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Decreto 457 de 2021 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
12/11/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/11/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No.7287 del 12 de noviembre de 2021
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 457 DE 2021

 

(Noviembre de 12)

 

Por medio del cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital del Hábitat y se dictan otras disposiciones

 

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política, los numerales 6 y 9 del artículo 38 y el inciso 2º del artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,


Ver Decreto Distrital 472 de 2022.

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Acuerdo 257 del 30 de noviembre de 2006, expedido por el Concejo de Bogotá, “Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los Organismos y de las Entidades de Bogotá D.C., y se dictan otras disposiciones”, en su artículo 112 creó la Secretaría Distrital de Hábitat y en su artículo 114 estableció a esta entidad como cabeza del sector Hábitat.

 

Que mediante el Decreto Distrital 121 de 2008, modificado por los Decretos Distritales 578 de 2011 y 535 de 2016, se adoptó la estructura organizacional de la Secretaría Distrital del Hábitat.

 

Que el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, “Por la cual se expide el Código Disciplinario Único”, establece que “Toda entidad u organismo del Estado, con excepción de las competencias de los Consejos Superior y Seccionales de la Judicatura, deberá organizar una unidad u oficina del más alto nivel, cuya estructura jerárquica permita preservar la garantía de la doble instancia, encargada de conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra sus servidores. (…) En todo caso, la segunda instancia será de competencia del nominador, salvo disposición legal en contrario. (…)”.

 

Que mediante la Ley 1952 de 2019, “Por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario, se derogan la Ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario”, se propone un cambio en la estructura de las oficinas de control interno de las entidades u organismos del estado.

 

Que el artículo 93 de la mencionada ley, modificado por el artículo 14 de la Ley 2094 de 2021, establece:

 

“Toda entidad u organismo del Estado, con excepción de las competencias de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y las Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial, debe organizar una unidad u oficina del más alto nivel encargada de conocer los procesos disciplinarios que se adelanten contra sus servidores.”

 

Que aun cuando, lo previsto en la Ley 1952 de 2019 y Ley 2094 de 2021, no ha entrado en vigencia, se hace necesario avanzar en la implementación de los ajustes organizacionales respectivos para atender la previsión normativa descrita en precedencia.

 

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio radicado No. 2021EE5866 O1, fechado el 31 de agosto de 2021, emitió concepto técnico favorable para la modificación de la estructura organizacional de la Secretaría Distrital del Hábitat, contenida en el Decreto Distrital 121 de 2008, modificado por el Decreto Distrital 578 de 2011 y el Decreto Distrital 535 de 2016, en el sentido de crear la Oficina de Control Disciplinario Interno y establecer sus funciones, así como modificar la denominación y las funciones asignadas a la Subsecretaría de Gestión Corporativa y Control Interno Disciplinario.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Modifíquese el artículo 4° del Decreto Distrital 121 de 2008, modificado por artículo 3 del Decreto Distrital 535 de 2016, el cual quedará así:

 

Artículo 4°. Estructura organizacional. Para el desarrollo de su objete, la Secretaría Distrital del Hábitat tendrá la siguiente estructura organizacional:

 

1. Despacho de la Secretaría

 

1.1. Oficina Asesora de Comunicaciones

 

1.2. Oficina de Control Disciplinario Interno

 

2. Subsecretaría de Planeación y Política

 

2.1. Subdirección de Información Sectorial

 

2.2. Subdirección de Gestión del Suelo

 

2.3. Subdirección de Programas y Proyectos

 

2.4. Subdirección de Servicios Públicos

 

3. Subsecretaría de Gestión Financiera

 

3.1. Subdirección de Recursos Públicos

 

3.2. Subdirección de Recursos Privados

 

4. Subsecretaría de Coordinación Operativa

 

4.1. Subdirección de Apoyo a la Construcción

 

4.2. Subdirección de Barrios

 

4.3. Subdirección de Operaciones

 

4.4. Subdirección de Participación y Relaciones con la Comunidad

 

5. Subsecretaría de Inspección, Vigilancia y Control de Vivienda

 

5.1. Subdirección de Prevención y Seguimiento

 

5.2. Subdirección de Investigaciones y Control de Vivienda

 

6. Subsecretaría Jurídica

 

7. Subsecretaría de Gestión Corporativa

7.1. Subdirección Financiera

 

7.2. Subdirección Administrativa.”

 

Artículo 2. Adiciónese al Decreto Distrital 121 de 2008, modificado por el Decreto Distrital 535 de 2016 el siguiente artículo:

 

Artículo 6A. Oficina de Control Disciplinario Interno. Son funciones de la Oficina de Control Disciplinario Interno las siguientes:

 

a. Adelantar la indagación preliminar, la investigación formal y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios contra los/as servidores/as y ex servidores/as de la Secretaría Distrital del Hábitat, de conformidad con el Código General Disciplinario o aquella norma que lo modifique o sustituya y las demás disposiciones vigentes sobre la materia.

 

b. Mantener actualizada la información de los procesos disciplinarios de la Secretaría Distrital del Hábitat, en el Sistema de Información Disciplinaria Distrital o el que haga sus veces, y fijar procedimientos operativos disciplinarios acorde con las pautas señaladas por la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios de la Secretaría Jurídica Distrital.

 

c. Efectuar el seguimiento a la ejecución de las sanciones que se impongan a los servidores(as) y exservidores (as) públicos (as) de la Entidad, de manera oportuna y eficaz.

 

d. Orientar y capacitar a los servidores (as) públicos (as) del organismo en la prevención de acciones disciplinarias en aplicación de las políticas que en materia disciplinaria se expidan por parte de la Secretaría Jurídica Distrital.

 

e. Surtir el proceso de notificación y/o comunicación y organización documental de los expedientes disciplinarios en los términos y forma establecida en la normatividad disciplinaria vigente.

 

f. Atender las peticiones y requerimientos relacionados con asuntos de su competencia, de manera oportuna y eficaz.

 

g. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. “

 

Artículo 3.  Modifíquese el artículo 24° del Decreto Distrital 121 de 2008, modificado por el artículo 4º del Decreto Distrital 535 de 2016, el cual quedará así:

 

Artículo 24°. Subsecretaría de Gestión Corporativa. Son funciones de la Subsecretaría de Gestión Corporativa, las siguientes:

 

a. Dirigir, coordinar y evaluar el cumplimiento de las funciones propias de las dependencias a su cargo buscando garantizar que las mismas contribuyan de manera efectiva al logro de los objetivos fijados en el Plan Estratégico y en los Planes Operativos de la entidad.

 

b. Adoptar los instructivos, metodologías e instrumentos que permitan garantizar que los procesos contables, la elaboración y presentación de balances e informes financieros de la Secretaría se haga de conformidad con las normas que regulan la materia y en forma tal que faciliten las tareas a cargo de las autoridades hacendarías, de planeación y de los organismos de control.

 

c. Formular en coordinación con el Despacho de la Secretaría de Hábitat, las políticas, planes y programas tendientes a garantizar que el recurso humano al servicio de la entidad cuente con las condiciones en materia de capacitación, dotación, bienestar, incentivos al buen desempeño y salud ocupacional que le permita contribuir de manera eficaz al cumplimiento de las funciones de la Secretaría y al logro de los objetivos definidos en el Plan Estratégico de la entidad.

 

d. Dirigir y adelantar la formulación, implementación y evaluación de los planes, programas, proyectos y/o estrategias institucionales de administración del talento humano de la entidad, en todos sus aspectos, de acuerdo con la normatividad vigente que regula la materia.

 

e. Dirigir la implementación y sostenibilidad del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, en el marco del Sistema Integrado de Gestión.

 

f. Promover el desarrollo favorable del clima organizacional de la entidad, con el fin de mejorar la calidad de vida laboral de los servidores públicos y la prestación del servicio conforme a las políticas institucionales.

 

g. Dirigir las acciones tendientes a fortalecer la cultura organizacional de la Entidad, de acuerdo con las políticas institucionales y la normatividad vigente.

 

h. Definir y ejecutar los procedimientos relacionados con la vinculación, permanencia y retiro de servidores públicos, conforme a las políticas de la entidad y la normatividad vigente.

 

i. Dirigir, orientar y vigilar la aplicación de normas y políticas en materia de contratación administrativa en todas las etapas del proceso.

 

j. Dirigir y coordinar la elaboración y ejecución del Plan Anual de Compras, de

acuerdo con las necesidades de la Secretaría de Hábitat.

 

k. Coordinar y responder por los procesos de selección de proponentes, la celebración, ejecución y liquidación de los contratos, convenios interadministrativos y de cooperación con el fin de garantizar que estos se ajusten al marco legal de contratación y a los planes, programas y proyectos de la Secretaría de Hábitat.

 

l. Dirigir el proceso de ordenación de pagos por concepto de gastos de personal, gastos generales y de inversión, de conformidad con los procedimientos establecidos para tal fin.

 

m. Garantizar la implementación, funcionamiento y calidad de los sistemas de información relacionados con trámites y prestación de servicios al ciudadano.

 

n. Expedir y autenticar las copias de los documentos que reposen en los archivos de la Subsecretaría de Coordinación Operativa y de las demás dependencias de la Secretaría, salvo lo dispuesto en el literal m) del artículo 20 y el literal p) del artículo 23 del presente decreto.

 

o. Orientar y supervisar el funcionamiento del Sistema de Quejas y Soluciones de la Secretaría y monitorear la gestión de las dependencias en la recepción y solución de quejas, reclamos, sugerencias y solicitudes de información y/o trámite y presentar los informes evaluativos y las recomendaciones pertinentes.

 

p. Diseñar políticas para el desarrollo de estrategias de racionalización del gasto en la Secretaría y velar por su efectiva aplicación.


q. Adoptar las políticas en materia de producción y manejo documental en la Secretaría y de administración del archivo de la entidad, de acuerdo con las políticas definidas por el Archivo Distrital.

 

r. Asesorar y apoyar a la Secretaría en materia de tecnología informática para el cumplimiento de la misión y objetivos institucionales, con el fin de garantizar la disponibilidad y seguridad de la informción.” (Sic.)

 

Artículo 4. Comunicar el contenido del presente Decreto Distrital al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

Artículo 5. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto Distrital 121 de 2008, modificado por el Decreto Distrital 535 de 2016.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de noviembre del año 2021.

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor

 

NADYA MILENA RANGEL RADA

 

Secretaria Distrital del Hábitat

 

NIDIA ROCÍO VARGAS

 

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital