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Resolución Reglamentaria 014 de 2022 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
07/06/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/06/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital N° 7553 del 9 de junio de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 014 DE 2022

 

(Junio 07)

 

Por la cual se adopta el nuevo eslogan de la Contraloría de Bogotá D.C.

 

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Acuerdo Distrital 658 de 2016, modificado parcialmente por el Acuerdo Distrital 664 de 2017, expedidos por el Concejo de Bogotá D.C. y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Contraloría de Bogotá D.C., para la definición de sus políticas y procedimientos, cuenta con las facultades establecidas en el artículo 1 del Acuerdo Distrital 658 de 2016, que lo reconoce como un organismo de carácter técnico con autonomía administrativa y presupuestal que no tendrá funciones administrativas distintas de las inherentes a su propia organización; en el mismo sentido el Acuerdo Distrital 664 de 2017, regula en el artículo 6, la autonomía administrativa, en virtud de la cual le corresponde definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución Política de Colombia y en la legislación vigente.

 

Que conforme a lo establecido en el artículo 35 del Acuerdo Distrital 658 de 2016, expedido por el Concejo de Bogotá D.C., son funciones de la Oficina Asesora de Comunicaciones, entre otras, 1) Diseñar y proponer las políticas de comunicaciones de la Contraloría de Bogotá, D.C. y 2) Asesorar al Contralor de Bogotá, D.C., en materia de imagen corporativa, diseño y divulgación de programas y esquemas de diversos géneros de información para todos los medios de comunicación.

 

Que la Resolución Reglamentaria No. 028 del 8 de diciembre de 2020, adoptó el uso del eslogan institucional de la Contraloría de Bogotá D.C.

 

Que la Resolución Reglamentaria No. 014 del 14 de mayo de 2021, adoptó la nueva versión del Manual de Identidad Institucional, dentro del Proceso de Participación Ciudadana y Comunicación de Partes Interesadas, incluyéndose el uso correcto del eslogan institucional de la Contraloría de Bogotá D.C.

 

Que el 17 de mayo de 2022, el Concejo de Bogotá D.C., eligió y posesionó al Contralor de Bogotá D.C., para el período 2022-2025, motivo por el cual, lo procedente es adoptar el nuevo eslogan institucional “Control fiscal de todos y para todos”. en los documentos e instrumentos de la Contraloría de Bogotá D.C.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Adoptar el nuevo eslogan de la entidad “Control fiscal de todos y para todos”. el cual deberá ser incluido en todas las comunicaciones oficiales internas y externas de la entidad, debajo del logotipo institucional, centrado, en letra arial, cursiva, tamaño 11, sin línea, como se indica a continuación:

 

 

Artículo 2. El pie de página en las comunicaciones oficiales internas y externas, irá centrado, en letra arial, tamaño 11, normal y estará compuesto por la página web de la Contraloría de Bogotá, D.C., la dirección del edificio donde se localiza la sede central de la entidad, el código postal y el PBX, como se indica a continuación:

 

www.contraloriabogota.gov.co

Cra. 32 A No. 26 A 10

Código Postal 111321

PBX 3358888

 

Artículo 3. La presente modificación no generará la realización de erogación presupuestal alguna, imputable al presupuesto de la Contraloría de Bogotá D.C., en razón a la observancia del principio de racionalización del gasto y el uso responsable del papel.

 

Artículo 4. Corresponde a la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones los ajustes necesarios en el aplicativo SIGESPRO, para la producción de las comunicaciones oficiales internas y externas de la entidad; y en los demás documentos que se considere.

 

Artículo 5. La Oficina Asesora de Comunicaciones deberá velar por el cumplimiento de esta disposición, para todos los eventos oficiales que se desarrollen en la entidad.

 

Artículo 6. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución Reglamentaria No. 028 del 8 de diciembre de 2020, y las demás que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 7 días del mes de junio del año 2022.

 

JULIÁN MAURICIO RUIZ RODRÍGUEZ

 

Contralor de Bogotá, D.C.