Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 946 de 2021 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

Fecha de Expedición:
16/12/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/12/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7316 del 17 de diciembre de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DES-MN-01-FR-05

RESOLUCIÓN 946 DE 2021

 

(Diciembre 16)

 

Por la que se modifica el artículo 3 de la Resolución N° 977 de 2020 “Por la cual  se conforma el Comité Institucional de Información, Tecnologías y Gestión del Conocimiento de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

EL SECRETARIO DE DESPACHO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 257 de 2006 y el Decreto Distrital No. 340 de 2020

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones

 

Que el artículo 211 de la Constitución Política señala que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar sus funciones en sus subalternos o en otras autoridades administrativas.

 

Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, de conformidad con el artículo 211 de la Constitución Política, prevé que las autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación transferir el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines y complementarias, así como la atención y decisión de los asuntos a ellos conferidos por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente.

 

Que conforme al artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 "Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones" las autoridades administrativas  del Distrito Capital podrán delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias.

 

Que por disposición del artículo 91 del mencionado Acuerdo  el Instituto Distrital de Cultura y Turismo se transformó en  la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, como un organismo del Sector Central con autonomía administrativa y financiera, que tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil.

 

El Decreto Distrital 340 de 31 de diciembre de 2020, “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones” estableció en su artículo 4 la Estructura Organizacional, para el desarrollo de su objeto y funciones

 

Que este despacho expidió la Resolución 977 de 2020 “Por la cual  se conforma el Comité Institucional de Información, Tecnologías y Gestión del Conocimiento de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”, en su artículo primero se creo el Comité Institucional de Información, Tecnologías y Gestión del Conocimiento de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, como una instancia asesora.

 

Que su finalidad es la definición coordinada de acciones, estrategias y políticas en materia de sistemas de información, gestión de información y conocimiento, tecnología y conectividad de la Secretaría de Cultura Recreación y Deporte y de sus entidades adscritas y vinculada, con la comunidad, con el propósito de integrar herramientas de gestión pública sectorial, que faciliten el acceso a la información y la toma de decisiones.

 

Que el artículo tercero estableció la integración cuya presidencia se encuentra en cabeza del Secretario de despacho o su delegado.

 

Que teniendo en cuenta que dentro de la estructura actual la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, conformó la Oficina de Tecnologías de la Información, cuyas funciones se encuentran consagradas en el artículo 11 del mencionado Decreto Distrital 340 de 2020, a saber: “a. Dirigir las tecnologías de la información y las comunicaciones de la Secretaría mediante la definición, implementación, ejecución, seguimiento y divulgación de un Plan Estratégico de Tecnología y Sistemas de Información (PETI). b. Definir, implementar y mantener la arquitectura empresarial de la Secretaría, en virtud de las definiciones y lineamientos establecidos en el marco de referencia de arquitectura empresarial para la gestión de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) del Estado. c. Desarrollar y actualizar los lineamientos en materia tecnológica, necesarios para definir políticas, estrategias y prácticas que habiliten la gestión de la entidad en beneficio de la prestación efectiva de sus servicios. d. Adelantar acciones que faciliten la coordinación y articulación en materia de integración e interoperabilidad de información y servicios, creando sinergias y optimizando los recursos para coadyuvar en la prestación de mejores servicios al ciudadano. e. Identificar oportunidades para adoptar nuevas tendencias tecnológicas que generen impacto en el desarrollo del sector y de la ciudad. f. Proponer e implementar acciones para impulsar la estrategia de gobierno abierto mediante la habilitación de mecanismos de interoperabilidad y apertura de datos que faciliten la participación, transparencia y colaboración en el Estado. g. Liderar el desarrollo, implementación y mantenimiento de los sistemas de información y servicios digitales de la entidad en virtud de lo establecido en el Plan Estratégico de Tecnologías de la información y Comunicaciones, así como las necesidades de información de los servicios al ciudadano y grupos de interés. h. Propender y facilitar el uso y apropiación de las tecnologías, los sistemas de información y los servicios digitales por parte de los servidores públicos, los ciudadanos y los grupos de interés de la Secretaría. i. Diseñar, desarrollar, implementar y controlar el Modelo de Seguridad Digital de la Secretaría, siguiendo los lineamientos del Plan Estratégico de Tecnología de la Información y las políticas del gobierno nacional. j. Liderar la gestión, seguimiento y control de la ejecución de recursos financieros asociados al portafolio de proyectos y servicios definidos en el plan estratégico de Tecnologías y Sistemas de información. k. Liderar los procesos de adquisición de bienes y servicios de tecnología, mediante la definición de criterios de optimización y métodos que direccionen la toma de decisiones de inversión en tecnologías de la información buscando el beneficio económico y de los servicios de la entidad. l. Administrar y soportar la infraestructura tecnológica de la Secretaría, incluyendo la plataforma de seguridad, redes y comunicaciones. m. Desarrollar estrategias de gestión de información para garantizar la pertinencia, calidad, oportunidad, seguridad e intercambio, con el fin de lograr un flujo eficiente de información disponible para el uso en la gestión y la toma de decisiones en la entidad y/o sector. n. Liderar y participar en las políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG que le sean asignadas. o. Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia”. 

 

Que en atención a las funciones de la Oficina de Tecnologías de la Información se modificará en artículo tercero de la Resolución 977 de 2020, en el sentido de delegar la participación del Señor Secretario en cabeza del (la) Jefe  de dicha Oficina, igualmente se ajustarán los nombres de las dependencias de acuerdo con la estructura de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, dada en el Decreto Distrital 340 de 2020.

 

Que en merito de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

Artículo 1. Modificar el artículo 3 de la Resolución 977 de 2020, el cual quedará así, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva del presente acto:

 

“Artículo tercero: El Comité Institucional y Sectorial de Información, Tecnologías y Gestión del Conocimiento de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte se integra de la siguiente manera:


1. El (la) Secretario (a) de Despacho o su delegado que será el (la) Jefe de la Oficina  de Tecnologías de la información, quién lo preside.


2. El (la) Subsecretario (a) de Gobernanza o su delegado.


3. El (la) Subsecretario (a) Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento  o su delegado que será el (la) Director (a) del Observatorio y Gestión del Conocimiento Cultural  de Cultura Ciudadana.


4. El (la) Jefe de la Oficina Asesora de Planeación.


5. El (la) Director (a) de Arte, Cultura y Patrimonio.


6. El (la) Director (a) de Lectura y Bibliotecas.


7. El (la) Director (a) de Gestión Corporativa.


8. El (la) Jefe de la Oficina Asesora de Comunicaciones.


9. El Coordinador del Grupo del Grupo Interno de Trabajo de Infraestructura y Sistemas de Información.

 

Parágrafo Primero. Cuando lo considere pertinente, según los temas a tratar en el orden del día, el Comité invitará a los Directores (as) de cada una de las entidades adscritas y vinculadas a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte o sus delegados. .

 

Parágrafo Segundo. El comité podrá invitar a servidores públicos, contratistas y asesores para apoyar sus deliberaciones cuando así lo considere.”

 

Artículo 2: Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, solicitar la publicación del presente acto administrativo en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal.

 

Artículo 3: Ordenar a la Oficina Asesora de Comunicaciones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte publicar el contenido del presente acto administrativo en la intranet y en la página web de la entidad.

 

Artículo 4: Las demás disposiciones de la Resolución Interna 977 de 2010(sic), que no fueron modificadas en este acto administrativo, continúan vigentes.

 

Artículo 5: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, a los 16 días de diciembre de 2021.

 

NICOLÁS FRANCISCO MONTERO DOMÍNGUEZ

 

Secretario de Despacho