| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN REGIONAL 381 DE 2024
(Octubre 17) Modificada por las Resoluciónes 395 de 2024., Resolución 401 de 2024.
Por medio de la cual se modifican las Resoluciones números 016 del 29 de diciembre del 2023 - “Por la cual se efectúa la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia fiscal 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”; 012 del 26 de enero del 2024; 075 del 26 de febrero del 2024; 083 del 5 de marzo del 2024; 109 del 21 de marzo del 2024; 225 del 27 de mayo del 2024; 228 del 31 de mayo del 2024; 254 del 18 de junio del 2024; 299 del 24 de julio del 2024; 329 del 3 de septiembre del 2024; y 367 del 7 de octubre de 2024
EL DIRECTOR DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ - CUNDINAMARCA
En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el numeral 6 del artículo 27 de la Ley 2199 del 2022, los artículos 36 y 67 del Acuerdo Regional 004 del 2023; y
CONSIDERANDO:
1. Que el Consejo Regional aprobó el Acuerdo Regional 012 del 2023 - “Por el cual se establece el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2024 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”.
2. Que el Consejo Regional aprobó el Acuerdo Regional 001 del 2024 – “Por el cual se realiza una adición al presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024”.
3. Que mediante Resolución 016 del 29 de diciembre del 2023 se efectuó la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversiones para la vigencia fiscal 2024 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca.
4. Que mediante las Resoluciones 012 del 26 de enero del 2024; 075 del 26 de febrero del 2024; 083 del 5 de marzo del 2024; 109 del 21 de marzo del 2024; 225 del 27 de mayo del 2024; 228 del 31 de mayo del 2024; 254 del 18 de junio del 2024; 299 del 24 de julio del 2024; 329 del 3 de sepembre del 2024; 367 del 7 de octubre del 2024 se han efectuado modificaciones a la liquidación de presupuesto en consideración al principio de gradualidad de la operación de la Endad, de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del arculo 5 de la Ley 2199 de 2022.
5. Que mediante comunicación con radicado No. ENT-2024 01 009 0003733 13/06/2024, la Administradora de Riesgos Laborales Positiva, avaló la reclasificación de riesgo de algunos cargos de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, los cuales quedaran en nivel de riesgo V, con un porcentaje de cotización del 6.96%, esto hace que los recursos asignados al rubro de aportes generales al sistema de riesgos laborales sean insuficientes para asumir esta nivelación de riesgo, por lo que se requiere trasladar la suma de $9.000.000 al citado rubro.
6. Que en virtud del contrato RM-CM-068-2024, cuyo objeto es “brindar asesoría integral especializada como corredor de seguros respecto del programa de seguros y ARL de la Entidad, con el fin de amparar y proteger los activos e intereses patrimoniales, los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la Entidad y de aquellos por los que sea o llegare a ser legalmente responsable, e identificación, calificación y control de los riesgosa los que está expuesto la Entidad, inherentes a las operaciones y ejercicio de las actividades y funciones administrativas y misionales”, el corredor de seguros ha presentado ante la entidad dentro de asesoría que viene prestando, el documento denominado “análisis del sector”, en el cual ha estimado un valor total de prima anual por la suma de $403.563.000, cubre los siguientes ramos: i) todo riesgo daños materiales, ii) manejo global entidades estatales, iii) responsabilidad civil extracontractual, iv) responsabilidad civil servidores públicos, v) cyber, vi) infidelidad y vii) riesgos financieros. Teniendo presente lo anterior y considerando los recursos asignados dentro del presupuesto vigente de la Región, en los rubros de i) servicios de seguros generales de responsabilidad civil y de ii) otros servicios de seguros distintos de los seguros de vida N.C.P. , estos recursos resultan ser insuficientes para lograr la cobertura de las necesidades de aseguramiento de la Entidad, por lo que se requiere realizar un traslado hacia los citados rubros por la suma de $273.490.000 y $70.013.000, respectivamente.
7. Que en el ejercicio seguimiento de la ejecución del actual contrato de aseo y cafetería (Orden de Compra 127293 de 2024), asi como de la proyección del nuevo proceso que se adelantará para garantizar la continuidad del servicio de conservación de los bienes muebles e inmuebles, con el fin de facilitar la correcta ejecución de sus objetivos misionales, requeridos en el mantenimiento de su infraestructura física en óptimas condiciones de uso brindando a los servidores ambientes en condiciones de comodidad, salubridad y asepsia; la Subdirección de Gestión Corporativa ha identificado que algunos de los rubros que componen la asignación presupuestal para dicha contratación, resultan ser insuficientes por lo cual se hace necesario trasladar recursos hacia ellos, así: i) Alcoholes N.C.P. $30.000, ii) Guantes de caucho $30.000, iii) Chupas y accesorios de caucho para sanitarios $10.000, iv) Utensilios de material plástico para la mesa y cocina $480.000, v) Olletas, lecheras, cafeteras y similares, esmaltados $1.280.000, vi) Mangos metálicos $10.000 y vii) Homos microondas $1.550.000, respectivamente.
8. Que se hace necesario diseñar e implementar un sistema de gestión de seguridad de la información y protección de datos personales en cumplimiento con la normativa vigente, como la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, que permita establecer políticas y procedimientos para salvaguardar la información sensible, mitigar riesgos de ciberataques, y garantizar la integridad, confidencialidad y disponibilidad de los datos. Además, se requiere iniciar la adopción de mejores prácticas internacionales como la norma ISO 27001, fortaleciendo la confianza de los involucrados y posicionando a la entidad como un referente en el manejo seguro de la información en el sector público colombiano. En la estructuración de esta contratación, la Oficina de Tecnología e Información de la Entidad ha venido adelantando un estudio de mercado, dentro del cual ha solicitado cotizaciones para la prestación de estos servicios, identificando que se requiere contar con recursos por valor de $286.000.000. Teniendo en cuenta el citado valor, se concluye que los recursos dispuestos en el rubro de servicios de soporte en tecnologías de la información (TI) del presupuesto son insuficientes, por lo cual se requiere realizar un traslado presupuestal.
9. Que en consideración a la revisión de necesidades sobre los gastos de funcionamiento para el último trimestre del año en curso, que lleva a cabo la Subdirección de Gestión Corporativa, se han identificado algunos rubros presupuestales que cuentan con remanentes de recursos en su asignación y que no se comprometerán en la presente vigencia, estos son servicios de depósito en cuenta de ahorros, servicios de corretaje y agencias de seguros, servicios de consultoría en gestión estratégica, cuota de fiscalización y auditaje, aportes a la seguridad social en pensiones, de los cuales se puede descontar para hacer el traslado a los rubros mencionados en los considerandos 4,5,6,7 y 8 de la presente Resolución, cuyo total sumaria $ 641.893.000.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. TRASLADAR entre los rubros presupuestales de GASTOS DE FUNCIONAMIENTO la suma de SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL PESOS ($641.893.000,00) M/CTE, de conformidad con la siguiente descripción:
ARTÍCULO 2. COMUNICAR. Comunicar el presente acto administrativo a la Subdirección de Gestión Corporativa de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca.
ARTÍCULO 3. PUBLICACIÓN Y VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación de conformidad con lo establecido en los estatutos de la Región Metropolitana.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÓMPLASE.
Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de octubre del año 2024.
LUIS FELIPE LOTA
Director
Nota: Ver norma original en Anexos. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||