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RESOLUCIÓN 308 DE 2023
(Agosto 15)
Por medio de la cual se adiciona y desagrega por rubro presupuestal y fuente de financiación, recursos incorporados al presupuesto de Gastos e Inversiones por la Junta Directiva del FONDIGER mediante Acuerdo No. 002 de 2023 y se realizan reasignaciones de recursos en el presupuesto del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgo y Cambio Climático - FONDIGER
EL DIRECTOR DEL INSTITUTO DISTRITAL DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMÁTICO - IDIGER
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Parágrafo del Artículo del Acuerdo Distrital 546 de 2013, el Numeral 3 del Artículo 7° del Decreto Distrital 173 de 2014, y
CONSIDERANDO
Que la Ley 1523 de 2012 en su Artículo 54 ordena que las entidades territoriales constituyan "sus propios fondos de gestión del riesgo bajo el esquema del Fondo Nacional, como cuentas especiales con autonomía técnica y financiera, con el propósito de invertir, destinar y ejecutar sus recursos en la adopción de medidas de conocimiento y reducción del riesgo de desastre, preparación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción"; además, en el parágrafo de dicha norma establece que los recursos "serán de carácter acumulativo y no podrán en ningún caso ser retirados del mismo, por motivos diferentes a la gestión del riesgo. En todo caso el monto de los recursos deberá guardar coherencia con los niveles de riesgo de desastre que enfrenta el departamento, distrito o municipio (…) Que el Acuerdo Distrital 546 de 2013 "Por el cual se
transforma el Sistema Distrital de Prevención y Atención de Emergencias
-SDPAE-, en el Sistema Distrital de Gestión de Riesgo y Cambio
Climático-SDGR-CC, se actualizan sus instancias, se crea el Fondo Distrital
para la Gestión de Riesgo y Cambio Climático "FONDIGER" y se dictan
otras disposiciones" , a través del Artículo 12 crea el Fondo Distrital
para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá, D C, - FONDIGER - como
una cuenta especial del Distrito Capital, con independencia patrimonial,
administrativa, financiera, contable y estadística, como lo establece el
Decreto Ley 1421 de 1993 y la Ley, administrado por el IDIGER, sin personería
jurídica para el cumplimiento del objeto y alcance del SDGR-CC" y
establece en su parágrafo que "La ordenación del gasto y representación
del FONDIGER, estará a cargo del Director General del IDIGER"
Que el Decreto Distrital 174 de 2014 en su Artículo 4 Numeral 5 establece como función del Director General del IDIGER: "Garantizar el desarrollo de las actividades administrativas, financieras, contables, jurídicas y estadísticas, para el seguimiento y control a la ejecución de los recursos del FONDIGER.
Que el Alcalde Mayor de Bogotá expidió el Decreto Distrital
837 de 2018 "Por medio del cual se adopta el Plan Distrital de Gestión
del Riesgo de Desastres y del Cambio Climático para Bogotá D C., 2018 -
2030"
Que el 04 de agosto de 2023 la Junta Directiva del FONDIGER profirió el Acuerdo No. 002 "Por medio del cual se aprueba la incorporación, distribución y asignación de recursos, así como la reasignación de recursos en el Presupuesto de Renta e Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D C. - FONDIGER y se realiza una aclaración del monto de una asignación”.
Que conforme al artículo 2 del Acuerdo No. 002 de 2023 se aprobó la incorporación, distribución y asignación de recursos en el presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondeo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C. - FONDIGER 2023, por valor de OCHO MIL TRECIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES SEIS MIL TRECIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS MCTE ($8386.006.367).
Que conforme al artículo 3 del Acuerdo No. 002 de 2023, se aprobó la reasignación de recursos en el presupuesto del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C. - FONDIGER por valor de ONCE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($11.551.864.557), de la siguiente manera:
- Realizar las reasignaciones en el presupuesto del FONDIGER por valor de SEIS MIL SETENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS M/CTE ($6.072.483.943) al Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático - IDIGER, para lo cual se cuenta con recursos disponibles para ser trasladados y en este sentido, la responsable de Presupuesto expidió los siguientes Certificados de Disponibilidad Presupuestal.
- CDP No.3521 del 19 de septiembre de 2023, rubro 3-2-200-000-227-22, por valor de TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUARENTA PESOS M/CTE ($3.655.747.040) Línea de inversión "Atención integral, oportuna, eficiente y eficaz de las situaciones de emergencia, calamidad o desastre a través de la estrategia distrital de respuesta", Recursos que fueron asignados inicialmente a la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
- CDP No. 3522 del 19 de septiembre de 2023, rubro 3-2-200-000-208-22, por valor de DOS MIL CIEN MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.100.000.000) Línea de inversión "Atención integral, oportuna, eficiente y eficaz de las situaciones de emergencia, calamidad o desastre a través de la estrategia distrital de respuesta", Recursos que fueron asignados inicialmente a la Caja de Vivienda Popular.
- CDP No. 3524 del 19 de septiembre de 2023, rubro 3-2-200-000-126-22, por valor de DOSCIENTOS OCHO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TRES PESOS M/CTE ($208.736.903) Línea de inversión "Atención integral, oportuna, eficiente y eficaz de las situaciones de emergencia, calamidad o desastre a través de la estrategia distrital de respuesta", Recursos que fueron asignados inicialmente a la Secretaría Distrital de Ambiente.
- CDP No. 3523 del 19 de septiembre de 2023, rubro 3-2-200-000-218-22, por valor de CIENTO OCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($108.OOO.OOO) Línea de inversión "Atención integral, oportuna, eficiente y eficaz de las situaciones de emergencia, calamidad o desastre a través de la estrategia distrital de respuesta", Recursos que fueron asignados inicialmente al Jardín botánico de Bogotá - JBB.
- Realizar la reasignación de recursos en el presupuesto del FONDIGER por valor de CIENTO CUARENTA Y NUEVE MILLONES VENTISIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($149.027.995) a SIN ASIGNAR - FONDIGER, para lo cual se cuenta con recursos disponibles para ser trasladados y en este sentido, la responsable de Presupuesto expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 3525 del 19 de septiembre de 2023, rubro 3-3-100-106-265-20 Línea de inversión "Reducir la vulnerabilidad territorial frente al cambio climático", Recursos que fueron asignados inicialmente a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá-EAAB.
- Realizar la reasignación en el presupuesto del FONDIGER por valor de CINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA MILLONES TRECIENTOS CINCUENTA Y DOS SEISCIENTOS DIECINUEVE PESOS M/CTE. ($5.330.352.619), para lo cual se cuenta con recursos disponibles para ser trasladados y en este sentido, la responsable de Presupuesto expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 3526 del 19 de septiembre de 2023, rubro 3-5-100-101-203-23 Línea de inversión "Estar preparados para la respuesta a emergencias y desastres", Recursos que fueron asignados inicialmente al Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático - IDIGER.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. - Adicionar y desagregar por rubro presupuestal y fuente de financiación en el presupuesto de gastos e inversión del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgo y Cambio Climático FONDIGER 2023, recursos por valor de OCHO MIL TRECIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES SEIS MIL TRECIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS MCTE ($8.386.006.367), como se muestra a continuación:
ARTÍCULO SEGUNDO. - Realizar el traslado presupuestal por la suma ONCE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($l I ,551864.557), como se muestra a continuación:
ARTÍCULO TERCERO. - La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y debe ser publicada en la Gaceta de Imprenta Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de agosto del año 2023.
GUILLERMO ESCOBAR CASTRO
Director General IDIGER
Representante y Ordenador del Gasto FONDIGER
Nota: Ver norma original en Anexos. |