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Resolución Regional 299 de 2024 Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca

Fecha de Expedición:
24/07/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/07/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8077 del 25 de julio del 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 299 DE 2024

 

(Julio 24)


Modificada por la Resolución 329 de 2024., Resolución 381 de 2024., Resolución 395 de 2024., Resolución 401 de 2024.

 

Por medio de la cual se modifican las Resoluciones Números 016 del 29 de diciembre del 2023 - “Por la cual se efectúa la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia fiscal 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”; 012 del 26 de enero; 075 del 26 de febrero; 083 y 109 del 5 y 21 de marzo; 225 y 228 del 27 y 31 de mayo; y 254 del 18 de junio del 2024”

 

EL DIRECTOR DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ - CUNDINAMARCA

 

En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el numeral 6 del artículo 27 de la Ley 2199 del 2022, el artículo 67 del Acuerdo Regional 004 del 2023; y

 

CONSIDERANDO:

 

1. Que el numeral 6 del artículo 5 y el parágrafo 1 de artículo 9 de la Ley 2199 del 2022 previeron la gradualidad en la implementación de las funciones y competencias de la Región Metropolitana, la cual tiene sus efectos en materia presupuestal.

 

2. Que el literal a) del numeral 6 del artículo 21 de la Ley 2199 del 2022 establece como una de las funciones del Consejo Regional, en materia fiscal, “aprobar el Plan de Inversiones y el Presupuesto Anual de Rentas y Gastos de la Región Metropolitana y sus entidades”.

 

3. Que el Consejo Regional aprobó el Acuerdo Regional 012 del 2023 - “Por el cual se establece el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”.

 

4. Que el Consejo Regional aprobó el Acuerdo Regional 001 del 2024 - “Por el cual se realiza una adición al presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024”.

 

5. Que el artículo 36 del Acuerdo Regional 004 del 2023 establece que “al Director de la Región Metropolitana le corresponde expedir la resolución de liquidación del presupuesto anual aprobado por el Consejo Regional, teniendo en cuenta los soportes presentados para su debate y que se tuvieron en cuenta para la aprobación, discriminando las cuentas conforme al Catálogo Integrado de Clasificación Presupuestal vigente, junto con un anexo en donde se desagreguen los gastos”.

 

6. Que el parágrafo del artículo y Acuerdo Regional ibidem también señala que “El Director de la Región Metropolitana podrá realizar modificaciones a la resolución de liquidación, siempre que no modifique en cada sección presupuestal el monto total de la apropiación correspondiente a gastos de funcionamiento y gastos de Inversión, ni el total de ingresos corrientes y recursos de capital aprobados por el Consejo Regional”.

 

7. Que mediante Resolución 016 del 29 de diciembre del 2023 se efectuó la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversiones para la vigencia fiscal 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca.

 

8. Que mediante Resolución 012 del 26 de enero del 2024 se realizó una modificación a la Resolución 016 del 29 de diciembre del 2023 de la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión de la vigencia 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca.

 

9. Que mediante Resolución 075 del 26 de febrero del 2024 se realizó una modificación a la Resolución 016 del 29 de diciembre del 2023 de la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca; y la Resolución 012 del 26 enero del 2024.

 

10. Que mediante Resolución 083 del 5 de marzo del 2024 se realizó una modificación a la Resolución 016 del 29 de diciembre del 2023 de la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca; y a las Resoluciones 012 del 26 de enero del 2024 y 075 del 26 de febrero del 2024.

 

11. Que mediante Resolución 109 del 21 de marzo del 2024 se efectuó la liquidación de la adición al presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia fiscal 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca.

 

12. Que mediante Resolución 225 del 27 de mayo del 2024 se realizó una modificación a la Resolución 016 del 29 de diciembre del 2023 de la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca; y a las Resoluciones 012 del 26 de enero del 2024; 075 del 26 de febrero del 2024; 083 del 5 de marzo del 2024; y 109 del 21 de marzo del 2024.

 

13. Que mediante Resolución 228 del 31 de mayo del 2024 se realizó una modificación a la Resolución 016 del 29 de diciembre del 2023 de la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca; y a las Resoluciones 012 del 26 de enero del 2024; 075 del 26 de febrero del 2024; 083 del 5 de marzo del 2024; 109 del 21 de marzo del 2024; y 225 del 27 de mayo del 2024.

 

14. Que mediante Resolución 254 del 18 de junio del 2024 se realizó una modificación a la Resolución 016 del 29 de diciembre del 2023 de la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca; y a las Resoluciones 012 del 26 de enero del 2024; 075 del 26 de febrero del 2024; 083 del 5 de marzo del 2024; 109 del 21 de marzo del 2024; 225 del 27 de mayo del 2024; y 228 del 31 de mayo del 2024.

 

15. Que el 19 y 20 de julio de 2024 la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca llevó a cabo el proceso de registro y viabilidad en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional de los siguientes proyectos: i) Implementación y fortalecimiento de procesos participativos incidentes en los asuntos de la Región Metropolitana Bogotá D.C. Cundinamarca (BPIN 20241400230001); y ii) Fortalecimiento de la planeación territorial y socioeconómica a escala metropolitana de la Región Metropolitana. Bogotá D.C. Cundinamarca (BPIN 20241400230002), por lo que para la ejecución de los recursos asignados a estos dos proyectos, se requiere hacer desagregue parcial de rubros en los Gastos de Inversión de la Unidad Ejecutora 01 Región Metropolitana.

 

16. Que para estimar los gastos de personal de la vigencia 2024, inicialmente se consideró que la Región Metropolitana, se encontraba clasificada como una entidad del orden nacional en el marco de la Ley 21 de 1982, en cuyo caso la proyección de aportes al SENA se efectuó con un porcentaje del 0.5% del total devengado del servidor público, en concordancia con el artículo 11 de la citada Ley. Sin embargo, en consulta elevada al Ministerio de Educación Nacional sobre la obligación de aportes parafiscales de la Región Metropolitana a la ESAP y a Institutos Técnicos, la respuesta mediante oficio con radicado No. S-2024-009585 del 21 de marzo de 2024, entre otros argumentos, estableció que:

 

“el artículo 8 de la Ley 21 de 1982, señala que corresponde a la nación, los departamentos, intendencias, comisarias, el Distrito Especial de Bogotá y los Municipios, (...) que de conformidad a la naturaleza jurídica de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, es la una entidad administrativa de asociatividad regional, distinta de quienes la integran que no hace parte de la rama ejecutiva del poder público en el orden nacional, ni del sector descentralizado por servicios razón por la cual no le asiste la obligación de realizar el pago de aportes parafiscales de la Ley 21 de 1982, a favor de la Escuela Superior de Administración Publica ESAP, ni al Ministerio de Educación Nacional".

 

17. Que la anterior respuesta modificó el escenario de cálculo de los aportes al SENA de la Región Metropolitana, ya que al no estar clasificado como entidad del orden Nacional aplicaría el artículo 12 de la Ley 21 de 1982 que establece: “Los aportes hechos por los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales y las empresas de economía mixta de los órdenes nacional, departamental, intendencial, comisarial, distrital y municipal y empleadores del sector privado, tendrán la siguiente destinación: (...)2. El dos por ciento (2 %) para el Servicio nacional de aprendizaje (SENA).”. La aplicación del citado artículo, trae como resultado que la tarifa para liquidar los aportes del SENA se incremente de 0,5% al 2% sobre el total devengado del servidor público, razón por la cual y de acuerdo con las estimaciones llevadas a cabo por la Subdirección de Gestión Corporativa, surge la necesidad de adicionar en $ 37.275.000 la asignación presupuestal de este rubro por insuficiencia de los recursos inicialmente establecidos para la vigencia 2024.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1. EFECTUAR LA DESAGREGACIÓN PARCIAL DE RUBROS en el presupuesto de GASTOS DE INVERSIÓN de la Unidad Ejecutora 01 de la Región Metropolitana, de conformidad con la siguiente descripción:

 

 

ARTÍCULO 2. TRASLADAR entre los rubros presupuestales de GASTOS DE FUNCIONAMIENTO la suma de TREINTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL PESOS ($37.275.000,00) M/CTE, de conformidad con la siguiente descripción:

 

 

ARTÍCULO 3. COMUNICAR. Comunicar el presente acto administrativo a la Subdirección de Gestión Corporativa de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca.

 

ARTÍCULO 4. PUBLICACIÓN Y VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación de conformidad con lo establecido en los estatutos de la Región Metropolitana.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 24 días del mes de julio del año 2024.

 

LUIS FELIPE LOTA

 

Director

 

Nota: Ver norma original en Anexos.