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Resolución 2193 de 2004 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU - Dirección General

Fecha de Expedición:
01/03/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/03/2004
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3058 de marzo 4 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 2193 DE 2004

(Marzo 1)

Modificada por la Resolución del D.G. IDU 6058 de 2005, Modificada por la Resolución del D.G. IDU 7253 de 2005

"Por la cual se modifica el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos de los diferentes empleos de la planta de personal del Instituto de Desarrollo Urbano de Bogotá D.C - IDU-"

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO DE BOGOTA D.C.,

en ejercicio de sus facultades legales, y en especial las señaladas en el numeral 1º del artículo 17 del Acuerdo 19 de 1972 y en el artículo 9º de la Resolución No. 014 del 5 de noviembre de 1998 de Junta Directiva, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 9º de la Resolución 014 del 5 de noviembre de 1998, expedida por la Junta Directiva del IDU, delegó en el Director General la facultad de expedir y actualizar el manual de funciones.

Que mediante Resolución No. 4726 del 16 de junio de 2.003, se modificó el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos de los diferentes empleos de la planta de personal del Instituto de Desarrollo Urbano.

Que el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos ha sido diseñado de manera tal que se le puedan hacer los ajustes necesarios, de acuerdo con los requerimientos de la entidad.

Que se requiere modificar el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos vigentes, con el fin de hacer más eficientes las funciones encomendadas a la Dirección General de la Entidad.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos, en el sentido de adicionar los folios 14A y 14B, a fin de incluir los requisitos mínimos y las funciones correspondientes al cargo de Profesional Especializado código 335 grado 04, de la Dirección General, así:

NOMBRE DEL CARGO:

Profesional Especializado

CÓDIGO:

335

GRADO:

04

NUMERO DE CARGOS:

1

NATURALEZA DEL CARGO:

Libre nombramiento y remoción

SUPERIOR INMEDIATO:

Director General

UBICACIÓN:

Dirección General

Requisitos:

Educación: Título de formación profesional universitaria en Comunicación Social- Periodista.

Título de formación avanzada o de postgrado relacionado con el área de desempeño.

Experiencia: Doce (12) meses de experiencia profesional.

Funciones:

1. Desarrollar e implementar estrategias de comunicación y divulgación de los programas y proyectos desarrollados por el IDU, acorde con los lineamientos, políticas y estrategias dadas por la Dirección General.

2. Coordinar el manejo de las relaciones del IDU, con los medios de comunicación hablados y escritos y periodistas.

3. Revisar y responder por la información que se envíe a los medios para su divulgación.

4. Coordinar las entrevistas con los periodistas de los diferentes medios hablados y escritos.

5. Resolver los requerimientos de los periodistas sobre información del IDU, y responder por la entrega del material de apoyo a los medios de comunicación.

6. Hacer seguimiento a los proyectos a cargo del IDU, con el fin de contar con información oportuna y veraz para brindar a los medios de comunicación hablados y escritos, cuando así lo requieran.

7. Organizar ruedas de prensa y recorridos de obra y/o cualquier otra reunión con los periodistas.

8. Hacer seguimiento y monitoreo a la información que se publica relacionada con el IDU, elaborar reportes para la Dirección General y/o preparar respuesta, haciendo aclaraciones en caso de ser necesario.

9. Apoyar a su superior inmediato en la definición de los planes, programas y proyectos que deba desarrollar, ejecutar y evaluar las dependencia, de acuerdo con las políticas del área.

10. Participar en reuniones, juntas, comités internos o externos y a todos aquellos eventos por delegación del Director General.

11. Ejecutar las acciones requeridas para llevar a cabo los planes, programas y proyectos de la dependencia, efectuando el seguimiento, ajustes y modificaciones necesarias.

12. Preparara la información sobre la gestión desarrollada por la dependencia, requerida por la Dirección General, demás dependencias del Instituto y los organismos de control o entidades externas.

13. Emitir conceptos y dar soporte especializado a los demás funcionarios del área y/o Instituto relacionados con las funciones propias de su cargo, los procesos en los que interviene y/o proyectos a su cargo.

14. Realizar el control, actualización de normas, seguimiento de las actividades propias del cargo y del personal asignado, cuando sea el caso.

15. Preparar los actos administrativos relacionados con los procesos en los que interviene y/o proyectos a cargo.

16. Proponer estrategias y procedimientos para el área, que permitan mayor eficiencia en los procesos que ésta tiene a su cargo.

17. Cumplir y hacer cumplir los manuales de procesos, funciones y cualquier otro que sea adoptado por la entidad para el cabal cumplimiento de las funciones a cargo.

18. Cumplir y hacer cumplir las normas de Salud Ocupacional establecidas por la ley y las políticas que en esta materia fije el IDU.

19. Supervisar y controlar de manera integral los contratos y órdenes de prestación de servicios en los cuales sea el interventor directo o coordinador, así como asegurar lo trámites necesarios para el pago.

20. Atender en forma eficiente y oportuna al cliente interno y externo.

21. Hacer entrega formal al superior inmediato de un informe de gestión al momento de producirse el retiro del servicio, así como la documentación, equipos e inventarios existente bajo su responsabilidad.

22. Hacer reconocimiento a favor del Instituto, por conceptos de derecho de autor sobre todas aquellas obras, programas, desarrollos científicos y tecnológicos que en virtud de las actividades propias del cargo se logren o consoliden.

23. Realizar las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Modificar el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos en el sentido de adicionar el folio 15ª, a fin de incluir los requisitos mínimos y las funciones correspondientes al cargo de Conductor código 620 grado 01, de la Dirección General, así:

NOMBRE DEL CARGO:

Conductor

CÓDIGO:

620

GRADO:

01

NUMERO DE CARGOS:

1

NATURALEZA DEL CARGO:

Libre nombramiento y remoción

SUPERIOR INMEDIATO:

Director General

UBICACIÓN:

Dirección General

Requisitos:

Educación: Aprobación de dos (2) años de educación básica secundaria.

Experiencia: Veinticuatro (24) meses de experiencia certificada..

Funciones:

1. Prestar en forma eficiente, los servicios de transporte de personas, bienes y/o documentos de acuerdo con las necesidades de la Dirección General y la entidad.

2. Llevar listas de chequeo sobre aspectos inherentes al vehículo, tales como consumos de gasolina, cambios de aceite, entre otros y todo lo relacionado con el récord de funcionamiento del vehículo a su cargo.

3. Analizar las listas de chequeo y de acuerdo con el resultado, hacer las recomendaciones o solicitar el mantenimiento preventivo y/o correctivo del vehículo.

4. Tener los papeles y documentos de conducción al día y solicitar a la entidad aquellos que correspondan al vehículo.

5. Respetar las señales de tránsito y las normas contenidas en el Código Nacional de Transito.

6. Cancelar las infracciones de tránsito que le sean impuestas.

7. Cumplir con las normas de transporte definidas por la entidad.

8. Informar a la entidad o superior inmediato sobre las fallas presentadas en el vehículo para garantizar el oportuno mantenimiento correctivo.

9. Responder por el uso adecuado de los documentos de propiedad del vehículo, tales como seguros, pólizas y reportar la necesidad de renovación a la Subdirección Técnica de Recursos Físicos.

10. Garantizar la buena prestación del servicio.

11. Las demás funciones que le sean asignadas.

ARTÍCULO TERCERO.- Modificar el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos a folios 024, 035, 049, 063, 078, 094, 111, 132, 148, 163, 179, 197, 213, 227, 242, 258, 276, 291, 305, 320, 334, 351, 366, 381, 396, 411, 426, 441, 455, 470, 487, 501, 515, 529, 546, 564, 580, en el sentido de establecer como número aprobados de cargos de profesionales especializados código 335 grado 04, de carrera administrativa: 56

ARTÍCULO CUARTO.- Modificar el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos a folio 655, en el sentido de establecer como número aprobados de cargos de conductor código 620 grado 01, de carrera administrativa: 30

ARTICULO QUINTO.- Modificar el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos a folio 586, en el sentido de incluir el título profesional en Ingeniería Topográfica como requisito mínimo de educación para desempeñar el cargo de Profesional Universitario Código 340 Grado 01 de la Dirección Técnica de Predios.

ARTICULO SEXTO.-La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición, y modifica en lo pertinente a la Resolución 4726 del 16 de junio de 2.003.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., al primer (1) día del mes de marzo de dos mil cuatro (2004)

EUNICE SANTOS ACEVEDO

Directora General

Nota: Publicado en el Registro Distrital 3058 marzo 5 de 2004.