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RESOLUCIÓN 795 DE 2021
(Noviembre 16)
Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital del Hábitat y se dictan otras disposiciones
LA SECRETARIA DISTRITAL DEL HÁBITAT
En ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 32 del Decreto Ley 785 de 2005[1], el artículo 2.2.2.6.1. del Decreto 1083 de 2015[2], el artículo 1, numeral 9 del Decreto Distrital 101 de 2004[3], y. y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política, en su artículo 122 establece que: “No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente”.
Que la Ley 909 de 2004 establece que es función de las unidades de personal o quien haga sus veces:
“c) Elaborar los proyectos de plantas de personal, así como los manuales de funciones y requisitos, de conformidad con las normas vigentes (…)”.
Que el Decreto Nacional 785 de 2005, en su artículo 28 dispone:
“ARTÍCULO 28. Obligatoriedad de las competencias laborales y de los requisitos para el ejercicio de los empleos. De acuerdo con los criterios impartidos en el presente decreto para identificar las competencias laborales y con la reglamentación que para el efecto expida el Gobierno Nacional, las autoridades competentes al elaborar los manuales específicos de funciones y requisitos, deberán señalar las competencias para los empleos que conforman su planta de personal
ARTÍCULO 32. Expedición. La adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuará mediante acto administrativo de la autoridad competente con sujeción a las disposiciones del presente decreto.
El establecimiento de las plantas de personal y las modificaciones a estas requerirán, en todo caso, de la presentación del respectivo proyecto de manual específico de funciones y de requisitos”.
Corresponde a la unidad de personal de cada organismo o a la que haga sus veces, adelantar los estudios para la elaboración, actualización, modificación o adición del manual de funciones y de requisitos y velar por el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto”.
Que el artículo 2.2.2.6.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015, establece:
“(…) Expedición. Los organismos y entidades a los cuales se refiere el presente Título expedirán el manual específico de funciones y de competencias laborales describiendo las funciones que correspondan a los empleos de la planta de personal y determinando los requisitos exigidos para su ejercicio.
La adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo o entidad, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el presente Título.
Corresponde a la unidad de personal, o a la que haga sus veces, en cada organismo o entidad, adelantar los estudios para la elaboración, actualización, modificación o adición del manual de funciones y de competencias laborales y velar por el cumplimiento de las disposiciones aquí previstas (…)”.
Que por disposición del Decreto 815 de 2018, artículo 2.2.4.10, los manuales específicos de funciones y de competencias laborales deben incluir: el contenido funcional de los empleos, las competencias comunes a los empleados públicos y las comportamentales, de acuerdo con lo previsto en los artículos 2.2.4.7 y 2.2.4.8 del Título IV, las competencias funcionales y los requisitos de estudio y experiencia.
Que mediante Decreto Distrital 457 del 12 de noviembre de 2021 se creó la Oficina de Control Disciplinario Interno en la estructura organizacional de la Secretaría Distrital del Hábitat y a través del Decreto Distrital 458 del 12 de noviembre de 2021, se creó el empleo de Jefe de Oficina de Control Disciplinario Interno de la planta global de la Secretaría Distrital del Hábitat.
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio radicado no. 2021EE05866 fechado el 31 de agosto de 2021, emitió concepto técnico favorable para la adición del Manual de Funciones y Competencias Laborales de la Secretaría Distrital del Hábitat.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Modificar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Secretaria Distrital del Hábitat, adoptado mediante Resolución No. 007 de 2020, adicionando la ficha del empleo que se indica a continuación:
JEFE DE OFICINA CÓDIGO 006 GRADO 05
Artículo 2. Modificar, en el sentido de suprimir de las funciones asignadas al empleo que se identifica a continuación, la función 10 de la Resolución 007 del 09 de enero de 2020 relacionada con el ejercicio de la función disciplinaria. La ficha el empleo señalada quedará de la siguiente manera:
SUBSECRETARIO DE DESPACHO CÓDIGO 045 - GRADO 08
Artículo 3. El empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 18 con funciones de Control Interno Disciplinario, quedará ejerciendo las mismas funciones adscrito a la Oficina de Control Disciplinario Interno.
PROFESIONAL UNIVERSITARIO CÓDIGO 219 GRADO 18
Artículo 4. En los casos en los cuales, para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, la posesión de grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las leyes o en sus reglamentos, no podrán ser compensados por experiencia u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan.
Artículo 5. La presente Resolución rige a partir de su refrendación por parte del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y modifica en lo pertinente la Resolución No. 007 del 9 de enero de 2020
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 16 días del mes de noviembre del año 2021.
NADYA MILENA RANGEL RADA
SECRETARIA DISTRITAL DE HÁBITAT
Refrendado por:
NIDIA ROCÍO VARGAS
DIRECTORA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL
19 DE NOVIEMBRE DE 2021
NOTAS DE PIE DE PAGINA: [1] Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación y de funciones y requisitos generales de los empleos de las entidades territoriales que se regulan por las disposiciones de la Ley 909 de 2004 y reglamentado por el Decreto 1083 de 2015. [2] Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública. [3] Por el cual se establecen unas asignaciones en materia de personal a los organismos del sector central de la Administración Distrital. |