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Resolución 018 de 2023 Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - ATENEA

Fecha de Expedición:
09/02/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/08/2023
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

 

RESOLUCIÓN 018 DE 2023

 

(Febrero 9)

 

Por medio de la cual se realiza una modificación en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología” Atenea” para la vigencia fiscal 2023

 

EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA "ATENEA"


En uso de las facultades legales y en especial el artículo 11 del Decreto Distrital 273 de 2020 y el artículo 3 del Acuerdo 03 de 05 de noviembre de 2021, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 8º del Decreto Distrital No. 273 de 2020, la Dirección de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología” Atenea”, estará a cargo del Consejo Directivo y del/la Director(a) General.

 

Que acorde con en el numeral 4 del artículo 10º del Decreto Distrital No. 273 de 2020, es función del Consejo Directivo aprobar el proyecto presupuesto anual de la Agencia y sus modificaciones.

 

Que el numeral 5 del artículo 7 del Acuerdo 02 de 2021 del Consejo Directivo, reitera la misma competencia en cabeza de este órgano.

 

Que de acuerdo con el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, las autoridades administrativas del Distrito Capital podrán delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias, de conformidad con la Constitución Política y demás disposiciones, especialmente la Ley 489 de 1998.

 

Que mediante Acuerdo No. 008 de 2021, del Consejo Directivo, en su artículo primero delegó en el Director/a General de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, la facultad para efectuar traslados y modificaciones presupuestales en los gastos de funcionamiento de la Agencia.

 

Que el artículo 10° del Decreto Distrital 192 de 2021, “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones", dispone:

 

“Artículo 10°. Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales,se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decretodel Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos

Directivos.”

                                                                                    

Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda -Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivasde factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).

 

Que a través del Decreto Distrital 612 de 2022, se asignó la suma de $10.825.760.000, destinados a sufragar los Gastos de Funcionamiento para la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología "ATENEA" en la vigencia fiscal 2023, tanto para Gastos de Personal como para la adquisición de Bienes y Servicios.

 

Que en la vigencia 2022 se suscribió Orden de Compra No. 86631-2022, y en el desarrollo de las actividades misionales de la Agencia, se requiere mantener el servicio de transporte para la dirección general, teniendo en cuenta que la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente ha informado que la vigencia máxima para ejecutar las órdenes de compra es el 20 de agosto de 2023.

 

Que actualmente se encuentra en curso el proceso CCENEG-068-01-2022 para el servicio de Transporte Terrestre Automotor Especial de Pasajeros, sin que a la fecha se haya generado un nuevo instrumento que permita la adhesión, por lo que se hace necesario prorrogar y adicionar el servicio hasta tanto inicie la operación del nuevo acuerdo marco.

 

Que teniendo en cuenta el espacio presupuestal y la necesidad del servicio, de la orden de compra suscrita por $45.038.961, con adición No. 1 por $10.000.000, la Subgerencia de Gestión Administrativa proyecta suscribir la adición No. por $12.000.000, con el fin de mantener el servicio de transporte para la dirección general hasta tanto se pueda suscribir un nuevo compromiso con el nuevo acuerdo marco.

 

Que por lo anteriormente expuesto es necesaria la siguiente modificación al interior de los Gastos de Funcionamiento de la Agencia, que se suma a la efectuada mediante la Resolución 017 de 2023, así:

 

CONTRACREDITOS $6.700.000

 

Para atender las necesidades antes descritas se hace necesario distribuir algunos recursos del presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la Agencia, así:

 

O21202020060464116 Servicios de alquiler de automóviles con conductor $6.700.000

 

Teniendo en cuenta que a la fecha existe en este rubro un saldo disponible neto de $60.000.000, sobre el cual según las proyecciones de administrativa se requiere una adición al contrato de transporte para garantizar el servicio, hasta tanto inicie la operación del nuevo acuerdo marco de precios 2023 y se pueda suscribir el nuevo contrato, por lo que se considera viable contracreditar la suma de $6.700.000

 

CRÉDITOS POR $6.700.000

 

O21202020060464119 Otros servicios de transporte terrestre local de pasajeros $6.700.000

 

Se requiere garantizar el servicio de transporte de la dirección general, para el desarrollo de las actividades misionales de la Agencia; por lo tanto, teniendo en cuenta que debe adicionar la Orden de Compra No. 86631 de 2022 suscrita con la UT ACUERDO COLOMBIA y que no se debe cambiar el rubro por el cual se registró inicialmente el compromiso, es necesario acreditar a este rubro un valor de $6.700.000.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

Artículo 1. Efectuar una modificación en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento  de LA AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA -ATENEA para la vigencia fiscal 2023, por valor de SEIS MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS MCTE ($6.700.000), acorde con el siguiente detalle:

 

POSPRE

DESCRIPCION

CONTRACREDITO

O2

Gastos

6.700.000

O21

Funcionamiento

6.700.000

O212

Adquisición de bienes y servicios

6.700.000

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

6.700.000

O2120202

Adquisición de servicios

6.700.000

 

 

O2120202006

Servicios de alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua

6.700.000

O212020200604

Servicios de transporte de pasajeros

6.700.000

O21202020060464116

Servicios de alquiler de automóviles con conductor

6.700.000

 

POSPRE

DESCRIPCION

CRÉDITO

O2

Gastos

6.700.000

O21

Funcionamiento

6.700.000

O212

Adquisición de bienes y servicios

6.700.000

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

6.700.000

O2120202

Adquisición de servicios

6.700.000

 

 

O2120202006

Servicios de alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua

6.700.000

O212020200604

Servicios de transporte de pasajeros

6.700.000

O21202020060464119

Otros servicios de transporte terrestre local de pasajeros n.c.p.

6.700.000

 

Artículo 2. Remitir copia de la presente Resolución a la Subgerencia Financiera, para el registro en el sistema de información presupuestal.

 

Artículo 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición

 

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de febrero del año 2023

 

JOSÉ MARÍA ROLDÁN RESTREPO

 

Director General