RESOLUCIÓN 108 DE 2023
(Febrero 22)
Por la cual se adiciona
el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad
Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial (UAERMV)
EL DIRECTOR GENERAL DE
LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL
En ejercicio de las
facultades conferidas por el numeral 14 del artículo 19 del Acuerdo No. 010 de
2010 y el numeral 14 del artículo 2 del Acuerdo No. 011 de 2010 expedidos por
el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y
Mantenimiento Vial y,
CONSIDERANDO:
Que
el artículo 122 de la Constitución Política señala que no habrá empleo público que no tenga
funciones detalladas en ley o reglamento.
Que,
en desarrollo de este precepto constitucional la Ley No. 909 de 2004 y el Decreto No. 1083 de 2015, determinan
que las entidades deben expedir sus manuales
específicos de funciones, requisitos mínimos y de competencias laborales, teniendo en cuenta el contenido funcional
y las competencias comunes y comportamentales
de los empleos que conforman las plantas de personal.
Que
mediante el Decreto Nacional No. 815 de 2018, modificatorio del Decreto Nacional No. 1083 de 2015, se determinan
las competencias comportamentales comunes a los empleados
públicos y las generales de los distintos
niveles jerárquicos en que se
agrupan los empleos de las entidades a las cuales se aplica los Decretos Ley No. 770 y 785 de 2005.
Que
la Resolución No. 667 de 2018 expedida por el Departamento Administrativo de la Función Pública adoptó el catálogo
de competencias funcionales para las áreas o procesos
transversales de las entidades públicas.
Que
el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, con base en lo dispuesto en la Ley No. 1952 de 2019
modificada por la Ley No. 2094 de 2021, expidió la Circular No. 04 de 2022,
a través de la cual dispuso lo siguiente:
“(…) De otra parte, tal como lo señala
la Directiva 04 de 2022, de la Secretaría Jurídica
Distrital, deberán adelantar
los trámites necesarios para asignar la función de juzgamiento a una dependencia jurídica
del nivel directivo y cuyo jefe debe
tener la calidad de abogado, requisito sine qua non para ejercer
la función; para ello, deberán
igualmente, ajustar el Manual
específico de funciones y competencias laborales para los empleos a quienes se les asigne
esta función.
Si las Oficinas Asesoras
Jurídicas se llegaren
a transformar en dependencias
del nivel directivo, las entidades y organismos deberán surtir los trámites tendientes a la obtención
del concepto técnico
para la modificación de la estructura organizacional, la modificación de
planta en el sentido de suprimir el cargo de Jefe de Oficina Asesora
y crear el empleo en el nivel directivo, así como el
consecuente ajuste del manual específico de
funciones y competencias laborales.
Adicionalmente,
las entidades descentralizadas deben validar previamente su escala salarial
y revisar si la supresión
de un empleo del nivel asesor y la
creación del empleo en el nivel directivo tiene impacto en el presupuesto, y en todo caso realizar
el análisis financiero y solicitar la viabilidad presupuestal a la Secretaría Distrital de Hacienda.
(…)”
Que
mediante el Acuerdo No. 08 de 2022
se modificó la estructura organizacional de
la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial y se dictaron otras disposiciones por parte del
Consejo Directivo de la entidad, entre las cuales
se encuentra la transformación de la Oficina Asesora Jurídica del nivel asesor en la Oficina Jurídica del nivel
directivo, así como, la modificación de las funciones de la Oficina
de Control Disciplinario Interno.
Que
mediante Acuerdo No. 09 de 2022,
el Consejo Directivo de la Entidad, modificó la planta de cargos de la Unidad Administrativa Especial
de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Que
la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial formuló
Estudio Técnico con el objetivo
de:
- Dar alcance a lo
establecido en la Directiva No. 004 de 2022 de la Secretaría Jurídica
Distrital y la Circular No. 004 de 2022 del Departamento Administrativo del Servicio Civil
Distrital en lo relacionado con los lineamientos para la implementación de la Ley No. 1952 de 2019 modificada
por la Ley No. 2094 de 2021, para
efectos de garantizar la separación de las etapas de instrucción y juzgamiento, así como la doble instancia
en el proceso disciplinario;
- Fortalecer la comunicación interna
y externa de la entidad
como factor estratégico para el desarrollo de la
misionalidad de la Unidad en concordancia con
la función establecida en el numeral 9 del artículo 2 del Acuerdo No. 11 de 2010 de "Dirigir el sistema de
comunicación y divulgación a la comunidad y a
los servidores públicos de la Unidad, sobre la ejecución de su misión",
la cual, debe ser desarrollada desde la Dirección
General de la entidad;
Que
mediante oficio No. 2-2022-10161 del 16 de noviembre de 2022, radicado en la Unidad Administrativa Especial de
Rehabilitación y Mantenimiento Vial bajo el No. 20221120135232 del 16 de noviembre de 2022, el Departamento Administrativo del Servicio Civil
Distrital, expidió concepto técnico favorable para la modificación de la estructura organizacional, la planta de
empleos y el manual específico de
funciones y de competencias laborales de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento
Vial.
Que
mediante Oficio No. 2-2022-11588 del 20 de diciembre de 2022, radicado en la Unidad Administrativa Especial de
Rehabilitación y Mantenimiento Vial bajo el No. 20221120151542 del 21 de diciembre de 2022, el Departamento Administrativo del Servicio Civil
Distrital, dio alcance al concepto técnico favorable con radicado DASCD-2-2022-10161, para la modificación del Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad
Administrativa Especial de
Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV.
Que
en el marco de lo señalado en el numeral 8º del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y
Mantenimiento Vial puso a disposición
de los servidores públicos y de la ciudadanía en general, en la página web de la entidad, el proyecto de
resolución que modifica el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, a partir del día 02 de
enero de 2023 y hasta el día 06 de enero de la misma anualidad.
En mérito
de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Adicionar el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad Administrativa Especial de
Rehabilitación y Mantenimiento Vial,
cuyas funciones deberán ser cumplidas con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos
y funciones que la ley y los reglamentos le señalen a la Unidad,
así:
NIVEL DIRECTIVO
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I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
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Nivel:
|
Directivo
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|
Denominación del empleo:
|
Jefe de Oficina
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Código:
|
006
|
|
Grado:
|
01
|
|
Dependencia:
|
Donde se ubique el empleo
|
|
Naturaleza del empleo
|
Libre Nombramiento y Remoción
|
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Cargo del jefe inmediato:
|
Quien ejerza
la supervisión directa
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Jefe de Oficina Código 006- Grado 01 - Oficina Jurídica
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II. ÁREA FUNCIONAL
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|
Oficina Jurídica
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III. PROPÓSITO PRINCIPAL
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Orientar los asuntos jurídicos y la defensa
judicial de la Entidad, manteniendo la unidad de
criterio en la interpretación, con el fin de lograr que las
actividades se desarrollen de conformidad
con los mandatos legales vigentes y contribuir a la prevención del daño antijurídico; y llevar a cabo la etapa de juzgamiento dentro
del proceso disciplinario interno, de
conformidad con lo establecido con la normatividad vigente.
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|
IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
|
|
1. - Orientar a
la Dirección General y demás dependencias de la Entidad, en todos los asuntos
de orden jurídico y de carácter legal, a excepción de los asuntos de naturaleza disciplinaria con criterios de objetividad, eficiencia y oportunidad.
2. - Revisar y evaluar la legalidad de los proyectos de actos administrativos que suscriba el Director General y las
demás dependencias de la Entidad de manera oportuna.
3. Dirigir la resolución de consultas y orientar la generación de los conceptos jurídicos que requiera la Entidad.
4. Dirigir la
defensa judicial y extrajudicial de los procesos litigiosos que se adelante
en contra de la Unidad o en los que
esta intervenga como demandante o como tercero interviniente, o coadyuvante en coordinación con las
dependencias internas y/o de la administración distrital cuando corresponda.
5. Notificar los actos administrativos expedidos por la Entidad y que sean de su competencia,
entre ellos, los de cobro coactivo, cumplimiento de fallos judiciales y fallos disciplinarios, de conformidad con la normatividad legal vigente.
6. Liderar y
verificar la actualización del normograma de la Entidad, la legislación y jurisprudencia relacionada con la malla
vial, espacio público y cicloinfraestructura del Distrito Capital, y demás asociadas con las funciones de la Oficina Jurídica.
7. Liderar los
estudios normativos en materia de rehabilitación y mantenimiento vial, espacio
público y cicloinfraestructura, tendiente a la unificación de la doctrina y desarrollo normativo.
8. Dirigir la administración, actualización y operación de los expedientes físicos y virtuales de los procesos judiciales,
así como la alimentación de los sistemas de
información definidos por el Distrito Capital, para garantizar la gestión de la información jurídica con criterios de eficiencia y oportunidad.
9. Dirigir y
hacer seguimiento al Comité de Conciliación de la Unidad, para la prevención del daño antijurídico y la representación judicial y extrajudicial de la Entidad
con criterios de oportunidad y efectividad.
10. Orientar la
proyección de los actos administrativos relacionados con los asuntos de su competencia y revisar aquellos que sean sometidos a su consideración.
11. Liderar y
controlar las acciones jurídicas necesarias para la recuperación de cartera a favor de la Entidad, adelantando las
reclamaciones administrativas y los procesos
coactivos, de acuerdo
con procedimientos establecidos y términos de Ley.
12. Orientar el
control y seguimiento a las respuestas dirigidas al Concejo de Bogotá, Congreso de la República y entes de control, verificando su pertinencia y oportunidad.
13. Llevar a cabo las actuaciones a que haya lugar dentro
del proceso disciplinario en la etapa de juzgamiento de conformidad con
la normativa vigente.
14. Desarrollar la etapa probatoria en juicio con los elementos probatorios recaudados por
la Oficina de Control Disciplinario Interno.
15. Fallar en primera
instancia los procesos disciplinarios de su competencia, garantizando el debido proceso de las partes
procesales.
16. Desempeñar las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con
el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del
cargo.
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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
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1. Constitución Política de Colombia.
2. Estatuto Orgánico del Distrito Capital.
3. Normativa del
sector.
4. Estructura Organizacional del Distrito Capital.
5. Plan de Ordenamiento Territorial del Distrito Capital.
6. Plan de Desarrollo del Distrito Capital.
7. Estatuto Anticorrupción.
8. Régimen de Contratación Pública.
9. Derecho Administrativo
10. Código General Disciplinario
11. Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
12. Ley de Transparencia y Acceso a la Información
13. Sistemas de Gestión Pública.
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VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
|
|
COMUNES
|
POR NIVEL
JERÁRQUICO
|
|
- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la organización
- Trabajo en equipo
- Adaptación al cambio
|
- Visión estratégica
- Liderazgo efectivo
- Planeación
- Toma
de decisiones
- Gestión del desarrollo de las personas
- Pensamiento Sistémico
- Resolución de conflictos
|
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VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
|
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FORMACIÓN ACADÉMICA
|
EXPERIENCIA
|
|
Título profesional en una de las siguientes disciplinas académicas:
. Derecho, Jurisprudencia, Leyes y Jurisprudencia, Derecho y Ciencias Sociales, Derecho y Ciencias Políticas, Derecho y Ciencias Humanas del Núcleo Básico
de Conocimiento en DERECHO y AFINES
- Título de posgrado en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
- Tarjeta o matrícula para
las profesiones reglamentadas por ley
|
Dieciocho (18) meses
de experiencia profesional relacionada.
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NIVEL ASESOR
|
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
|
|
Nivel:
|
Asesor
|
|
Denominación del empleo:
|
Asesor
|
|
Código:
|
105
|
|
Grado:
|
02
|
|
Dependencia:
|
Donde se ubique el empleo
|
|
Naturaleza del empleo
|
Libre Nombramiento y Remoción
|
|
Cargo del jefe inmediato:
|
Quien ejerza
la supervisión directa
|
Asesor Código 105 - Grado 02 - Dirección General
|
II. ÁREA
FUNCIONAL
|
|
Dirección General
|
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III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
Asesorar y orientar a
la Dirección General en la ejecución, seguimiento y evaluación de los planes, programas, proyectos y temas que
le sean sometidos a su estudio y consideración, para contribuir en la toma de decisiones institucionales en
concordancia con la normativa vigente
y políticas de la Unidad.
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IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
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|
1. Asesorar al Director General
sobre fórmulas relativas a la organización y desarrollo de las actividades de la Entidad, de acuerdo con
las políticas institucionales y la normatividad vigente.
2. Fomentar y
realizar la implementación de metodologías para el análisis y estructuración de los proyectos a cargo de la Unidad y
que le sean encomendados, de acuerdo con las
directrices institucionales en observancia de la
normativa vigente.
3. Desarrollar mecanismos para el seguimiento y evaluación de los resultados de la implementación de las planes, programas,
proyectos y temas que le sean sometidos a su
estudio y consideración, conforme a los lineamientos realizados por la
Dirección General.
4. Conceptuar
sobre los asuntos que le sean encomendados por la Dirección General de manera oportuna y conforme a la normatividad vigente.
5. Revisar y elaborar estudios, diagnósticos, proyectos, documentos y actos administrativos que deba proferir la
Dirección General, con el fin de fortalecer la gestión para el cumplimiento de la misión
de la Entidad.
6. Asistir a la Dirección
General con elementos de juicio para la toma de decisiones relacionadas con la adopción, la
ejecución y el control de los planes, programas y proyectos a cargo
de la Unidad.
7. Asesorar a la
Dirección General en la elaboración y consolidación de la respuesta oportuna y eficaz de los requerimientos solicitados por los órganos de control.
8. Contribuir desde
el ámbito de su competencia en la identificación y ejecución de acciones para
la mitigación de los riesgos institucionales.
9. Sustanciar el proceso disciplinario de segunda instancia de conformidad con la normatividad vigente y el debido
proceso.
10. Surtir el
proceso de notificación y/o comunicación y organización documental de los expedientes disciplinarios en segunda
instancia en los términos y forma establecida en la normatividad disciplinaria vigente.
11. Asistir a las reuniones, juntas o comités, cuando sea convocado o delegado en desarrollo de las
funciones asignadas, de acuerdo con los lineamientos impartidos por la Dirección General
y las políticas Distritales.
12. Desempeñar
las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel,
la naturaleza y el área de desempeño del cargo.
|
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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
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1. Constitución Política de Colombia.
2. Estructura administrativa y funcional del Estado y del Distrito Capital.
3. Plan de Desarrollo Distrital.
4. Marco estratégico
de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
5. Código General
Disciplinario o la norma que
lo modifique o sustituya y las demás
disposiciones vigentes sobre
la materia.
6. Derecho Administrativo
7. Estatuto anticorrupción.
8. Derecho probatorio y Derecho procesal.
9. Código de procedimiento administrativo y de lo Contencioso administrativo
10. Ley de transparencia y acceso a la
información.
11. Normatividad aplicada al Sector Movilidad.
12. Sistemas de Gestión Pública
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VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
|
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COMUNES
|
POR NIVEL
JERÁRQUICO
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- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y ciudadano
- Compromiso con la organización
- Trabajo en equipo
- Adaptación al cambio
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- Confiabilidad técnica
- Creatividad e innovación
- Iniciativa
- Construcción de relaciones
- Conocimiento del entorno
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VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
|
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FORMACIÓN ACADÉMICA
|
EXPERIENCIA
|
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Título profesional de Abogado en disciplina académica del Núcleo Básico de Conocimiento en DERECHO y AFINES.
Título de posgrado
relacionado con el área de desempeño. Tarjeta o matrícula para
las profesiones reglamentadas por ley.
|
Treinta (30) meses de experiencia profesional o docente.
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Asesor Código 105 -
Grado 02 - Dirección General Comunicaciones
|
II. ÁREA
FUNCIONAL
|
|
Dirección General
– Comunicaciones.
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III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
Orientar la implementación del programa para el fortalecimiento de la comunicación interna y externa
de la entidad, promoviendo la interacción con los ciudadanos e informando sobre
|
|
las funciones, trámites, productos ofertados y servicios a su cargo,
de conformidad con los procedimientos establecidos.
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IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
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1. Asesorar a la
Dirección General en la definición e implementación de políticas, planes, programas y acciones en
materia de comunicación interna y externa.
2. Asesorar al
Director General en la formulación, implementación y evaluación del plan estratégico de comunicaciones de la Entidad.
3. Planear la
formulación y ejecución de los programas de comunicación y divulgación con las dependencias
de la Unidad, conforme a los lineamientos establecidos.
4. Asistir al
Director General en la promoción y posicionamiento de la imagen
institucional, de acuerdo
a políticas y directrices distritales.
5. Dirigir el
diseño y elaboración de los contenidos y piezas comunicacionales dirigidos a los servidores públicos y colaboradores
de la Entidad, los grupos de valor y las partes interesadas.
6. Articular las relaciones de la Unidad
con los medios
de comunicación locales, regionales, nacionales e internacionales, de acuerdo a lineamientos establecidos.
7. Planear el
desarrollo de las campañas de comunicación, boletines y comunicados de prensa de carácter periódico, que
informen sobre las actividades y logros de la Entidad con oportunidad.
8. Asesorar la generación de los contenidos de la intranet y la Web
en coordinación con
las dependencias de la Entidad.
9. Dirigir y fomentar acciones tendientes a fortalecer la cultura institucional en temas relacionados con la misión,
la visión, los valores
y los objetivos institucionales.
10. Desempeñar
las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel,
la naturaleza y el área de desempeño del cargo.
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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
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|
1. Constitución Política de Colombia.
2. Estructura administrativa y funcional del Estado y del Distrito Capital.
3. Plan de Desarrollo Distrital.
4. Marco estratégico
de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento
Vial.
5. Organización administrativa y procedimental del Distrito Capital
6. Manejo de medios de comunicación.
7. Comunicación y periodismo.
8. Medios de información.
9. Relaciones públicas.
10. Redacción y expresión del
lenguaje oral y escrito.
11. Lenguaje audiovisual.
12. Manejo de herramientas ofimáticas.
13. Sistemas de Gestión Pública.
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|
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
|
|
COMUNES
|
POR NIVEL
JERÁRQUICO
|
|
- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y ciudadano
- Compromiso con la organización
- Trabajo en equipo
- Adaptación al cambio
|
- Confiabilidad técnica
- Creatividad e innovación
- Iniciativa
- Construcción de relaciones
- Conocimiento del entorno.
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VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
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FORMACIÓN ACADÉMICA
|
EXPERIENCIA
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|
Título profesional en una de las disciplinas académicas de los siguientes Núcleos
Básicos de Conocimiento:
- COMUNICACIÓN SOCIAL, PERIODISMO Y AFINES.
- PUBLICIDAD Y AFINES.
Título de posgrado
relacionado con el área de desempeño. Tarjeta o matrícula para
las profesiones reglamentadas por ley.
|
Treinta (30) meses de experiencia profesional o docente.
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Artículo 2. Competencias laborales. Adoptar las competencias laborales
generales definidas en el Decreto Nacional N.º 815 de 2018, o las normas
que lo modifiquen o adicionen, para los empleos
públicos de los distintos niveles
jerárquicos de la UAERMV.
Artículo 3. Equivalencias. Adoptar las equivalencias establecidas
en el artículo 25 del Decreto
Ley 785 de 2005, o las normas que lo modifiquen o adicione.
Artículo 4. Distribución de empleos de la planta global. El(La) Director(a) General distribuirá los cargos de la
planta global mediante acto administrativo y
ubicará al personal
teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio y los planes y programas
de la Entidad, de conformidad con lo dispuesto
en el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo
No. 10 de 2010 en concordancia con el numeral
11 del artículo 2 del Acuerdo No. 11 de 2010, expedidos por el Consejo
Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 5. El (La)
Secretario(a) General entregará a cada funcionario copia de las funciones y competencias determinadas en
el presente Manual para el respectivo empleo
en el momento de la posesión, cuando sea ubicado en otra dependencia que implique cambio de funciones o cuando
mediante la adopción o modificación del
Manual se afecten las establecidas para los empleos. Los jefes inmediatos responderán por la orientación del empleado en el cumplimiento de estas.
Artículo 6: Cuando para el desempeño
de un empleo se exija una profesión, arte u oficio
debidamente reglamentado, títulos, licencias, matriculas o autorizaciones previstas
en las leyes o reglamentos, no podrán ser compensados por experiencias u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes
así lo establezcan.
Artículo 7: Comunicación. Remitir copia del presente acto administrativo al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital DASCD, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de publicación, por parte del profesional responsable del proceso de gestión de
talento humano de la Secretaría General de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 8: Vigencia. La
presente resolución rige a partir de su publicación y adiciona la Resolución No. 599 de 2019 expedida por el Director
General de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial UAERMV.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 22 días del mes de febrero del año 2023.
ALVARO SANDOVAL REYES
Director General
Nota:
Ver norma original en Anexos.
NOTAS
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