaboración del informe de deuda pública, estado de tesorería e inversiones financieras del Distrito Capital, trimestral y anual versión 5.0, PEEPP-09 Elaboración del informe del balance social de las políticas públicas del D.C. versión 8.0, PEEPP-10 Procedimiento para elaborar el informe sobre el estado de los recursos naturales y del ambiente de Bogotá D.C. versión 10.0, PEEPP-11 Evaluación de los resultados de la gestión fiscal y del plan de desarrollo de la Administración Distrital, versión 8.0; contienen actividades similares que pueden integrarse en un solo procedimiento denominado PEEPP-03 Procedimiento para la elaboración de Informes Obligatorios, código Versión 8.0.”

 

NOTA: Ver Anexos.