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Resolución 022 de 2022 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Fecha de Expedición:
31/10/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/11/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7576 del 16 de noviembre de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 022 DE 2022

 

(Octubre 31)

 

Por la cual se modifican las Resoluciones 2498 de 27 de agosto de 2002 y 018-029 de 12 de octubre de 2017, a un colegio de naturaleza oficial denominado Colegio El Libertador IED

 

LA SUSCRITA SUBSECRETARIA DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994 - Ley General de Educación, Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 310 de 2022, la Resolución 2684 de 2019, y la Resolución No. 3079 de 2019,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 5 literal I del Decreto 310 de 2022 establece que, corresponde a las funciones del Secretario de Educación “Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo.”

 

Que mediante Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en el/la Subsecretaria de Integración Interinstitucional la facultad de expedir y modificar Reconocimientos de Carácter Oficial.

 

Que mediante la Resolución 3079 del 10 de diciembre de 2019 se reglamentó el procedimiento para la expedición y modificación del Reconocimiento de Carácter Oficial.

 

Que el 27 de agosto de 2002, la Secretaría de Educación Distrital, expidió la Resolución No. 2498, “Por la cual se integran el CED EL LIBERTADOR, el CED MANUEL MURILLO TORO y el CED JUAN DEL RIZZO, de la localidad 18 de Rafael Uribe Uribe.”, en la cual se resolvió:

 

“ARTÍCULO 1º. Integrar el CED EL LIBERTADOR, código DANE 11100114668, jornadas mañana y tarde, el CED MANUEL MURILLO TORO, código DANE 11100114676, jornadas mañana y tarde y el CED JUAN DEL RIZZO, Código DANE 11100114650, jornadas mañana y tarde, de la localidad 18 de Rafael Uribe Uribe, los cuales conformarán en adelante la INSTITUCION EDUCATIVA DISTRITAL EL LIBERTADOR - MANUEL MURILLO TORO - JUAN DEL RIZZO con el código DANE provisional 11100114668.”

 

ARTÍCULO 2º. LA INSTITUCION EDUCATIVA DISTRITAL EL LIBERTADOR - MANUEL MURILLO TORO - JUAN DEL RIZZO, ofrecerá el servicio educativo en los niveles de educación preescolar, básica y media, así:

 

- Un grado de preescolar 


- Nueve grados de educación básica.

 

- Dos grados de educación media.

 

La institución organizará la prestación del servicio educativo en las jornadas mañana y tarde, en las plantas físicas ubicadas en las siguientes direcciones:

 

Sede A: Clle 33 Sur No 24 B 20 Sede B: Ave 27 No 33 57 Sur

 

Sede C: Cra 26 A No 29 45 Sur

 

ARTÍCULO 3º. Selección del nombre definitivo de la institución integrada. Las instituciones educativas integradas tendrán un plazo de dos meses, contados a partir de la fecha de vigencia de la presente resolución de integración, para seleccionar el nombre definitivo, debiéndose en todo caso seleccionar el nombre de uno de los establecimientos educativos que lo conforman.

 

ARTÍCULO 13º. La presente resolución constituye el reconocimiento de carácter oficial de la INSTITUCION EDUCATIVA DISTRITAL EL LIBERTADOR - MANUEL MURILLO TORO - JUAN DEL RIZZO.”

 

Que el 6 de abril de 2006, la Secretaría de Educación de Bogotá D.C., expidió la Directiva 001 de 2006, mediante la cual se solicita acatar las disposiciones contenidas en la Resolución 4702 de 2004 “… y por lo tanto, en adelante el nombre de nuestros establecimientos educativos debe estar precedido por la expresión Colegio. Dicha denominación deberá aparecer en el papel membreteado, pancartas, vallas, o cualquier otra presentación oficial del Colegio adicionando debajo del nombre en tamaño menor la expresión Institución Educativa Distrital o Centro Educativo Distrital, según corresponda.” (sic).

 

Que el 12 de octubre de 2017, la Dirección Local de Educación de Rafael Uribe Uribe, expidió la Resolución No. 018-029-10, “Por la cual se aclara la Resolución No 2498 de 27 de agosto de 2002, del Establecimiento Educativo Distrital denominado COLEGIO EL LIBERTADOR IED, de la localidad (18) de Rafael Uribe Uribe.”, en la cual se decidió:

 

“ARTÍCULO PRIMERO: Modificar la resolución No 2498 del 27 de agosto de 2002, por la cual se integró el CED EL LIBERTADOR, el CED MANUEL MURILLO TORO y el CED JUAN DEL RIZZO en el sentido de autorizar la MEDIA TECNICA en la especialidad de INFORMATICA al colegio EL LIBERTADOR IED, ubicados:

 

- SEDE A Colegio Libertador IED: Calle 32 Sur No 24 B - 20

 

- SEDE B Manuel Murillo Toro, Calle 33 Sur No 28 G – 10

 

- SEDE C Juan del Rizzo, Carrera 26 A Bis No 29-33 Sur

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Las demás partes de la resolución 2498 de 27 de agosto de 2002, no sufren modificación alguna.

 

Que mediante comunicación dirigida a la Secretaría de Educación con radicado 1-2021-89138 fechada 26 de octubre de 2021, La Dirección Local de Educación de la localidad 18 de Rafael Uribe Uribe, radica “Solicitud modificación de la Licencia de Funcionamiento otorgada a la institución educativa oficial.” trasladando la comunicación con radicado 1-2021-87701 de fecha 22 de octubre de 2021, presentada por el Rector del Colegio El Libertador IED en la cual se solicita:

 

(…) “Respetuosamente me dirijo a ustedes con el fin de solicitar a su oficina aprobar la diversificación del carácter Técnico del Colegio El Libertador y se genere la correspondiente resolución que permita a la institución educativa otorgar el título de “Técnico en instalación de redes eléctricas domiciliarias”.

 

Para tal fin hemos realizado el proceso de análisis y adaptación y evaluación interna que permita adecuar el PEI de la institución para esta diversificación del técnico en el colegio, como soporte de dicha adecuación remitimos a su oficina las actas con el aval tanto del Consejo Académico Institucional Y Del Consejo Directivo.”

 

Que mediante acta de fecha 21 de octubre de 2021, el Consejo Directivo del Colegio El Libertador IED, se reunió válidamente señalando:

 

(…) Se requiere desde la dirección de Media la solicitud de resolución de técnico en SISTEMAS ELECTRICOS RESIDENCIALES Y COMERCIALES.

 

DECISIÓN: Aprobar la diversificación del área Técnica y solicitar la resolución que permita al colegio titular como técnico en SISTEMAS ELECTRICOS RESIDENCIALES Y COMERCIALES.”

 

Que mediante comunicación dirigida a la Dirección de Inspección y Vigilancia con radicado I-2022-5910 de 17 de enero de 2022, la Dirección de Construcción y Conservación de Establecimientos Educativos, indicó:

 

(…)“Al respecto, de manera atenta me permito indicar que el día jueves 13 de enero de 2022 los Gestores Territoriales de la Localidad, Arq. Miguel Ángel Turmequé, Ing. Hernán López e Ing. Leonardo Contador junto con el Especialista Eléctrico de la Dirección, Ing. Javier Palacios, efectuaron visita al Colegio El Libertador (IED) con el acompañamiento del rector de la I.E.D Richard Maldonado, evidenciado que el aula donde se desarrollará las actividades de la nueva especialidad “Técnico en instalación de redes eléctricas domiciliarias” es adecuado para las actividades de carácter pedagógico sin embargo es necesario realizar las siguientes intervenciones para su respectiva puesta en funcionamiento así:

 

- Se debe garantizar una buena conexión de puesta a tierra.

 

- Se recomienda la instalación de un tablero de protección principal de cuarenta y dos (42) circuitos. Este debe contar con espacio para totalizador, barrajes en cobre, puerta, barrajes de neutro y tierra independiente que cumplan con el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas – RETIE.

 

- Se recomienda la instalación de tableros de distribución y control con una altura que cumpla con los criterios didácticos y de seguridad.

 

- Se sugiere que los tableros de banco de prueba académicos tengan una protección independiente de 15 A.


- En vista de lo anterior, se socializa con el Rector de la I.E.D las observaciones anteriormente mencionadas y se precisa por parte de la I.E.D qué las mismas serán incluidas en el Plan de Mantenimiento Escolar – PME de la presente vigencia, por ende, este Dirección programará una próxima visita técnica a fin de valorar dichas intervenciones y dar la viabilidad solicitada para la modificación del Reconocimiento de Carácter Oficial – RCO del Colegio El Libertador (IED).”

 

Que mediante comunicación dirigida a la Dirección de Inspección y Vigilancia con radicado 4100-I-202211094 de 27 de enero de 2022, la Dirección de Cobertura, manifestó:


(…) “Teniendo en cuenta la información anterior, y con el fin de dar celeridad a la solicitud presentada por la IED, la Dirección de Cobertura no encuentra impedimento para que el Colegio El Libertador IED cuente con una nueva especialidad para su oferta educativa, siempre que tenga en cuenta que:

 

1. La apertura de nuevas modalidades de profundización o especialidades que adopte la IED no deben afectar la proyección de oferta para las vigencias posteriores, según lo definido en los Artículos 16 y 17 de la Resolución 1913 del 2021 “Por la cual se establece el proceso de gestión de la cobertura 2021 – 2022 en el Sistema Educativo Oficial de Bogotá D.C.”.

 

2. La IED debe garantizar la continuidad de los estudiantes que tiene en su matrícula sin importar la profundidad o especialidad que cursen. En caso de no poder hacerlo, deberá coordinar con la Dirección Local de Educación de Rafael Uribe Uribe los convenios de continuidad a los que haya lugar, tal como se define en el Numeral 7 del Artículo 13 “Responsabilidades de los rectores y directores de las IED” de la Resolución 1913 del 2021.

 

3. La IED debe dar cumplimiento a los lineamientos de aforo dados por la Dirección de Construcción y Conservación de Establecimientos Educativos – DCCEE y el Plan Maestro de Equipamientos Educativos adoptado mediante el Decreto Distrital 449 de 2006, modificado por los Decretos Distritales 174 de 2013, 475 de 2017 y 052 de 2019.

 

4. Deberá definir junto a la Dirección Local de Educación de Rafael Uribe Uribe y la Dirección de Cobertura, los criterios para la asignación de estudiantes nuevos que provengan de Instituciones Educativas con alguna especialidad afín o diferente a las que tiene la IED.”


Que mediante comunicación dirigida a la Dirección de Inspección y Vigilancia con radicado 1-2022-17337 de 11 de febrero de 2022, la Dirección Local de Educación de la Localidad Dieciocho (18) de Rafael Uribe Uribe informó:

 

(…) “De acuerdo con la reunión sostenida con la institución colegio El Libertador IED, en enero 21 de 2022, se pudo constatar que de acuerdo al parámetro establecido se encuentran asignados (8) ocho docentes para impartir formación técnica; de los cuales a algunos de ellos se les solicitará cambio de perfil de la vacante sin que esto afecte el parámetro, haciendo viable la implementación.

 

Estamos a la espera de la confirmación por parte de la institución educativa, de los docentes que cuentan con el perfil para impartir la formación técnica en la línea de electricidad y realizar así la solicitud ante la Dirección de Talento Humano”


Que mediante comunicación dirigida a la Dirección de Inspección y Vigilancia con radicado 1-2022-100816 de 23 de septiembre de 2022, la Dirección de Educación Media se pronunció en el siguiente sentido:

 

(…) “Observaciones finales:

 

1. Después de realizada la lectura de la malla curricular de la especialidad técnica, se encuentra que esta cuenta con los elementos mínimos con los que se pueden identificar las competencias laborales de instalación de redes eléctricas:

 

2. Se sugiere que en el marco de RCO se precise al colegio que al titular a las y los estudiantes como técnicos, según lo establecido en el decreto 1860, debe garantizar que todas y todos tomen la oferta de formación técnica completa (la que se aprueba o la que ya está implementando).

 

3. Se debe acompañar al colegio desde las áreas competentes para orientar a la institución respecto a las demás ofertas formativas que no están incluidas, formalizadas, en la solicitud que realiza el colegio y que se vienen implementando.


Para finalizar, es importante tener en cuenta que si la institución educativa desea avanzar en la articulación de esta nueva modalidad de media técnica con el SENA, dicho proceso debe ser solicitado por la institución y acompañado desde esta dirección a más tardar durante el transcurso del mes de octubre para que dicha solicitud pueda ser atendida durante la vigencia 2023.”

 

Que mediante comunicación dirigida a la Dirección de Inspección y Vigilancia con radicado 1-2022-100350 de 16 de septiembre de 2022, la Dirección de Construcción y Conservación de Establecimientos Educativos, indicó:

 

(…) “En vista de lo anterior, con base en la información dada por el Rector del Colegio en cuanto al avance de dichas actividades y luego de haber realizado visitas de seguimiento los días 14 de julio de 2022, 11 de agosto de 2022, 02 de septiembre de 2022 y finalmente 15 de septiembre de 2022; se recibieron a satisfacción las actividades solicitadas. Se adjuntan las respectivas Actas.

 

Por lo anteriormente expuesto, la Dirección de Construcción y Conservación de Establecimientos Educativos encuentra viable la solicitud de modificación del RCO de la I.E.D. EL LIBERTADOR, para la nueva especialidad “Técnico en instalación de redes eléctricas domiciliarias” de acuerdo con lo establecido en la Resolución 3079 de 2019.”

 

Que mediante comunicación dirigida a la Dirección de Inspección y Vigilancia con radicado I-2022-105341 de 04 de octubre de 2022, la Dirección de Talento Humano, manifestó:


(…) “cordialmente le informamos que es viable el concepto técnico de Talento Humano para la modificación del reconocimiento de carácter oficial para el citado colegio, por cuanto al día de hoy es factible el cubrimiento de las nuevas necesidades de docentes con la planta Global de Cargos de Docentes y Directivos Docentes de la SED, adoptada mediante Decreto Distrital 687 de 2019.

 

Para efectos de lo anterior y en su momento, se tendrá en cuenta la matricula oficial que reportará la Dirección de Cobertura para el citado colegio en los grados 10° y 11° y el parámetro establecido por el Gobierno Nacional para la definición de plantas de personal en las instituciones educativas oficiales determinados en el Decreto 1075 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Educación). La anterior actividad estará a cargo de la Dirección Local de Educación de Rafael Uribe Uribe, quien validará la información y establecerá las necesidades de docentes.”

 

Que una vez obtenidos los pronunciamientos de las diferentes áreas de la SED con injerencia en el trámite de modificación solicitado por el plantel educativo, la Subsecretaría de Integración Interinstitucional mediante memorando con radicado 1-2022-44713 de fecha 29 de abril de 2022, solicitó a la Dirección de Inspección y Vigilancia la expedición de concepto Técnico Pedagógico de viabilidad.

 

Que mediante comunicación dirigida a la Subsecretaría de Integración Interinstitucional con radicado I-2022-57792 de 03 de junio de 2022, la Dirección de Inspección y Vigilancia, emitió concepto favorable sobre la modificación de RCO solicitada por el Colegio El libertador IED.  en el cual señaló en su anexo:

                                                                               

(…) “V. CONCEPTO TÉCNICO PEDAGÓGICO.

 

Verificado el cumplimiento de requisitos para la apertura de una nueva especialidad en la Educación Media Técnica en el COLEGIO EL LIBERTADOR IED, se emite concepto de viabilidad para:

 

1. La modificación del Reconocimiento de Carácter Oficial al COLEGIO EL LIBERTADOR IED, concedido mediante la Resolución 2498 de 2002 modificada según Resolución 018-029 de 2017, en el sentido de que a partir del año 2022 se autoriza la apertura de la especialidad “Instalación de Redes Eléctricas Domiciliarias” en la Educación Media Técnica.

 

2. Autorizar al COLEGIO EL LIBERTADOR IED, para que expida a partir del año 2022, el Título de Bachiller Técnico con Especialidad en “Instalación de Redes Eléctricas Domiciliarias”, a quienes cursen y culminen satisfactoriamente esta especialidad.

 

 Las demás condiciones establecidas en el Reconocimiento de Carácter Oficial del COLEGIO EL LIBERTADOR IED, no son objeto de modificación alguna.”

 

Que mediante comunicación dirigida a la Subsecretaría de Integración Interinstitucional con radicado I-2022-111297 de 20 de octubre de 2022, la Dirección de Inspección y Vigilancia, dio alcance al concepto técnico emitido con fecha 03 de junio de 2022 sobre la modificación de RCO solicitada por el Colegio El Libertador IED señalando.

 

(…) “ De acuerdo con los pronunciamientos de la Dirección de Dirección de Construcción y conservación de Establecimientos Educativos, la Dirección de Talento Humano y la Dirección de Educación Media, la Dirección de Inspección y Vigilancia ratifica el concepto técnico favorable enviado a la Subsecretaria de Integración Interinstitucional mediante radicado 1- 202257792 del 3 de junio de 2022, en el sentido de autorizar al colegio EL LIBERTADOR IED, la implementación de la nueva especialidad y para que expida a partir del año 2022, el título de Bachiller Técnico con Especialidad en “Instalaciones de Redes Eléctricas Domiciliarias” a quienes la cursen y culminen satisfactoriamente.”

 

En mérito de lo expuesto y atendiendo la solicitud de modificación del Reconocimiento de Carácter Oficial (RCO) del Colegio El Libertador IED, la Subsecretaría de Integración Interinstitucional.

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. MODIFICAR las Resoluciones 2498 de 27 de agosto de 2002 y 018-029 de 12 de octubre de 2017, en el sentido de AUTORIZAR al COLEGIO EL LIBERTADOR IED la implementación, ofrecimiento y prestación del servicio educativo, en la especialidad de INSTALACIÓN DE REDES ELÉCTRICAS DOMICILIARIAS en el nivel de Educación Media Técnica.

 

Artículo 2. AUTORIZAR al COLEGIO EL LIBERTADOR IED para expedir el título de BACHILLER TÉCNICO CON ESPECIALIDAD EN INSTALACIÓN DE REDES ELÉCTRICAS DOMICILIARIAS, a quienes cursen y culminen satisfactoriamente la EDUCACIÓN MEDIA TÉCNICA en la respectiva especialidad a partir del año 2022.

 

Artículo 3. Las demás partes de las Resoluciones mencionadas en el numeral primero del presente acto administrativo no sufren modificación alguna, ratificando el servicio educativo autorizado en ellas.

 

Artículo 4. De conformidad con lo establecido en la Resolución 4702 de 2004, el nombre de la Institución Educativa es COLEGIO EL LIBERTADOR IED.

 

Artículo 5. Informar la expedición del presente Acto Administrativo a la Oficina Asesora de Planeación de la Secretaría de Educación, para los efectos a que haya lugar en el Registro del Directorio Único de Establecimientos Educativos del SINEB – DUE del Ministerio de Educación Nacional.

 

Artículo 6. Notificar el presente acto administrativo al COLEGIO EL LIBERTADOR IED y Dirección Local de Educación de la Localidad Dieciocho (18) Rafael Uribe Uribe.

 

Artículo 7. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (ley 1437 de 2011, artículo 65) y deberá ser fijada en un lugar visible del Colegio, de la Secretaría de Educación del Distrito y en la página virtual de la Secretaría de Educación del Distrito.

 

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 31 días del mes de octubre del año 2022.

 

DEIDAMIA GARCÍA QUINTERO

 

Subsecretaria de Integración Interinstitucional