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RESOLUCIÓN 667 DE 2023
(Julio 31)
Por la cual se reconfigura el equipo de gestores de integridad en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial
LA SECRETARIA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL
En ejercicio de la facultad asignada en el artículo 5° de la Resolución 097 del 2 de abril de 2019 expedida por el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 209 de la Constitución Política, “la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.
Que en virtud de lo establecido en el artículo 106 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, se transformó la Secretaría de Obras Públicas en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Que de conformidad con el artículo 109 del citado Acuerdo Distrital 257 de 2006, modificado por el artículo 95 del Acuerdo Distrital 761 de 2020, la Entidad está organizada como una Unidad Administrativa Especial del orden distrital del Sector Descentralizado, de carácter técnico, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio, adscrita a la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que teniendo en cuenta los parámetros del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG- y de la Política de Integridad contenidos en el Decreto 1499 de 2017, el Departamento Administrativo de la Función Pública desarrolló un “código general” o “código tipo” que denominó Valores del Servidor Público - Código de Integridad, con las características de ser general, conciso y en el cual se establecieron unos mínimos de integridad homogéneos para todos los servidores públicos, cada uno de los valores que incluyó el Código, determinó una línea de acción cotidiana para los servidores, quedando compendiados cinco (5) valores así:
Honestidad: Actúo siempre con fundamento en la verdad, cumpliendo mis deberes con transparencia y rectitud, y siempre favoreciendo el interés general.
Respeto: Reconozco, valoro y trato de manera digna a todas las personas, con sus virtudes y defectos, sin importar su labor, su procedencia, títulos o cualquier otra condición.
Compromiso: Soy consciente de la importancia de mi rol como servidor público y estoy en disposición permanente para comprender y resolver las necesidades de las personas con las que me relaciono en mis labores cotidianas, buscando siempre mejorar su bienestar.
Diligencia: Cumplo con los deberes, funciones y responsabilidades asignadas a mi cargo de la mejor manera posible, con atención, prontitud y eficiencia, para así optimizar el uso de los recursos del Estado.
Justicia: Actúo con imparcialidad garantizando los derechos de las personas, con equidad, igualdad y sin discriminación.
Que mediante el Decreto Distrital 118 del 27 de febrero de 2018, se adoptó el Código de Integridad del Servicio Público, se modifica el capítulo II del Decreto Distrital 489 de 2009, “por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito Capital”, y se dictan otras disposiciones, de conformidad con lo establecido en el Decreto Nacional 1499 de 2017.
Que mediante Resolución 097 de 2019, la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial adoptó su Código de Integridad siguiendo la línea técnica y jurídica del Decreto Nacional 1499 de 2017 y del Decreto Distrital 118 de 2018 estableciendo la misión, conformación, perfil y responsabilidades de los Gestores de Integridad de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Que mediante Resolución 229 del 11 de junio de 2019 se conformó el equipo de gestores de integridad de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, el cual se reconfiguró mediante la Resolución 056 de 2023.
Que mediante el Acuerdo 02 de 2023 expedido por el Consejo Directivo de la Entidad, se estableció la estructura organizacional de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial y las funciones de sus dependencias.
Que el Acuerdo 04 de 2023 expedido por el Consejo Directivo de la Entidad modificó la planta de cargos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, creando empleos en el nivel directivo, profesional y técnico.
Que mediante memorandos radicados bajo el No. 20231130167703 y el No. 20231130167753 del 5 de julio de 2023 de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, se solicitó a los directivos de cada una de las dependencias la designación del gestor de integridad, en atención a la necesidad de articular el equipo de acuerdo con la estructura organizacional vigente.
Que de acuerdo con la respuesta de las dependencias, la Gerencia Administrativa y Financiera consolidó y verificó la información relacionada con los servidores públicos que conformarán el equipo de gestores de integridad como se señala en el siguiente cuadro:
Que, en consecuencia con lo señalado, se hace necesario reconocer de forma oficial el nuevo equipo de gestores de integridad de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE: ARTÍCULO 1°- Reconocer de forma oficial, el nuevo equipo de gestores de integridad de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial como a continuación se señala, de conformidad con los aspectos fácticos y jurídicos expuestos en la presente Resolución:
ARTÍCULO 2°- La presente Resolución rige a partir de su publicación y deroga la Resolución 056 de 2023 “Por la cual se reconfigura el equipo de gestores de integridad en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial” expedida por la Secretaría General y demás disposiciones que le sean contrarias.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 31 días del mes de julio del año 2023.
MARTHA PATRICIA AGUILAR COPETE
Secretaria General
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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