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ACUERDO 003 DE 2022
(Mayo 13)
Por el cual se delega en el Director General una función propia de la Junta Directiva del Instituto Distrital de la Participación y Acción comunal
LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE LA PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNAL – IDPAC-,
En ejercicio de las atribuciones legales y en especial las conferidas por los artículos 54 y 55 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 expedido por el Concejo de Bogotá D.C. y,
CONSIDERANDO:
Que el Manual Operativo de Presupuesto Distrital en su numeral 3.2.1. señala que las modificaciones presupuestales están orientadas a Créditos Adicionales, Cancelación de Apropiaciones y Traslados Presupuestales, señalando frente a este último: “En el caso de los traslados presupuestales internos, esto es, operaciones a través de las cuales se modifican saldos de apropiación de rubros presupuestales que pertenecen a un mismo agregado presupuestal, se efectúan mediante Resolución del jefe de la Entidad, cuando se trate de entidades de la Administración Central o por Resolución o Acuerdo de la Junta o Consejo Directivo, cuando se trate de Establecimientos Públicos”. (Subrayado fuera de texto).
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto distrital 192 del 2021 “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos”. (Subrayado fuera de texto).
Que el artículo 55 del Acuerdo 257 de 2006, expedido por el Concejo de Bogotá y el artículo 29 del Acuerdo 001 de 2007 expedido por la Junta Directiva del IDPAC, establece entre otras como función de la Junta Directiva la de “b. Aprobar anualmente los planes, programas y proyectos, y el presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”.
Que el artículo 56 del Acuerdo 257 de 2006, expedido por el Concejo de Bogotá y el artículo 17 del Acuerdo 001 de 2007 expedido por la Junta Directiva del IDPAC, establece como funciones del Director General entre otras las de: a. “Dirigir, coordinar y controlar las actividades de la entidad, en concordancia con las políticas que trace la Junta Directiva y con el objeto del Instituto. (…) i. Presentar a la Junta Directiva, informes sobre la ejecución presupuestal, financiera y de gestión de la entidad. (…) k. Las demás que le señalen los Acuerdos, los Estatutos, el Alcalde o Alcaldesa Mayor y las que refiriéndose a la marcha del Instituto no estén atribuidas expresamente a otra autoridad”.
Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 dispone que “Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.”
Que teniendo en cuenta las regulaciones descritas y dada la necesidad de que la Entidad cuente con la mayor celeridad para efectuar las modificaciones relacionadas con traslados presupuestales internos del presupuesto de rentas e ingresos, gastos e inversiones y de funcionamiento del IDPAC, resulta necesario delegar dicha función en el Director General del Instituto.
Que la Junta Directiva del IDPAC, en sesión llevada a cabo el 16 de mayo de 2022, según consta en el Acta No. 002 del 16 de mayo de 2022, decidió autorizar al Director General del IDPAC para realizar las modificaciones relacionadas con traslados presupuestales internos del presupuesto de rentas e ingresos, gastos e inversiones y de funcionamiento del IDPAC, que no impliquen adición o disminución a los montos aprobados en el Decreto de Liquidación del Presupuesto Distrital.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1. Delegar en el Director General del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal la función de efectuar las modificaciones relacionadas con traslados presupuestales internos del presupuesto de rentas e ingresos, gastos e inversiones y de funcionamiento del IDPAC, que no impliquen adición o disminución a los montos aprobados en el Decreto de Liquidación de Presupuesto del Distrito.
Artículo 2. Comunicar el presente acto administrativo a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Artículo 3. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Dado en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de mayo del año 2022.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
FELIPE EDGARDO JIMÉNEZ ÁNGEL
Presidente de la Junta Directiva
PABLO CÉSAR RODRÍGUEZ
Secretario Técnico - Junta Directiva |